Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2007 (13/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2007

Universidad Privada de Ciencias Integradas del Peru ­ UCIP; Que, por Resolucion Nº 133-2004-CONAFU de fecha 1 de MORDAZA de 2004, se admite a tramite la solicitud presentada por la Promotora del Proyecto de la Universidad Privada de Ciencias Integradas del Peru, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolucion Nº 199-2004-CONAFU de fecha 18 de octubre de 2004, se autoriza el cambio de Denominacion del Proyecto de la Universidad Peruana de Ciencias Integradas del Peru, por la denominacion de Universidad Peruana de Integracion Global "UPIG", con sede en la MORDAZA de Lima; Que, por Resolucion Nº 204-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006, se aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Integracion Global, con las siguientes Carreras Profesionales: Ingenieria Agroindustrial, Enfermeria, Ingenieria de Sistemas e Informatica, Ingenieria Civil y Marketing y Negocios Internacionales; Que, por Oficio Nº 017-06-P.P/UPIG de fecha 5 de diciembre del 2006, la representante de la Empresa Promotora de Ciencias Integradas del Peru S.A.C., presenta el Informe de Implementacion Inicial de la Universidad Peruana de Integracion Global y solicita Autorizacion de Funcionamiento Provisional; Que, por Resolucion Nº 415-2006-CONAFU de fecha 20 de diciembre del 2006, se admite a tramite el Informe de Implementacion Inicial presentado por la Promotora del Proyecto de Universidad Peruana de Integracion Global y se conforma la Comision Verificadora encargada de evaluar el Informe de Implementacion Inicial; Que, de conformidad con el articulo 43º del Reglamento: "Para recomendar la autorizacion de funcionamiento provisional, la Comision de Evaluacion y Consolidacion debera senalar que la promotora ha acreditado ante el CONAFU, a traves de las diferentes partes de componen el Proyecto de Desarrollo Institucional, que se ha cumplido con implementar satisfactoriamente los requerimientos del articulo 33º del presente reglamento."; Que, de conformidad con el articulo 44º del Reglamento: "Si la informacion proporcionada por la promotora y su verificacion resultan satisfactorias, de acuerdo a lo senalado en el Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado, el Pleno del CONAFU, en el plazo de quince (15) dias de recibido el informe de la Comision de Evaluacion y Consolidacion, autoriza provisionalmente el funcionamiento de la Universidad, mediante resolucion; Que, mediante Informe de la Comision Verificadora de Implementacion Inicial de fecha 2 de marzo del 2007, la referida Comision Verificadora presenta el Informe sobre la Evaluacion de Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Peruana de Integracion Global, mediante el cual recomienda la Autorizacion de Funcionamiento Provisional del referido Proyecto; Que, de conformidad con el articulo 46º del Reglamento: "La Promotora que se encuentra apta para recibir la autorizacion provisional de funcionamiento de la universidad que promueve, debera suscribir ante CONAFU un compromiso ineludible, de cumplir estrictamente con las metas establecidas para cada ano en el Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado, que servira para autorizar el funcionamiento de la Universidad, asi como cumplir con la inversion proyectada para cada ano de ejecucion del proyecto y, no exceder el numero de vacantes autorizadas para cada MORDAZA profesional, previa a la promulgacion de la resolucion de autorizacion, bajo expreso apercibimiento de revocarse o dejarse sin efecto la autorizacion de funcionamiento en caso de incumplimiento."; Que, de conformidad con el articulo 47º del Reglamento: "La autorizacion provisional de funcionamiento de una universidad debe incluir los siguientes aspectos: a) Aprobacion de la organizacion general de la institucion. b) Carreras profesionales que se autoriza. c) Numero de vacantes aprobado para cada MORDAZA profesional autorizada; y, d) Fecha de inicio de las actividades academicas."; Que, de conformidad con el articulo 48º del Reglamento: "Cuando la naturaleza juridica de la Universidad que se propone crear su Estatuto acompanado del Reglamento General debe ser inscrito en los Registros Publicos, sera necesario que el CONAFU apruebe la minuta que los contiene visando el documento la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica; Que, de conformidad con el articulo 49º del Reglamento: "Las Universidades cuyo funcionamiento provisional se MORDAZA autorizado, cualquiera que sea su regimen legal, se

someten a la evaluacion del CONAFU por el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las Universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo. La autorizacion de funcionamiento definitivo no puede ser concedida MORDAZA de transcurridos cinco (5) anos, contados a partir de la fecha de la autorizacion provisional de funcionamiento, siempre que su evaluacion MORDAZA sido satisfactoria y se cuente con una promocion de graduados; Que, el modelo Institucional adoptado por el Proyecto de Universidad Peruana de Integracion Global, organizada como Sociedad Anonima Cerrada, se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, el Decreto Legislativo Nº 882, Ley de la Inversion en la Educacion, y la Ley Nº 26439, Ley de creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU); Que, por Acuerdo Nº 125-2007-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 28 de marzo del 2007, se autoriza el Funcionamiento Provisional de la Universidad Peruana de Integracion Global; En atencion a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26439, Resolucion Nº 196-2004CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, el Informe de la Comision Verificadora de Implementacion Inicial del referido Proyecto de Universidad, Acuerdo Nº 125-2007CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 28 de marzo del 2007, y el Art. 18º inc. "d" y el Art. 38º inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.-AUTORIZAR ELFUNCIONAMIENTO PROVISIONAL de la Universidad Peruana de Integracion Global para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en las siguientes carreras profesionales:
CARRERAS PROFESIONALES Ingenieria Agroindustrial Enfermeria Ingenieria de Sistemas e Informatica Ingenieria Civil Marketing y Negocios Internacionales VACANTES POR CICLO ACADEMICO 80 80 120 80 80

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Peruana de Integracion Global, organizada como Sociedad Anonima Cerrada, bajo el regimen de la Ley Nº 23733, Nº 26439 y Decreto Legislativo Nº 882, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, acompanado del Reglamento General de la Universidad, ante el Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima. Articulo Tercero.- DISPONER que la Universidad Peruana de Integracion Global remita al CONAFU, MORDAZA certificada notarial de la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, debidamente inscrito en la Oficina Registral de Lima. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Peruana de Integracion Global, inicie sus actividades academicas a partir del 30 de marzo del 2007, como Persona Juridica de Derecho Privado, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de la Inversion en la Educacion, la Ley Nº 23733, Ley Universitaria y la Ley Nº 26439, Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- DISPONER que la Universidad Peruana de Integracion Global, presente en el plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles, desde su notificacion, la version consolidada del Proyecto de Desarrollo Institucional, que servira para su evaluacion permanente, dispuesta por el literal c) del articulo 2 º de la Ley Nº 26439 y los demas reglamentos del CONAFU. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUYON Secretario General 47754-1

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