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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2007 343843 CONSIDERANDO: Que el Perú y los Estados Unidos de América mantienen un excelente nivel en sus relaciones bilaterales, tanto en los campos del área político-diplomática, de seguridad y defensa, de la cooperación y de las relaciones económicas-comerciales; Que el señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, ha recibido una gentil invitación del Presidente de los Estados Unidos de América, George W. Bush, para que efectúe una visita de trabajo a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 23 y 24 de abril de 2007; Que en la visita de trabajo el señor Presidente de la República, sostendrá una segunda reunión con el Presidente de los Estados Unidos de América, luego del encuentro presidencial sostenido el 10 de octubre del año pasado, y diversos encuentros con altas autoridades del gobierno y congreso estadounidenses para impulsar la pronta aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial entre nuestros países, y tratar asuntos relevantes de la agenda bilateral y regional; Que es necesario autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores para que acompañe al señor Presidente de la República en su visita de trabajo a los Estados Unidos de América; De conformidad con el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, y el inciso b) del numeral 3, del artículo 4° de la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, para que acompañe al señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, a su visita de trabajo a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el 23 y 24 de abril de 2007, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por concepto de pasajes US$ 3 031,85, viáticos US$ 660,00 y tarifa única por uso de aeropuerto US$ 30,25, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo 3°.- Encargar el Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores al Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, Allan Wagner Tizón, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4°.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 51563-7AGRICULTURA Aprueban Plan de Desarrollo Agrario para el período 2007-2011 en las zonas cocaleras de Alto Huallaga VRAE, La Convención - Lares, Inambari - Tambopata, Aguaytía, San Gabán, Marañón - Putumayo y Pichis Palcazú - Pachitea RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 275-2007-AG Lima, 27 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Sector tiene como Visión, organizar productores agrarios competitivos, rentables y sostenibles económico, social y ambientalmente; en un entorno democrático y de igualdad de oportunidades; Que, existe la necesidad urgente de promover el desarrollo del país en un ambiente de paz, considerando el trabajo del agricultor como un aliado en la disminución de las áreas cocaleras, promoviendo una Agricultura moderna, competitiva y sostenible a través de la promoción de cadenas productivas, mejorando las condiciones de bienestar y la calidad de vida, reduciendo la extrema pobreza de la población en su conjunto; Que, en ese contexto, el Ministerio de Agricultura ha elaborado el Plan de Desarrollo Agrario para el período 2007 al 2011 en los zonas cocaleras de: Alto Huallaga, VRAE, La Convención-Lares, Inambari - Tambopata, Aguaytía, San Gabán, Marañón – Putumayo, Pichis Palcazú - Pachitea; Que, en el citado Plan están considerados proyectos de inversión agrícola y ganadera por un monto de US $ 83´665,000 como un esfuerzo agresivo del Ministerio de Agricultura para dar un impulso sostenible al desarrollo de la agricultura en zonas cocaleras y apoyar la reducción del cultivo de la coca; Que, esos proyectos agrícolas y ganaderos, responden a propuestas de los agricultores, considerando aspectos tecnológicos, agronómicos, sociales y económicos que permitan un desarrollo rentable y sostenible en el tiempo; Que, el Plan de Desarrollo Agrario para zonas cocaleras del Perú se constituye como soporte al programa de desarrollo alternativo en función a los lineamientos de la política de estado para el desarrollo de la agricultura y la vida rural en el Perú; Que, asimismo, utilizando información geográ fi ca, fi siográ fi ca, la capacidad de uso mayor de la tierra y la cobertura vegetal, se han identi fi cado actividades Agro silvo pastoriles potenciales a desarrollar en estas áreas con la fi nalidad de identi fi car proyectos de un desarrollo integral de las áreas de in fl uencia (en las que están contenidas el área de cultivo de coca) y asegurar así un desarrollo sostenible; Que, se ha visto por conveniente aprobar Plan de Desarrollo Agrario para el período 2007 al 2011 en las zonas cocaleras antes descritas; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25902 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Desarrollo Agrario para el período 2007 al 2011 en los zonas cocaleras de: Alto Huallaga, VRAE, La Convención-Lares, Inambari - Tambopata, Aguaytía, San Gabán, Marañón – Putumayo, Pichis Palcazú – Pachitea; que como anexo forma parte de la presente resolución en el que se consideran proyectos de cultivos y crianzas valorizados, las áreas que éstos abarcarían, por valle, año e inversión a realizar. Artículo 2.- El Ministerio de Agricultura gestionará los recursos presupuestales y fi nancieros que sean necesarios para la implementación del Plan de Desarrollo Agrario para el período 2007 al 2011 que se aprueba por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 51549-1