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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2007 343847 Artículo 9º.- Aplicación La presente norma se aplicará en todas las Direcciones Ejecutivas del SENASA en cuyo ámbito se ubiquen Puestos de Control. Disposición Complementaria Final.- Productos biológicos de uso veterinario Para el internamiento de productos biológicos de uso veterinario provenientes de países afectados por in fl uenza aviar para uso en aves, se veri fi cará que la Autoridad Sanitaria O fi cial del país de origen certi fi que que: a. Los biológicos proceden de laboratorios en los cuales no se manipula el virus de In fl uenza Aviar. b. Los laboratorios fabricantes de los biológicos aplican Buenas Prácticas de Manufactura en el proceso de fabricación. c. La semilla madre y los huevos SPF utilizados en la elaboración de los biológicos no están contaminados con el virus de In fl uenza Aviar. d. El producto biológico terminado no está contaminado con el virus de In fl uenza Aviar. La documentación deberá ser en original y avalada por la autoridad sanitaria o fi cial del país de origen. Disposición Complementaria Transitoria.- Utiliza- ción de formatos Los formatos en materia de inspección e internamiento seguirán vigentes, en tanto se implemente el uso del Informe de Inspección y Veri fi cación cuyo formato se aprobará mediante una Resolución del SENASA. ANEXO 1 Modelo de solicitud de inspección para el internamiento de productos veterinarios y alimentos para animales. Yo........................................ con D.N.I. Nº……...... en representación de la Empresa.................................con Nº de Registro SENASA de Importador ..........................., RUC Nº.........................., teléfono………………fax…………………correo electrónico…………………………..declaro bajo juramento ante el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, que procederé a internar el producto veterinario / alimento para animales detallado en el siguiente cuadro, y que la información que declaro y adjunto es verídica, por lo que requiero se realice la inspección respectiva del siguiente embarque: N° de Factura/ Guía/ BL/AWBNº de DUANombre ComercialN° de Registro SENASAN° de lote o seriePresentación Cantidad Peso Cabe añadir que este embarque arribó/arribará probablemente el día. …….del mes de ..………………. de 200…..al……………………………….procedente de...…….…………..y originario de…………………..a través del vehículo/avión/barco …..……………………………..y será utilizado como/para…………………………….. Asimismo, declaro que el producto veterinario / alimento para animales se ajusta a las normas sanitarias vigentes; por tanto me someto a las consecuencias de orden jurídico-técnico-administrativo por el incumplimiento, inexactitud o falsedad de lo declarado. ............................... ................................. Nombre y Firma Representante Legal o M.V. Responsable Adj: Requisitos contenidos en el Artículo 3. 51540-1Aprueban Directiva Nº 001-2007- INRENA-IRH denominada “Metodología del Programa de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios - PROFODUA - Versión 2” como Disposición Complementaria al D.S. Nº 041-2004-AG RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 001-2007-INRENA-IRH Lima, 29 de marzo del 2007 VISTO: El Memorando Nº 007-2007-INRENA-IRH/PROFODUA del 2 de febrero del 2007 mediante el cual el Coordinador General del Programa Extraordinario de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios - PROFODUA, remite para su aprobación el proyecto de Directiva denominada “Metodología del Programa de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios - PROFODUA-Versión 2”, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-AG, se encargó al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura, la conducción de un Programa Extraordinario de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios - (PROFODUA), cuyo objetivo es regularizar en el ámbito nacional, los derechos de uso de agua con fi nes agrarios; Que, el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 041- 2004-AG facultó a la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, para que mediante resolución apruebe las disposiciones complementarias y las que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de dicha norma reglamentaria; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 001-2005- INRENA-IRH, de fecha 5 de octubre del 2005, se aprobó la Directiva Nº 001-2005-INRENA-IRH, denominada Metodología-Fase 2 del Programa Extraordinario de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios - PROFODUA; Que, mediante el Memorando Nº 007-2007-INRENA- IRH/PROFODUA, del 2 de febrero del 2007, el Coordinador Nacional del PROFODUA solicita la aprobación de la Directiva denominada “Metodología del Programa de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios-PROFODUA-Versión 2”; Que, la propuesta de la Directiva tiene por objeto establecer la metodología de trabajo a aplicarse en la ejecución del Programa de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios - PROFODUA - Sierra, cuyo objetivo general es la adecuación y formalización gradual de los derechos de uso de las aguas de riego en el ámbito de la sierra y selva, abarcando valles cuyos recursos hídricos super fi ciales pertenecen a las vertientes del Pací fi co, del Atlántico y del Titicaca, siendo un documento de carácter técnico complementario que es necesario aprobar mediante resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 041-2004-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2007- INRENA-IRH denominada “Metodología del Programa de Formalización de Derechos de Uso de Agua con Fines Agrarios - PROFODUA-Versión 2”, como Disposición Complementaria al Decreto Supremo Nº 041-2004-AG, la misma que como anexo forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE SALAZAR SALAZAR Intendente de Recursos Hídricos 50521-1