Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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a) POSESIONES INFORMALES.- A los denominados asentamientos humanos, pueblos jovenes, MORDAZA marginales, barriadas, programas de vivienda municipales, centros poblados y toda otra forma de posesion, ocupacion o titularidad informal de predios con fines urbanos, cualquiera sea su denominacion. b) CENTROS URBANOS INFORMALES.- Al conjunto de manzanas determinadas y vias trazadas, que no constituyen una habilitacion MORDAZA, que cuentan con construcciones parcialmente consolidadas y cuyos lotes de vivienda han sido individual y directamente adquiridos por cada uno de los integrantes del centro MORDAZA informal. c) URBANIZACIONES POPULARES.- A aquellas de las que son titulares las cooperativas de vivienda, asociaciones pro-vivienda, asociaciones de vivienda, junta de propietarios, junta de compradores y cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, que cuenten o no con resolucion de aprobacion de habilitacion urbana. Articulo Cuarto.- Las posesiones informales, los centros urbanos informales y las urbanizaciones populares, deberan continuar sus procedimientos de formalizacion o habilitacion MORDAZA, sin perjuicio del procedimiento que pueda seguir al MORDAZA de la presente Ordenanza de manera simultanea. Articulo Quinto.- REQUISITOS: · Solicitud. · Plano de Lotizacion, Ubicacion y Perimetrico, suscrito por Arquitecto o Ingeniero Colegiado (3 juegos de cada uno). · Plano de secciones viales suscrito por Arquitecto o Ingeniero Colegiado (3 juegos) · Memoria Descriptiva, suscrito por Arquitecto o Ingeniero Colegiado (3 juegos de cada uno). · Documento que acredite haber iniciado el procedimiento de reconocimiento ante la entidad correspondiente (en caso de AAHH) o haber iniciado el procedimiento de Habilitacion MORDAZA (en caso de propiedad privada). · Personeria Juridica y/o reconocimiento municipal. · Declaracion jurada simple en la cual senale que no tiene MORDAZA judicial respecto a la titularidad del terreno, que el mismo no se encuentra ubicado en zonas arqueologicas, mineras, o en vias publicas, ni en terrenos riberenos. · Recibo de pago por derecho de tramite. · Recibo de pago por Inspeccion Ocular. Articulo Sexto.- DEL PROCEDIMIENTO: Para el caso descrito en la presente Ordenanza, el
N° DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

procedimiento sera totalmente simplificado, debiendo la Municipalidad revisar y visar los planos, en un plazo no mayor de veinte (20) dias habiles. Articulo Setimo.- DEL ADMINISTRADO: Las posesiones informales, los centros urbanos informales y las urbanizaciones populares, se comprometen a utilizar los planos visados exclusivamente ante las entidades prestadoras de servicios basicos (SEDAPAL, EDELNOR) para la elaboracion y aprobacion de sus proyectos. Articulo Octavo.- Las posesiones informales, los centros urbanos informales y las urbanizaciones populares, deberan iniciar por separado sus procedimientos ante cada una de las entidades prestadoras de servicios basicos (SEDAPAL, EDELNOR). Articulo Noveno.- Para ser beneficiario de esta Ordenanza, las posesiones informales, los centros urbanos informales y las urbanizaciones populares, deberan contar con reconocimiento de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Dispongase que la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, proceda a elaborar el Planeamiento Integral, solo en lo que respecta al diseno de las secciones viales de las posesiones informales, los centros urbanos informales y las urbanizaciones populares solicitantes. Tercera.- Incorporar el presente procedimiento en el actual y vigente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de esta Corporacion Edilicia. Cuarta.- Facultese al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto de Alcaldia se dicten las normas complementarias necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Quinta.- Dispongase las acciones necesarias para que la presente Ordenanza sea ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
AUTORIDAD QUE APRUEBA RESUELVE RECURSO DE IMPUGNACION

CALIFICACION DEL TRAMITE DEPENDENCIA DERECHO POR QUE INICIA EL TRAMITES EVALUACION PREVIA AUTOTRAMITE ADMINISTRATIVOS MATISILENCIO NO CO ADMINISTRATIVO REGULADO POSITIVO NEGATIVO

Subgerencia de Habilitaciones Urbanas
Visacion de Planos para AAHH y Organizaciones Sociales con fines de vivienda para acceder a los servicios publicos basicos. 1. Solicitud. 2. Plano de lotizacion, ubicacion y perimetrico con coordenadas UTM, suscrito por Arquitecto o Ingeniero Colegiado (3 juegos de cada uno). 3. Plano de secciones viales suscrito por Arquitecto o Ingeniero Colegiado (3 juegos). 4. Memoria Descriptiva, suscrito por Arquitecto o Ingeniero Colegiado (3 juegos). 5. Documento que acredite haber iniciado el procedimiento de reconocimiento ante la entidad correspondiente (en caso de AAHH) o haber iniciado el procedimiento de Habilitacion Urbana. (en caso de propiedad privada) 6. Personeria Juridica y/o reconocimiento municipal de las posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares. 7. Declaracion Jurada simple en la cual senale que no tiene MORDAZA judicial respecto a la titularidad del terreno, que el mismo no se encuentra ubicado en zonas arqueologicas, mineras, o en vias publicas, ni en terrenos riberenos. 8. Recibo de pago por derecho de tramite y por Inspeccion Ocular. S/. 30.00 20 dias Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo Subgerencia de -Reconsideracion: Habilita-ciones Gerencia de Urbanas de Desarrollo MORDAZA la Gerencia -Apelacion: de Desarrollo Gerencia Municipal MORDAZA NOTA.- Se requiere de los planos para interponer y resolver los recursos impugnativos, conforme lo establece la Ley Nº 2744 4.

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