Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 94

344328

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

tiempo necesario para resolver esta situacion extraordinaria, mientras se lleva a cabo la MORDAZA convocatoria de la Licitacion Publica Nº 001-2007-CE-MDA por lo que los actuados, con el correspondiente informe Tecnico-Legal, deberan ser elevados al Concejo Municipal para que mediante Acuerdo de Concejo apruebe dicha exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal ya indicada; Con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Ancon por un periodo de 60 dias calendario o hasta la suscripcion del contrato de suministro como resultado de la MORDAZA convocatoria del MORDAZA de seleccion que se debera convocar inmediatamente, lo que ocurra primero, por un valor referencial de: Leche Evaporada Entera la suma S/. 86,735.52 (OCHENTISEIS MIL SETECIENTOS TREINTICINCO Y 52/100 NUEVOS SOLES) y para Hojuelas de Cereales Enriquecidos Precocidos la suma de S/. 16,128.00 (DIECISEIS MIL CIENTO VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento 00 Recursos Ordinarios (Transferencias del Tesoro Publico) del Presupuesto Institucional de Apertura 2007. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Logistica las acciones pertinentes para la contratacion del precitado suministro conforme a lo establecido en los Articulos 146º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General que remita MORDAZA del presente Acuerdo y sus actuados a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, a la Oficina de Administracion, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Logistica su publicacion en el SEACE. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios la determinacion de responsabilidades de los funcionarios cuya conducta MORDAZA originado la configuracion de la causal de desabastecimiento inminente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 54028-1

Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo N° 03, tomado en Sesion Nº 12-06-CTHU/MDA de fecha 6 de diciembre de 2006, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas dictamino Favorable la Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno con un area de 6,779.80 m2 constituido por parte del Lote 14 y Lote 15 de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; estableciendose de conformidad con la ordenanza N° 836-MML, el aporte de Parques Zonales con un area total de 135.59 m2 ubicado en el lote 03 de la manzana "A"; y quedando como deficit el aporte de Recreacion Publica con un area de 474.61 m2; el aporte de Servicios Publicos Complementarios de Otros Fines y Ministerio de Educacion con un area de 135.59 m2 cada uno, y por ultimo el aporte de Renovacion MORDAZA, con un area de 67.79 m2 que seran redimidos en dinero. Que, mediante Valorizacion N°041-2006-SGPUC-GDU/ MDA, de fecha 13 de diciembre de 2006, se efectuo la Liquidacion por los Proyectos de la Habilitacion MORDAZA de acuerdo con lo estipulado en el Decreto de Alcaldia N°079MML; y por el deficit de aportes de Recreacion Publica y Servicios Publicos complementarios - Otros Fines, por un monto total de S/. 14,609.69 nuevos soles y con recibo N° 0002879572, pagado en la Tesoreria de esta Corporacion Municipal han acreditado la cancelacion de la mencionada valorizacion. Que, mediante el articulo 7° de la Ordenanza N° 836MML se senala que los aportes reglamentarios cedidos para Servicios Publicos Complementarios seran considerados como bienes de uso publico, en estos casos los lotes deberan ser en forma regular adecuados para el fin establecido y deberan ser transferidos a la Municipalidad Distrital correspondiente y al Ministerio de Educacion mediante instrumento publico; por lo cual estos no podran ser transferidos ni vendidos para uso privado. Asi tambien, el area de aporte al Ministerio de Educacion de 135.59 m2 es menor al area minima para un local educativo que es de 800.00 m2 segun Resolucion Jefatural N°338-INIED; asimismo el aporte de Servicios Publicos Complementarios de Otros Fines de 135.59 m2 es menor al area minima requerida por esta corporacion municipal para dicho fin; por consiguiente debera redimirse en dinero los mencionados aportes reglamentarios. Que, mediante el articulo 27° de la MORDAZA GH.010 Titulo II del Reglamento Nacional de Edificaciones se establece que el area minima requerida para Recreacion Publica es 800.00 m2 y al ser el mencionado aporte de 474.61 m2, menor al area normativa se acepto la redencion en dinero de dicho aporte reglamentario. Que, el aporte de Parques Zonales se encuentra constituido por el lote 3 de la manzana."A" con un area util de 135.59 m2 el cual sera entregado al SERPAR-LIMA, de conformidad con el Articulo 5° de la Ordenanza N° 836-MML. De otro lado el aporte de Renovacion MORDAZA con 67.79 m2 al ser menor que el area normativa para la zonificacion "R-4" de 120.00 m2; debera redimirse en dinero. Que, mediante Informe Tecnico N° 092-2006-AHUSGPUC-GDU/MDA, de fecha 28 de febrero de 2007 se otorga la procedencia administrativa del presente tramite de Habilitacion MORDAZA por haber cumplido con los requisitos y pagos estipulados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos. Que, con el visto MORDAZA de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerada y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades 27972 y Ley N° 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas, la Ordenanza N° 836-MML, Decreto de Alcaldia N°079-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 005-07-SGPUC-GDU/MDA

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban habilitacion MORDAZA nueva para uso residencial de terreno y autorizan ejecucion de obras
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 007 Ate, 12 de marzo de 2007 EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 26509-2006 seguido por don MORDAZA MENDIETA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA NINOSKA MENDIETA BENSANT, por la que solicitan la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno con un area de 6,779.80 m2 constituido por parte del Lote 14 y Lote 15 de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.