Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344329

la Habilitacion MORDAZA Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno con un area de 6,779.80 m2 constituido por parte del Lote 14 y Lote 15 de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a don MORDAZA MENDIETA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA NINOSKA MENDIETA BENSANT para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion; las obras de Habilitacion MORDAZA en el terreno de 6,779.80 m2 teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: DISENO Area Bruta Total 6, 779.80 m2 Area Util Total 6, 619.20 m2 - Vivienda 6, 483.61 m2 - Parques Zonales 135.59 m2 Area de Vias 160.60 m2 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado del "Proyecto de Redes secundarias de Agua potable y Alcantarillado de la MORDAZA Este ­ Lote 8", debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo ademas, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y termino de las obras. ENERGIA ELECTRICA: Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion de las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. PAVIMENTACION PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos organicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adicion de material granular, mezclandose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20 Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos ( con diametros MORDAZA de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura .- Suelo estabilizado. Aceras.- Sera de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresion axial de f´c=140 Kg./cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del MORDAZA estandar. Sardineles.- Se construira sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construira en ambos lados. El vertido del concreto debera realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregacion de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberan construirse, con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada.

Articulo Tercero.- ESTABLECER, que el Aporte Reglamentario de Parques Zonales se encuentra constituido por el lote 03 de la manzana "A" con un area 135.59 m2, el cual debera ser entregado por el administrado al Servicio de Parques de MORDAZA SERPAR-LIMA de conformidad con el articulo 5° de la Ordenanza N° 836-MML. Articulo Cuarto.- DISPONER, que el lote 02 de la manzana "A" queda en Garantia de Pago del Deficit del Aporte del Ministerio de Educacion y Renovacion MORDAZA correspondiendole un area de 135.59 m2 y 67.79 m2 respectivamente, el cual debera ser redimido en dinero previo a la Recepcion de Obras. Articulo Quinto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo Noveno.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para las acciones de su competencia, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion de la Habilitacion MORDAZA, a SERPAR-LIMA, a EMILIMA, al Ministerio de Educacion y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 53461-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban cesion en uso de local municipal a favor de la Policia Nacional del Peru para uso exclusivo de la Jefatura Distrital Policial de Chorrillos
ACUERDO DE CONCEJO N° 004-2007-MDCH Chorrillos, 10 de febrero del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10 de febrero del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 2628-07 de fecha 9 de febrero del 2007 la VII DIRTEPOL-L-DIVTER1 de la Policia Nacional del Peru solicita se le conceda en Cesion en Uso un local municipal para establecer en dicho local la Jefatura Distrital Policial que albergara a las unidades policiales de MORDAZA, Escuadron de Emergencias, Proteccion de Dignatarios y otras, en atencion a que dichas unidades estan siendo descentralizadas a los distritos para brindar un mejor servicio a la poblacion y por ende al descentralizarse se traslada tanto el personal (mas de 300 efectivos) y los medios logisticos, no contando en la actualidad con un local que pueda albergar tanto al personal como a los medios logisticos que van a ser transferidos a dicha Jefatura Distrital. Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, senala que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 59º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso, entre otros, por Acuerdo del Concejo Municipal, igualmente el articulo 68º del mismo cuerpo legal establece que el acuerdo debe fijar de manera inequivoca el destino que tendra el bien materia de donacion o cesion, y que el incumplimiento parcial o total de la finalidad que motivo la misma ocasiona la reversion del bien inmueble a la Municipalidad; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º inciso 25) de la Ley Organica de Municipalidades

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