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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2007 344326 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito de Ate RESOLUCIÓN N° 070-2007-MML-GDU-SPHU Lima, 3 de abril de 2007LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codi fi cado Nº 31008-2007, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, solicita la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 007 de fecha 12 de marzo del 2007, promovida por el señor ALBERTO MENDIETA ROJAS y KATTYA NINOSKA MENDIETA BENZANT; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 007 (fs. 43 y 44) de fecha 12 de marzo del 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate se resuelve aprobar de acuerdo con el Plano signado con el Nº 005-07-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media R-4; del terreno con un área de 6,779.80 m² constituido por parte del Lote 14 y Lote 15 de la Parcelación del ex Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, de la revisión de autos se ha veri fi cado que el terreno materia del presente trámite, se encuentra inscrito en la Partida Nº 07027349 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima (fs. 07 al 10); Que, con Informe Nº 048-2007-MML-GDU-SPHU-DRD (fs.50) de fecha 22 de marzo de 2007, de la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, indica que el aporte para Servicios Públicos Complementarios no está siendo dejado en terreno, sin embargo y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 836-MML, se tiene que este aporte será transferido a la Municipalidad Distrital correspondiente, y es dicha Comuna quien está aceptando la redención en dinero, por lo que es necesario la opinión legal correspondiente, teniéndose en cuenta lo dispuesto en el artículo 3º de la citada Ordenanza. De ser factible lo resuelto por la Municipalidad Distrital se podría manifestar que la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos respecto a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios. Caso contrario la presente Habilitación Urbana, incumple los Planes Urbanos respecto a los aportes reglamentarios, por cuanto el área para el aporte para Servicios Públicos Complementarios no está siendo dejado en terreno; Que, con fecha 30 de marzo de 2007, la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, mediante Informe Nº 114-2007-MML-GDU- SPHU-AL (fs. 55 y 56); mani fi esta que el artículo II-VI- 3.9 del Reglamento Nacional de Construcciones en los casos que el área que debe aportarse para los fi nes de Servicios Públicos Complementarios no fuese su fi ciente para conformar un lote adecuado para la construcción de un local destinado a dichos servicios, a criterio de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas del distrito, el propietario podrá redimir su obligación en dinero. Por otro lado, el artículo 4° de la Norma TH. 010 del Reglamento Nacional de Edi fi caciones establece que las Habilitaciones Residenciales deberán cumplir con efectuar aportes, en áreas de terreno habilitado, o efectuar su redención en dinero cuando no se alcanza las áreas mínimas. Siendo así, la redención en dinero del aporte Otros Fines aceptada por la Municipalidad Distrital de Ate, se ha realizado observando la normatividad expuesta; y, en consecuencia la presente habilitación cumple los Planes Urbanos respecto a los aportes reglamentarios. Por lo tanto, de acuerdo a la evaluación técnica se determina que la presente Habilitación Urbana cumple con los Planes Urbanos, respecto a zoni fi cación, vías y a los aportes reglamentarios; por lo que en cumplimiento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia establecer la conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 007 de fecha 12 de marzo del 2007 emitida por la Municipalidad Distrital de Ate; Que, es preciso indicar de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía Nº 079, que la Municipalidad Metropolitana de Lima, se pronunciará dando la Conformidad o No Conformidad de las Resoluciones emitidas por la Municipalidades Distritales que aprueben las Habilitaciones Urbanas; con respecto a la veri fi cación de la adecuación y cumplimiento a los Planes Urbanos; Que, de acuerdo al artículo 89° numeral 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado por Ordenanza N° 812-MML y modi fi cado por la Ordenanza N° 916-MML, es función de la Gerencia de Desarrollo Urbano emitir pronunciamiento en relación a los actos administrativos emitidos por las municipalidades distritales que aprueban habilitaciones urbanas, a fi n de veri fi car la adecuación y cumplimiento de los planes urbanos, en cuyo caso otorgará la conformidad correspondiente; Que, mediante Resolución N° 33-2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo de 2006, se resuelve delegar la competencia administrativa para la emisión de Resoluciones en los procedimientos de Rati fi cación de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por las Municipalidades Distritales a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño y de la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad a lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444, Nº 26878, Reglamento Nacional de Construcciones, Reglamento Nacional de Edi fi caciones, Ordenanzas Metropolitanas, Nº 341, Nº 812, Nº 836, Nº 916-MML, Decreto de Alcaldía N° 079, Acuerdo de Concejo Nº 163-93-MLM y Resolución Nº 33-2006-MML- GDU; SE RESUELVEArticulo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD, de la Resolución de Gerencia Nº 007 de fecha 12 de marzo del 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate que resuelve aprobar de acuerdo con el Plano signado con el Nº 005-07-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media R-4; del terreno con un área de 6,779.80 m² constituido por parte del Lote 14 y Lote 15 de la Parcelación del ex Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo 2°.- NOTIFICAR, la presente Resolución al señor ALBERTO MENDIETA ROJAS y KATTYA NINOSKA MENDIETA BENZANT; y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- Queda agotada la vía administrativa con la presente Resolución. Artículo 4°.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la O fi cina Registral de Lima y a la División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes Artículo 5°.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a cargo del administrado, dentro de los 30 días siguientes de noti fi cada la misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. NANCY ZEDANO MARTINEZ SubgerenteSubgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 53465-1