Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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· En caso de reclamos por facturacion, el plazo de dos meses se computara a partir de la fecha de vencimiento del respectivo recibo, siempre y cuando dicho recibo consigne informacion completa y transparente, que permita al usuario verificar que la facturacion corresponde a la modalidad del servicio contratado; de lo contrario, el plazo se computara desde la fecha en la que el usuario tomo conocimiento de que la facturacion correspondia a modalidades de servicio distintas a la originalmente contratada. · Las empresas operadoras se encuentran facultadas a facturar unicamente por los servicios y modalidades de servicio que, expresamente, hubieran sido solicitados o aceptados por los usuarios; lo que -en todos los casos- debera acreditarse mediante los mecanismos de contratacion previstos en las Condiciones de Uso. Cualquier cambio de modalidad contractual, por la razon que fuera, no podra ser decidida unilateralmente por las empresas operadoras. · El cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 24º de las Condiciones de Uso, implica que las empresas operadoras deben emitir los recibos con indicacion expresa de la modalidad correspondiente al servicio contratado. 4. Proponer al Consejo Directivo de OSIPTEL la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion de los senores Vocales MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mac Kee Briceno MORDAZA MORDAZA Temple, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Moreno. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de Usuarios 53923-1

Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA, al funcionario que se indica a continuacion: - MORDAZA MORDAZA BEJAR PEREYRA Articulo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA, a la funcionaria que se indica a continuacion: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. C. HARALDO MORDAZA NEGRON Intendente Regional Intendencia Regional MORDAZA 53372-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Cuadro de Asignacion del Personal y Cuadro Nominativo de Personal de la Direccion Regional de Energia y Minas - 2006
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA ORDENANZA REGIONAL N° 041-06-GRA/CR MORDAZA, 26 de diciembre de 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactiva de Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA Nº 050-024-0000142 MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2007 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designacion de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; Que, el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana

la

El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 14 de diciembre del 2006, trato el tema relacionado al Cuadro para Asignacion de Personal - C.A.P. y Cuadro Nominativo de Personal C.N.P. de la Direccion Regional de Energia y Minas - 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es mision del Gobierno Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el literal f) del articulo 9° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es competencia constitucional del Gobierno Regional, dictar normas inherentes a la gestion regional; Que, el literal a) del articulo 15° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion

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