TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2007 344273 Que, mediante Informes Nºs 491-2006-MTC/17.01. ssp, 006-2007-MTC/17.01.ssp y 122-2007-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, señala que, habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de alámbrico u óptico, es procedente la solicitud formulada por el señor HECTOR PANTA PANTA; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor HECTOR PANTA PANTA, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito de Vice, de la provincia de Sechura, del departamento de Piura. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con el señor HECTOR PANTA PANTA para la prestación del servicio público a que se re fi ere el artículo precedente, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, así como el pago de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese,VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 53930-1 Otorgan concesión a persona natural para prestar servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la provincia de Huánuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2007-MTC/03 Lima, 24 de abril de 2007VISTA, la solicitud formulada con expediente Nº 2006- 028381 por el señor ERNESTO JUSTINO ÑAUPARI LINO sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de Huánuco, de la provincia y departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y modi fi catorias, señala que los servicios de difusión de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen dicha Ley y su Reglamento, y se perfecciona con la suscripción de un contrato escrito aprobado por el titular del Ministerio; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión por cable que se presta en diversas modalidades, entre ellas, el cable alámbrico u óptico; Que, mediante el expediente de la vista, el señor ERNESTO JUSTINO ÑAUPARI LINO solicita que se le otorgue concesión para prestar el servicio de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de Huánuco, de la provincia y departamento de Huánuco; Que, mediante Informe Nº 036-2007-MTC/17.01. ssp de la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, se señala que habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación de la materia para otorgar la concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, es procedente la solicitud formulada por el señor ERNESTO JUSTINO ÑAUPARI LINO; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a el señor ERNESTO JUSTINO ÑAUPARI LINO, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distrito de Huánuco, de la provincia de Huánuco, del departamento de Huanuco. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con el señor ERNESTO JUSTINO ÑAUPARI LINO, para la prestación del servicio público a que se re fi ere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos y forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 53928-1