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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (27/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2007 344281 Satisfacción del cliente o partes interesadas Percepción del cliente o partes Interesadas sobre el grado en que se han cumplido sus requisitos. Cliente Organización o persona que recibe un producto o servicio. Partes interesadas Persona o grupo que tenga interés en el desempeño o éxito de una organización. Certifi cación Es la acción que ejecuta un organismo o empresa certi fi cadora reconocido e independiente de las partes interesadas, mediante la cual pone de mani fi esto que un producto, proceso o servicio está conforme con una norma o requisitos especi fi co. Organismo o empresa de certi fi cación Organización independiente externa que proporciona la certi fi cación o el registro de conformidad de que el Sistema de Gestión de Calidad cumple los requisitos de la norma aplicada. Organismos de acreditación Organismos que acreditan a los organismos o empresas de certi fi cación sobre su competencia para otorgar certi fi cados o registros de conformidad. International Accreditation Forum, Inc. (IAF) Asociación mundial de organismos de acreditación cuyo propósito es asegurar que empresas certi fi cadoras acreditadas por sus miembros sean competentes e imparciales así como que los certi fi cados o registros de conformidad emitidos sean de reconocimiento mundial a través de acuerdos de reconocimiento multilateral (MLA). Sistema Portuario Nacional Es el conjunto de personas naturales o jurídicas, bienes, infraestructuras, puertos, terminales e instalaciones portuarias, sean éstos públicos y/o privados situados en el territorio. Autoridad Portuaria Nacional (APN) Es un organismo público descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y fi nanciera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones. Puerto Localidad geográ fi ca y unidad económica de una localidad donde se ubican los terminales, infraestructuras e instalaciones, terrestres y acuáticas, naturales o arti fi ciales, acondicionados para el desarrollo de actividades portuarias. Terminal portuario Unidades operativas de un puerto, habilitadas para proporcionar intercambio modal y servicios portuarios; incluye la infraestructura, las áreas de depósito transitorio y las vías internas de transporte . Instalaciones portuarias Obras civiles de infraestructura, superestructura, edifi cación o conducción o construcciones y dispositivos eléctricos, electrónicos, mecánicos o mixtos, destinadosal funcionamiento especí fi co de los puertos y terminales donde se realiza la interfase buque amarradero, y de las actividades que en ellos se desarrollan. Actividades portuarias Construcción, conservación, desarrollo, uso, aprovecha- miento, explotación, operación, administración de los puertos, Terminales e instalaciones portuarias en general, incluyendo las actividades necesarias para el acceso a los mismos, en las áreas marítimas, fl uviales y lacustres. Zona Portuaria Área del territorio nacional que comprende los límites físicos de las áreas de terreno asignadas a los puertos incluyendo las áreas delimitadas por los perímetros físicos en tierra, los rompeolas, defensas, canales de acceso y las estaciones de prácticos. En el caso de puertos que realicen operaciones por medio de ductos o boyas, incluye el área operativa de las boyas y los ductos hasta los muelles en sí. Incluye las áreas de reserva para el desarrollo portuario. Recinto portuario Espacio comprendido entre las obras de abrigo o línea externa de demarcación del área operativa acuática y el límite perimetral terrestre del área en que se ubican las instalaciones portuarias. Servicios portuarios Los que se prestan en las Zonas Portuarias, para atender a las naves, a la carga, embarque y desembarque de personas. Administrador Portuario Persona jurídica constituida o domiciliada en el país, que administra un puerto o Terminal Portuario. El Administrador Portuario puede ser público o privado. Operador Portuario Persona jurídica constituida o domiciliada en el país, que tiene autorización para prestar, en las zonas portuarias, servicios a las naves, a las cargas y/o a los pasajeros. Usuario del puerto Persona natural o jurídica que en forma intermedia o fi nal, utiliza sus infraestructuras, instalaciones o recibe suministros o servicios portuarios. Se entiende por Usuario Intermedio, al que presta servicios a las naves, a las cargas, de actividades logísticas y marinas. Se entiende por Usuarios Finales a los dueños de las naves, las cargas de comercio nacional e internacional y a los usuarios de las marinas y los pasajeros. Apéndice 2 al anexo 1 Proceso de implementación y certi fi cación Selección de la Norma Definición del alcance del Sistema de Gestión Preauditoria (opcional) Solicitud de certificación del Sistema de Gestión de Calidad al organismo de certificación Desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de Calidad Acciones correctivas Auditorias de vigilancia por el organismo de certificación Terminales e instalaciones portuarias mantienen su Sistema de Gestión Aprobación y otorgamiento del certificado Informe de auditoria (pueden existir acciones correctivas) Auditoria de certificación