Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)
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TEXTO DE LA PÁGINA 50
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007
Articulo 5°.- Normativa aplicable Es de aplicacion a la transferencia en dominio fiduciario de bienes de propiedad estatal las normas sobre fideicomiso establecidas en la Ley N° 26702 y normas complementarias y reglamentarias. Articulo 6°.- Normativa complementaria Facultese a la Superintendencia de Bienes Nacionales para dictar las normas procedimentales complementarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 7°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 54442-4
Modifican la R.M. N° 001-2007VIVIENDA, sobre delegacion de funciones al Secretario General del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 099-2007-VIVIENDA MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112 Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad con el articulo 4º, numeral 4.2 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que le otorga dicha Ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones del Ministerio, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 025-2006-VIVIENDA y la Resolucion Ministerial N° 291-2006-VIVIENDA, el 31 de diciembre de 2006, se ha producido la extincion de CONATA y, a traves de la Resolucion Ministerial N° 010-2007-VIVIENDA, se dispone que la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0062007-VIVIENDA se crea el Programa "Agua para Todos" en el Viceministerio de Construccion y Saneamiento, que integra las acciones administrativas y otras que se requieran para el desarrollo de las actividades que se ejecuten en el ambito del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento PARSSA, de la Unidad de Gestion del PRONASAR, del Programa de Inversion Social INVERSAN, de la Unidad Tecnica FONAVI, asi como de otros Proyectos y Programas en materia de saneamiento; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0062007-VIVIENDA establece que la Unidad Ejecutora 004 "Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento PARSSA" del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se denominara en adelante Programa "Agua para Todos", disponiendo que todas las referencias al "Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento PARSSA" corresponderan a la Unidad Ejecutora 004 Programa "Agua para Todos";
Que, segun el articulo 4° de la Resolucion Ministerial N° 067-2007-VIVIENDA, en tanto se culmine la elaboracion y aprobacion del Manual de Operaciones del Programa "Agua para Todos" y se proceda a suscribir la enmienda al Convenio de Prestamo N° 7142-PE, la Unidad de Gestion Proyecto PRONASAR continuara actuando de acuerdo a la enmienda al Convenio de Prestamo N° 7142-PE y a su Manual de Operaciones; Que, por Resolucion Ministerial N° 072-2007VIVIENDA, se delego en el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004 Programa "Agua para Todos", las facultades y atribuciones para el desempeno de sus funciones; Que, de otro lado, resulta necesario delegar en la Direccion Nacional de Construccion, en su calidad de organo responsable de efectuar las tasaciones de inmuebles que soliciten las entidades y empresas publicas ciertas facultades; y asimismo, ampliar la delegacion de facultades otorgadas por Resolucion Ministerial Nº 001-2007-VIVIENDA, en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA; Con la visacion del Viceministro de Construccion y Saneamiento, Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del Secretario General, del Jefe de la Unidad Ejecutora 004 Programa "Agua para Todos", de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 7º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, las Leyes Nºs 27792, 27779 y 27444, los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 0842004-PCM y la Ley Nº 28927 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De las modificaciones de la Resolucion Ministerial N° 001-2007-VIVIENDA Modifiquese los articulos 2°, 3°, 4, 8° y 10° de la Resolucion Ministerial N° 001-2007-VIVIENDA, por los siguientes textos: "Articulo 2°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Vivienda, durante el Ejercicio Fiscal 2007, la facultad de resolver recursos impugnativos en MORDAZA instancia administrativa que de acuerdo a la legislacion vigente no sea expresa y exclusivamente competencia del Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Asimismo, esta delegacion se hace extensiva a favor del Viceministro de Construccion y Saneamiento y del Viceministro de Vivienda y Urbanismo de este Ministerio para que en MORDAZA instancia administrativa resuelvan los recursos impugnativos interpuestos contra los actos administrativos expedidos por las Direcciones Nacionales y el Programa "Agua para Todos" que se encuentran bajo el ambito de su competencia. Articulo 3°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2007, las facultades y atribuciones que se senalan a continuacion: a. Designar comisiones, comites, comites especiales de procesos de seleccion y similares, asi como la modificacion de la composicion de los mismos que, de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia no requieran expresamente de la intervencion del Titular del Sector. Las designaciones y modificaciones en mencion, se hacen extensivas al Secretario General cuando intervengan de manera simultanea, las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 003. b. Representar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion. c. Suscribir Convenios de Gestion y de Cooperacion Interinstitucional. d. Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio Fiscal 2007, asi como de sus modificatorias, en atencion a lo dispuesto en el articulo 7°