Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

Articulo 5°.- Normativa aplicable Es de aplicacion a la transferencia en dominio fiduciario de bienes de propiedad estatal las normas sobre fideicomiso establecidas en la Ley N° 26702 y normas complementarias y reglamentarias. Articulo 6°.- Normativa complementaria Facultese a la Superintendencia de Bienes Nacionales para dictar las normas procedimentales complementarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 7°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 54442-4

Modifican la R.M. N° 001-2007VIVIENDA, sobre delegacion de funciones al Secretario General del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 099-2007-VIVIENDA MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112 ­ Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad con el articulo 4º, numeral 4.2 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que le otorga dicha Ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones del Ministerio, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 025-2006-VIVIENDA y la Resolucion Ministerial N° 291-2006-VIVIENDA, el 31 de diciembre de 2006, se ha producido la extincion de CONATA y, a traves de la Resolucion Ministerial N° 010-2007-VIVIENDA, se dispone que la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sera el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0062007-VIVIENDA se crea el Programa "Agua para Todos" en el Viceministerio de Construccion y Saneamiento, que integra las acciones administrativas y otras que se requieran para el desarrollo de las actividades que se ejecuten en el ambito del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA, de la Unidad de Gestion del PRONASAR, del Programa de Inversion Social ­ INVERSAN, de la Unidad Tecnica FONAVI, asi como de otros Proyectos y Programas en materia de saneamiento; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0062007-VIVIENDA establece que la Unidad Ejecutora 004 "Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA" del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se denominara en adelante Programa "Agua para Todos", disponiendo que todas las referencias al "Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA" corresponderan a la Unidad Ejecutora 004 Programa "Agua para Todos";

Que, segun el articulo 4° de la Resolucion Ministerial N° 067-2007-VIVIENDA, en tanto se culmine la elaboracion y aprobacion del Manual de Operaciones del Programa "Agua para Todos" y se proceda a suscribir la enmienda al Convenio de Prestamo N° 7142-PE, la Unidad de Gestion Proyecto PRONASAR continuara actuando de acuerdo a la enmienda al Convenio de Prestamo N° 7142-PE y a su Manual de Operaciones; Que, por Resolucion Ministerial N° 072-2007VIVIENDA, se delego en el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004 Programa "Agua para Todos", las facultades y atribuciones para el desempeno de sus funciones; Que, de otro lado, resulta necesario delegar en la Direccion Nacional de Construccion, en su calidad de organo responsable de efectuar las tasaciones de inmuebles que soliciten las entidades y empresas publicas ciertas facultades; y asimismo, ampliar la delegacion de facultades otorgadas por Resolucion Ministerial Nº 001-2007-VIVIENDA, en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA; Con la visacion del Viceministro de Construccion y Saneamiento, Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del Secretario General, del Jefe de la Unidad Ejecutora 004 Programa "Agua para Todos", de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 7º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 ­ Ley del Poder Ejecutivo, las Leyes Nºs 27792, 27779 y 27444, los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 0842004-PCM y la Ley Nº 28927 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De las modificaciones de la Resolucion Ministerial N° 001-2007-VIVIENDA Modifiquese los articulos 2°, 3°, 4, 8° y 10° de la Resolucion Ministerial N° 001-2007-VIVIENDA, por los siguientes textos: "Articulo 2°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Vivienda, durante el Ejercicio Fiscal 2007, la facultad de resolver recursos impugnativos en MORDAZA instancia administrativa que de acuerdo a la legislacion vigente no sea expresa y exclusivamente competencia del Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Asimismo, esta delegacion se hace extensiva a favor del Viceministro de Construccion y Saneamiento y del Viceministro de Vivienda y Urbanismo de este Ministerio para que en MORDAZA instancia administrativa resuelvan los recursos impugnativos interpuestos contra los actos administrativos expedidos por las Direcciones Nacionales y el Programa "Agua para Todos" que se encuentran bajo el ambito de su competencia. Articulo 3°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2007, las facultades y atribuciones que se senalan a continuacion: a. Designar comisiones, comites, comites especiales de procesos de seleccion y similares, asi como la modificacion de la composicion de los mismos que, de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia no requieran expresamente de la intervencion del Titular del Sector. Las designaciones y modificaciones en mencion, se hacen extensivas al Secretario General cuando intervengan de manera simultanea, las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 003. b. Representar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion. c. Suscribir Convenios de Gestion y de Cooperacion Interinstitucional. d. Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio Fiscal 2007, asi como de sus modificatorias, en atencion a lo dispuesto en el articulo 7°

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