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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2007 352166 CONSIDERANDO: Que, como resultado del terremoto ocurrido el 15 de agosto de 2007, se han producido pérdidas de vidas humanas, daños en la salud e integridad física, así como el colapso de los servicios básicos en las zonas afectadas; Que, ante estos lamentables hechos, el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial Nº 665-2007-MINSA, se declaró en alerta roja con el objeto de priorizar el apoyo a las zonas golpeadas por dicho evento, siendo necesario además suspender toda tramitación administrativa en la que participen sus funcionarios y/o servidores, que de alguna manera puedan paralizar o dilatar sus acciones a favor de los damni fi cados; Que, mediante aviso publicado en los diarios, O fi cial El Peruano y “El Comercio” el 25 de junio de 2007 se convocó a concurso para cubrir las plazas de los establecimientos de salud allí precisados por la Comisión Nacional de Concurso para cargos de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud, la que está conformada por funcionarios de Dirección del Ministerio de Salud, cuya labor es esencial en el apoyo para la toma de decisiones y acciones en situaciones de desastres como en el presente caso, por lo que resulta conveniente se les libere de toda función adicional a la fecha; Con las opiniones favorables de los Directores Generales de las O fi cinas Generales de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica, y con la aprobación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Suspender el Concurso para cubrir las plazas de Directores Generales y Directores Ejecutivos de los Hospitales e Institutos Especializados del Sector Salud objeto de la convocatoria publicada el 25 de junio de 2007, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 100800-3 Aprueban redistribución de bienes adquiridos en el marco del Plan de Contingencia del Ministerio de Salud “Fenómeno El Niño 2006 - 2007” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 680-2007/MINSA Lima, 24 de agosto del 2007 VISTO: el O fi cio Nº 602-2007-DG-OGDN/MINSA, de la O fi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que mediante los Decretos de Urgencia Nº 025-2006 y Nº 029-2006 de fecha 27 de septiembre y 21 de octubre del año 2006 respectivamente, se establecen medidas urgente y extraordinarias para ejecutar actividades de mitigación e intervención en las zonas declaradas en Estado de Emergencia ante la evidencia de la presencia del “Fenómeno El Niño” en los departamentos de Tumbes, Piura y Lambayeque; Que en tal razón, la O fi cina General de Defensa Nacional en coordinación con otras dependencias del MINSA, elaboró el Plan de Contingencia del Ministerio de Salud “Fenómeno El Niño 2006-2007”, considerando actividades para implementar módulos de atención médica con equipos, vestuario y otros materiales; Que a través de los procesos de Adquisición Nº 001-2006- MINSA “Adquisición de Vestuario y Materiales para el Plan de Contingencia por el Fenómeno El Niño” y Nº 002-2006-MINSA “Adquisición de Equipos para el Plan de Contingencia por el Fenómeno El Niño”, se efectuó la adquisición de bienes para la atención de posibles situaciones de Emergencia o Desastre que podría presentarse ante la inminencia del “Fenómeno El Niño 2006-2007” en Tumbes, Piura y Lambayeque”. Sin embargo, a través de comunicados emitidos por el Comité Multisectorial, encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN), se informó que desde enero del 2007, se presentó una tendencia hacia condiciones entre ligeramente cálidas o normales frente a la costa peruana; es decir, que el evento Fenómeno El Niño 2006-2007 en las regiones ingresaba a su fase fi nal o normalización océano atmosférica; Que a través del Decreto de Urgencia Nº 018-2007, se establecen medidas urgentes a favor de diversos departamentos afectados por Desastre de origen natural, heladas y la inminencia del Fenómeno Friaje, orientadas a la atención de la salud de las personas damni fi cadas y afectadas; Que asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 052-2007-PCM se declaró en Estado de Emergencia por Bajas Temperaturas en los departamentos de Puno, Tacna, Arequipa, Moquegua, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín y Pasco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, se declara en Estado de Emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima por un plazo de 60 días naturales, disponiéndose que el Ministerio de Salud, entre otros, ejecute las acciones necesarias para atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas por los fuertes sismos registrados en el país el pasado 15 de agosto del 2007; Que mediante Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM, se amplía la declaración del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y a los distrito de Huañec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima; Que considerando los principios de e fi ciencia, transparencia y economía establecidos en el Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta prioritario destinar los bienes adquiridos a las localidades, donde su uso sea requerido con urgencia ante una situación de emergencia; Que conforme a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, el Ministerio de Salud; diseña y norma los procesos organizacionales para lograr, entre otros, los siguientes objetivos funcionales: - La prevención de riesgos y daños, la protección y recuperación de la salud y la rehabilitación y/o mejoramiento de las capacidades de las personas en condiciones de equidad y plena accesibilidad. - El desarrollo de capacidades su fi cientes para proteger, recuperar y mantener la salud de las personas y poblaciones, que sean afectadas por situaciones de emergencias, desastres y/o damni fi cada. Que en este contexto y en mérito a lo solicitado por la Ofi cina General de Defensa Nacional, mediante el Expediente Nº 07-060679-001, es necesario disponer medidas urgentes, acorde con las actividades inherentes a la coyuntura actual para atención de la salud población damni fi cada, prevención, mitigación del riesgo existente y rehabilitación de las zonas afectadas por la declaratoria de emergencia; Estando a las visaciones del Director General de Defensa Nacional, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Redistribución de los bienes adquiridos en el marco del Plan de Contingencia del Ministerio de Salud “Fenómeno El Niño 2006-2007”, en función a la necesidad de los departamentos declarados en Estado de Emergencia a causa de las bajas temperaturas y del sismo ocurrido el pasado 15 de agosto de 2007. Artículo 2°.- Encargar a la O fi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud la determinación y destino de los bienes a ser redistribuidos por el estado de emergencia a causa de las bajas temperaturas o el sismo ocurrido el pasado 15 de agosto de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 100735-1