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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (25/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2007 352178 a. Ser persona natural en ejercicio de sus derechos civiles. b. Tener algún tipo de relación formal con la entidad que lo designe. c. No tener antecedentes penales, policiales o judiciales. d. No encontrarse inhabilitado por medida disciplinaria, en las entidades públicas, Colegio Profesional, CONSUCODE, ni estar incluido en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido u otro registro relacionado con la contratación y adquisición de bienes y servicios por parte del Estado. e. No ejercer cargos políticos, o integrar agrupación política alguna. f. No prestar servicios bajo cualquier modalidad contractual o laboral en alguno de los órganos que forman parte del Sistema Nacional de Control. g. Gozar de buena salud.h. Declaración jurada de cumplimiento de los principios y valores que rigen las labores de control gubernamental, de acuerdo al Anexo 1. i. Otras que la CGR establezca según el objeto de las Brigadas CGR. Las entidades que propongan a los miembros de las Brigadas CGR son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos antes descritos, para cuyo efecto podrán considerar para la acreditación de los requisitos exigidos en los literales c, d, e, f y g la presentación de una Declaración Jurada, teniendo la Entidad la responsabilidad de su verifi cación posterior. 6.3 Plani fi cación de las Brigadas CGR La plani fi cación de la labor de las Brigadas CGR estará cargo de la CGR, en función a sus necesidades y objetivos de control preventivo y vigilancia previamente establecidos. 6.4 Ejecución y supervisión de las Brigadas CGR Para la ejecución de la labor de las Brigadas CGR, la Entidad y la CGR, mediante los Convenios podrán determinar los mecanismos de fi nanciamiento según sus posibilidades y disponibilidad presupuestaria. La CGR no asumirá ningún tipo de responsabilidad, ni incurrirá en gastos para atender las contingencias que pudieran devenir durante la labor de los miembros de las Brigadas CGR, las mismas que corresponden a las entidades proponentes. La supervisión de las labores operativas que ejerzan las Brigadas CGR estará a cargo de la CGR, la cual designará al personal encargado de dicha labor y determinará las herramientas necesarias para efectuarla. 6.5 Deberes de los miembros de las Brigadas CGR. a. Efectuar sus labores con estricto cumplimiento de la presente Directiva, así como de las disposiciones que le imparta el personal de la CGR a cargo de su supervisión. b. Poner en conocimiento de la CGR, la información que recopile sobre los asuntos que son objeto de control preventivo y vigilancia. c. No revelar a personas o entidades no autorizadas aquellos aspectos protegidos por la legislación como confi denciales, secretos y reservados, o que no siéndolo puedan afectar la labor de las entidades sujetas a vigilancia ciudadana. 6.6 Vinculación de los miembros de las Brigadas CGR. La acreditación para ejercer labores como miembro de las Brigadas CGR, implica exclusivamente el apoyo en las labores de control preventivo y vigilancia que ejerce la CGR, no pudiendo ser utilizada para otros fi nes. En ese sentido, los miembros de las Brigadas CGR, no guardan ningún tipo de relación laboral o contractual con la CGR, y no son empleados públicos. Las disposiciones de la Directiva Nº 003-2003-CG/AC, “Normas de Transparencia en la Conducta y Desempeño de los Funcionarios y servidores de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 368-2003-CG, se harán extensivas a los miembros de las Brigadas CGR en lo que fuere aplicable. 6.7 Naturaleza de las Brigadas CGR. El objeto y los compromisos que se deriven de la labor de las Brigadas CGR tienen como fi nalidad exteriorizar y afi anzar la voluntad de colaboración y asumir un mayor compromiso a favor del control y la lucha contra la corrupción, los mismos que deberán enmarcarse en los dispositivos legales aplicables a la CGR y las Entidades. Tratándose de un apoyo voluntario en el ejercicio del control preventivo y la vigilancia, el mismo no supone ni implica transferencia de recursos económicos a las Entidades, ni pago de contraprestación alguna a los miembros de las Brigadas CGR. DISPOSICIÓN FINAL Única.- La presente Directiva entrará en vigencia el día de su aprobación. DECLARACIÓN JURADA DE MIEMBRO DE LA BRIGADA CGR Por la presente, yo .................................................. identi fi cado con DNI Nº ........................, en mi condición de miembro de la Brigada CGR, y teniendo pleno conocimiento de las normas que rigen a la Contraloría General de la República, juro: 1. Respetar y cumplir fi elmente los principios que rigen el control preventivo y vigilancia en las entidades, orientando mi accionar a dichos principios (autonomía, objetividad, especialización, transparencia, probidad y reserva). 2. Cumplir los requisitos solicitados para formar parte de la Brigada CGR establecidos en la Directiva Nº 03-2007- CG, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 273-2007- CG y demás normativa sobre la materia. 3. Tener pleno conocimiento que en caso de incumplimiento sobreviviente de alguno de los requisitos indicados en el numeral precedente, se procederá a mi exclusión como parte de la Brigada CGR. 4. Tener pleno conocimiento que la participación de mi labor como miembro de la Brigada CGR no me genera ningún tipo de relación laboral o contractual con la Contraloría General de la República ni ésta me otorga la condición de servidor, funcionario o empleado público, diferente a las que pudieran tener. 5. Aceptar y cumplir con lo establecido en toda la normativa sobre las Brigadas CGR y aquella vinculada a la misma, que haya sido emitida y que emita la Contraloría General de la República. 6. Cumplir sin exceder mis deberes, obligaciones, facultades y funciones inherentes a mi condición como miembro de las Brigadas CGR, establecidos en la Directiva Nº 03-2007-CG, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 273-2007-CG, y demás normativa aplicable. 7. Tener conocimiento que la CGR no asumirá ningún tipo de responsabilidad ni incurrirá en gastos para atender las contingencias que pudieran devenir durante mi labor como miembro de la Brigada CGR. Finalmente, declaro tener pleno conocimiento que el incumplimiento de lo antes juramentado será de mi exclusiva responsabilidad y pasible de las acciones legales a que hubiera lugar. .....de...................de 2007 __________________________ Firma 100564-2