Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2007 (25/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
VISTAS :

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de agosto de 2007

La solicitud con numero de ingreso 049234 presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Setimo Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho Turno "B"; y CONSIDERANDO: Que por Resolucion Administrativa Nº 210-2006-PCSJL/PJ de fecha veintitres de junio del dos mil seis, se asigno al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Setimo Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho con sede en Comisaria de MORDAZA el Turno "B" de dicho organo jurisdiccional. Que mediante el documento de vista, el doctor MORDAZA MORDAZA, solicita su reasignacion al Turno "A" del Setimo Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, por cuanto desempenara la docencia universitaria en horas de la tarde; pedido que cuenta con la aceptacion de la senora Juez que despacha en el referido turno. Que el numeral 8) del articulo 184º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial senala como deber de los magistrados la dedicacion exclusiva a la funcion judicial, no obstante se les permite ejercer la docencia universitaria en materias juridicas, a tiempo parcial, hasta por ocho horas semanales de dictado de clases y en horas distintas de las que corresponden al despacho judicial. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero: REASIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Setimo Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, el Turno "A" de dicho despacho. Articulo Segundo: REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANCCAS, Juez Suplente del Setimo Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Lurigancho, el Turno "B" del mismo. Articulo Tercero: La presente resolucion se MORDAZA efectiva a partir del lunes veintisiete del presente mes. Articulo Cuarto: PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina de Personal de esta Corte Superior y de los referidos magistrados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

Las solicitudes presentadas por los Juzgados Penales 1º,7º, 10º, 53º, 54º, 55º, 56º y 57º e informes emitidos por el Area de Desarrollo de la Presidencia de fecha 18 de junio ultimo; y CONSIDERANDO: Primero.- Que mediante documentos de vista, los Magistrados de los Juzgados Penales indicados, solicitan se reabra el turno para la distribucion aleatoria y equitativa de nuevas denuncias entre todos los Juzgados Penales para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, en razon a contar con una sobre carga procesal que ha devenido en inmanejable y que imposibilita otorgar la debida atencion al justiciable de manera oportuna y eficaz. Segundo.- Que por Resolucion Administrativa Nº 1312006-CE-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de octubre del ano 2006, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso suprimir la denominacion "para procesos en ejecucion de sentencias" que tenian el 1º, 7º, 10º, 19º y 22º Juzgados Especializados en lo Penal; y convertir el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Juzgados Penales para procesos en reserva en el 53º, 54º, 55º, 56º y 57º Juzgados Penales, respectivamente; facultando al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto por el supremo organo de gobierno. Tercero.- Que mediante Resolucion Administrativa Nº 393-2006-CED-CSJLI/PJ de fecha 3 de noviembre del ano 2006, el Consejo Ejecutivo Distrital determino que los Juzgados Penales 1º, 7º, 10º, 53º al 57º asuman competencia en la tramitacion de procesos sumarios con reos libres, mientras que el 19º y 22º sobre procesos ordinarios; disponiendo que la Mesa de Partes Unica respectiva, solo distribuya entre dichos juzgados nuevas demandas e incidentes hasta lograr la nivelacion de carga procesal con las demas judicaturas penales. Cuarto.- Que mediante Oficios Nº 464 y 468-2007-ADP/ CSJLI-PJ el Area de Desarrollo de la Presidencia, informo que la carga procesal en tramite que gira por ante los citados Juzgados en sus respectivas sub especialidades, han sobrepasado aquella que vienen conociendo las demas judicaturas, cuyo turno para recepcion de nuevas denuncias se encuentra suspendido, toda vez que en el caso de los Juzgados Penales para Procesos con Reos Libres 1º, 7º, 10º y del 53 al 57º, el promedio de expedientes que tiene cada uno en tramite asciende a 925, ingresando alrededor de 202 nuevas demandas en forma mensual, a diferencia de la carga que trabaja los Juzgados con suspension de turno, que al mes de MORDAZA del ano curso contaban con 839 en tramite y 683 en los estados de ejecucion, reserva y en apelacion provenientes de los Juzgados de Paz Letrados Quinto.- Que en cuanto a los Juzgados Penales para Procesos Ordinarios con Reos Libres 19º y 22º la situacion es similar pudiendo observar de la informacion estadistica proporcionada por el area tecnica, que la carga promedio en tramite es de 267 con un ingreso mensual de 52 nuevas denuncias a cada uno; en contraste con la cantidad de procesos que giran ante los demas Juzgados Penales de dicha sub especialidad 13º 16º y 30º, que cuentan con 158 expedientes en tramite y 31 en ejecucion, reserva y en apelacion. Sexto.- Que de conformidad con los incisos 10), 19) y 20) del art. 96º de la Ley Organica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar las medidas que requiera el regimen interior del Distrito Judicial, los acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad y, atendiendo a las necesidades judiciales, reglamentar la recepcion y posterior distribucion equitativa de las demandas y denuncias entre los Juzgados Especializados o Mixtos. Setimo.- Que en tal sentido, habiendo evaluado el informe del area tecnica y luego de amplia deliberacion, el Consejo Ejecutivo Distrital, acuerda validar el informe mencionado, considerando necesario dictar con caracter de urgente las disposiciones mas apropiadas que permita a los Juzgados Penales de MORDAZA, trabajar en condiciones similares a los demas para dar una respuesta adecuada y oportuna a las expectativas de los usuarios del servicio de administracion de justicia. Octavo.- Que asimismo, se han analizado las disposiciones que en su oportunidad incluyeron a los Magistrados de los Juzgados Penales y Mixtos ubicados en otros distritos

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Disponen el reparto equitativo y aleatorio de nuevas demandas e incidentes a cargo de la Mesa de Partes Unica de Juzgados Penales para Procesos con Reos Libres e incorporan y excluyen magistrados de las funciones en el servicio de Turno Permanente de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 248-2007-CED-CSJLI/PJ
MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2007

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