Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2007 (12/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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- 80% de descuento a los puestos que se encuentren comprendidas en las zonas 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07 - 60% de descuento a los puestos que se encuentren comprendidas en la MORDAZA 08. Articulo Quinto.TRIBUTARIOS DE LOS BENEFICIOS NO

tramite en cualquier etapa administrativa, que se acojan a la presente Ordenanza, se entendera por desistida su pretension sin que medie un escrito formal por parte del recurrente en este sentido, debiendose derivar al archivo central con los informes correspondientes por las unidades de su competencia. DISPOSICIONES FINALES

1.- Las Multas Administrativas y/o Notificaciones de Sanciones Administrativas productos de las trasgresiones a las normas municipales, que se encuentren pendiente de ser cancelada en la via ordinaria o coactiva, estaran sujetas a una rebaja del 80% de descuentos del valor original. 2.- Los pagos a cuenta realizados para la cancelacion de las Multas Administrativas, se imputaran al monto con descuento que dispone la presente Ordenanza, dandose por canceladas de alcanzar el 20% de la sancion. En el caso que los pagos a cuentas realizados sobrepasen la multa con descuento, se imputara lo pagado a cuenta y se cancelara la sancion. La diferencia que quede no se compensara, ni se reclamara ni se imputara a otra multa. La forma de pago para acogerse al beneficio de las Multas Administrativas, sera al contado. Articulo Sexto.DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Los contribuyentes que regularicen con la MORDAZA de la declaracion jurada por las transferencias de inmuebles o la no declaracion de ampliaciones (aumento de valor), se le condonara el 90% de las Multas Tributarias, moras e intereses que hayan sido generadas por este concepto; asi mismo si los montos finales sobrepasan: - S/. 500.00 (Quinientos Nuevos Soles) tendra opcionalmente el 40% de descuento. - S/. 1,000.00 (Un Mil Nuevos Soles) tendra opcionalmente el 30% de descuento. Los pagos a cuenta realizados para la cancelacion de las Multas Tributarias, se imputaran al monto con descuento que dispone la presente Ordenanza, dandose por canceladas de alcanzar el 60% y 70 % de la sancion; de acuerdo a los montos senalados. En el caso que los pagos a cuentas realizados sobrepasen la multa con descuento, se imputara lo pagado a cuenta y se cancelara la sancion. La diferencia que quede no se compensara, ni se reclamara ni se imputara a otra multa. Articulo Septimo.- DEL RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA. Queda entendido que los contribuyentes que se acojan al presente beneficio reconocen expresamente sus obligaciones pendientes materias de regularizacion, por la que no podran presentar futuras reclamaciones ni devoluciones, respecto a las deudas incluidas en el presente beneficio. Articulo Octavo.- CONTRIBUYENTES EN MORDAZA DE ACTUALIZACION CATASTRAL Aquellos contribuyentes que se encuentren dentro del MORDAZA de actualizacion catastral y que regularicen su situacion tributaria se acogeran a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- DEUDAS EN MORDAZA DE COBRANZA COACTIVA Los beneficios que aprueba la presente Ordenanza alcanzan a aquellos que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva, siempre y cuando se acojan voluntariamente al beneficio de la presente Ordenanza y su deuda no se encuentre ejecutada con alguna medida cautelar por la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva Articulo Decimo.GASTOS Y COSTAS PROCESALES Condonese el 100% de los Gastos y Costas procesales, en caso la deuda se encuentre en MORDAZA de cobranza coactiva, siempre que el deudor pague al contado el total de la deuda. Articulo Decimo Primero.- DESESTIMIENTOS DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS Y TRIBUTARIOS Todos los contribuyentes que tengan expedientes en

Primera.- Facultar al MORDAZA para mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 135994-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan Matrimonio Civil - Religioso Comunitario en el distrito
ORDENANZA N° 030-2007-ALC/MDLV La MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO, en la Sesion Ordinaria de fecha 7 de diciembre de 2007, el Dictamen Nº 013-2007-CPBS-CPPPAL/MDLV de fecha 3 de diciembre de 2007, de las Comisiones de Bienestar Social y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales, y ; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional consagra el concepto de Autonomia Municipal, sobre la cual las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado, tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, acorde a lo dispuesto por el articulo 4º de nuestra Carta Magna; Que, asimismo, el item 6.2 del numeral 6) del articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades dentro de sus competencias y funciones en materia de servicios sociales locales, administra, organiza y ejecuta los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a la consolidacion y fortalecimiento en MORDAZA con los principios y normas proclamadas por la Constitucion Politica del Estado; Que, siendo politica de la actual gestion, promover la union familiar y siendo la familia el nucleo basico de la sociedad, se ha considerado oportuno brindar mayores facilidades a los vecinos del distrito que deseen formalizar y/o regularizar su situacion conyugal, para lo cual resulta necesario realizar las acciones correspondientes que conlleven a dicha finalidad; En merito a los fundamentos expuestos y en uso de facultades otorgadas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de La MORDAZA, por unanimidad y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente:

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