Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2007 (12/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2007

MORDAZA la Promocion de los Derechos al Nombre y a la Identidad. Articulo 2º.- DECLARAR el mes de MORDAZA de todos los anos como "El mes del Derecho al Nombre y a la Identidad" en toda la Region MORDAZA con el objeto de ejecutar acciones que impulsen el acceso de ninas, ninos, adolescentes y mujeres en situacion de vulnerabilidad y alto riesgo, al Nombre y a la Identidad, promoviendo el reconocimiento y el ejercicio de estos derechos fundamentales establecidos en la Constitucion Politica del Estado Peruano. Articulo 3º.- CREAR la Comision Regional Multisectorial Consultiva y de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad, quienes se encargaran de dar cumplimiento a los contenidos de la ordenanza e implementar, coordinar y hacer seguimiento a las acciones, estrategias, metas e indicadores implementadas por las dependencias y programas sociales del Gobierno Regional y que estara conformada de la siguiente manera: · El Presidente Regional, quien la presidira · Gerente Regional de Desarrollo Social, quien actuara como Secretario Tecnico. · Director Regional de Educacion · Un Representante Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC. · Un Representante del Gobierno Provincial de Chiclayo. · Un Representante de la Municipalidad Provincial de Lambayeque. · Un Representante de la Municipalidad Provincial de Ferrenaf. · Dos Representantes de la Sociedad Civil organizada. Articulo 4º.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA, como secretaria tecnica de la Comision Regional Multisectorial Consultiva y de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad, propondra anualmente las actividades a ser coordinadas, ejecutadas y evaluadas, asi como procesar y consolidar la informacion obtenida, y dar cumplimiento a la implementacion de la presente ordenanza. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial que a partir del ejercicio 2008, todas las dependencias y los programas sociales del Gobierno Regional de MORDAZA, obligatoriamente incorporen en la planificacion y ejecucion de sus planes operativos institucionales, acciones, medidas y estrategias que contribuyan a la formacion, orientacion y proteccion del Derecho al Nombre y a la Identidad de las Mujeres, Ninas, Ninos y Adolescentes, personas con discapacidad, en especial de aquellos que se encuentran en situacion de riesgo o de extrema pobreza. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial, implementar en el MORDAZA Regional una base de datos a ser alimentada por la comision a que se refiere el Articulo 3º, conteniendo informacion respecto a la deteccion de casos desagregados por sexo, area geografica, etnia, discapacidad y edad, de personas que carecen de Partidas de Nacimiento y/o de Documento Nacional de Identidad. Articulo 7º.- DISPONER durante el presente ejercicio, la ejecucion a nivel regional de la Cruzada Nacional por el derecho al nombre y a la identidad "Mi Nombre" destinada a la formacion, orientacion y proteccion del derecho al nombre y a la identidad, los Derechos Humanos de las Mujeres, Ninas, Ninos y Adolescentes, en especial de las personas que se encuentran en condicion de discapacidad, alto riesgo o en extrema pobreza. Articulo 8º.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social, debera informar anualmente al Consejo Regional y al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, los avances, mediante datos desagregados por sexo, area geografica, etnia, discapacidad y edad, conforme a los formatos de formulacion, seguimiento y evaluacion remitido por el MIMDES. Articulo 9º.- EXHORTAR a los Gobiernos Locales en el MORDAZA de sus funciones y competencias, promuevan el Derecho al Nombre y a la Identidad en sus respectivas jurisdicciones. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional

ANEXO I ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2007-GR.LAMB./CR Comite Departamental de Censos: Poblacion y Vivienda Ano 2007 INTEGRANTES 1) Presidente del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, quien lo presidira. 2) MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Chiclayo. 3) Gobernador Politico de la provincia de Chiclayo 4) Jefe del Grupo Aereo Nº 06 ­ Chiclayo. 5) Jefe de la Septima Division de Infanteria de Lambayeque. 6) Jefe de la Policia Nacional del Peru. 7) Director Regional de Vivienda y Saneamiento. 8) Director Regional de Salud de Lambayeque. 9) Director Regional de Transporte y Comunicaciones. 10) Director Regional de Agricultura. 11) Director Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos. 12) Directora del Archivo Regional de Lambayeque. 13) Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. 14) Director Regional de Turismo. Comercio y Artesania. 15) Director Regional de Produccion. 16) Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo. 17) Universidad Particular de Chiclayo. 18) Universidad Particular Senor de Sipan. 19) Universidad Catolica MORDAZA MORDAZA de Mogrovejo. 20) Jefe departamental del Censo. 21) MORDAZA de la Diocesis de Chiclayo. 22) Mesa de Concertacion de Lucha Contra la Pobreza. 23) Decano del Colegio de Periodistas. 24) Coordinador de la ONG.- Foro Educativo. 25) Presidente de la Beneficencia Publica de Chiclayo. 26) Camara de Comercio y Produccion de Lambayeque.

141901-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan viaje a Brasil del Presidente del Gobierno Regional para participar en el Encuentro de Gobernadores del Frente Norte de MERCOSUR
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 048-2007-SE-GRL: 01/12/07 Iquitos, 1 de diciembre del ano 2007 VISTOS: El Proveido Nº 18540 de fecha 27 de noviembre del 2007 de la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA y la Carta de Invitacion de la Cooperacion Internacional para el Desarrollo Sostenible; CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del articulo 9 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias establece que los Gobiernos Regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto Regional; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, que irroguen gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en la Entidades Publicas sujetas al ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, modifica por la Ley Nº. 28807 y el Decreto Supremo

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