Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2007 (12/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Nº. 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº. 005-2006-PCM; Que, de conformidad con el articulo 83º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, la Comision de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estan directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2007-PCM, se aprueban normas complementarias sobre autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos o de cualquier persona representante del Estado; Que, mediante Carta de fecha 21 de noviembre del 2007, el Gobierno del Estado de Para, a traves de la Cooperacion Internacional para el Desarrollo Sostenible y la Presidencia de la Republica de Brasil, a traves de la Secretaria de Relaciones Institucionales, invita al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, Lic. Yvan MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a participar al Encuentro de Gobernadores del Frente Norte de MERCOSUR, que se realizara los dias 4, 5 y 6 de diciembre del presente ano, en la MORDAZA de Belem, Para, Brasil; cuyo objetivo es reunir a los Gobernadores de los Paises Sudamericanos, representantes de los Ministerios, Agencias de Fomento y Desarrollo Nacionales e Internacionales, Organizaciones No Gubernamentales que tengan inferencia politica local relevante, en el sentido de construir una agenda positiva de cooperacion con la Region Amazonica, que pueda servir de herramienta para la formulacion de la politica publica de MERCOSUR y estimular el MORDAZA de cooperacion sudamericana. En el mencionado Encuentro se realizara una exposicion de productos representativos de los paises, promoviendo mayor interaccion sociocultural, a traves de artesania y variedades. Debe precisarse que los costos de pasaje, hospedaje y alimentacion seran cubiertos por la Organizacion del Evento; Que, el Consejo Regional en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en los articulos 15º literal a), 16º literal a) y 37º literal a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modificatorias; articulos 6º literal a) y 10º literal a) del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/ RL, en Sesion Extraordinaria de fecha 1 de diciembre del 2007, llevada a cabo en el Auditorio de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto; con el MORDAZA unanime de sus miembros, la dispensa de lectura y aprobacion del Acta; Acordo por Unanimidad lo siguiente: Articulo Primero.- AUTORIZAR, EL VIAJE AL EXTERIOR A LA MORDAZA DE BELEM, PARA, BRASIL, DURANTE LOS DIAS 2, 3, 4, 5, 6 Y 7 DE DICIEMBRE DEL 2007, DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, LIC. YVAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA PARA PARTICIPAR EN EL ENCUENTRO DE GOBERNADORES DEL FRENTE NORTE DE MERCOSUR; EN CONSECUENCIA, APLIQUESE EL ARTICULO 23º DE LA LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES ­ LEY Nº 27867 Y SUS MODIFICATORIAS. Articulo Segundo.- LA PARTICIPACION DEL SR. PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, LIC. YVAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NO IRROGARA GASTOS POR CONCEPTOS DE PASAJES AEREOS EN LAS RUTAS IQUITOS/LIMA/SANTIAGO DE CHILE/SAO PAULO/GUARULH Y GUARULH/SAO PAULO/LIMA/IQUITOS, HOSPEDAJE Y ALIMENTACION, TODA VEZ QUE SERAN CUBIERTOS CON RECURSOS DE LA ORGANIZACION DEL EVENTO. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, efectuar las publicaciones de Ley. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARANZABAL MORDAZA Consejera Delegada del Consejo Regional 141659-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban el reajuste integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo de los distritos de San MORDAZA, Ate, Chaclacayo y Lurigancho - Chosica
ORDENANZA Nº 1098 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de noviembre de 2007, el Dictamen Nº 251-2007-MMLCMDUVN; Aprobo la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE DISTRITO DE SAN MORDAZA QUE ES PARTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II DE MORDAZA METROPOLITANA Articulo 1º.- Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo Aprobar el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo (Plano Nº 01 ­ Anexo Nº 01) del Distrito de San MORDAZA, que es parte del Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana. Este Plano de Zonificacion no define limites distritales y sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 2º.- Especificaciones Normativas de Zonificacion de los Usos del Suelo Aprobar las Especificaciones Normativas de Zonificacion que como Anexo Nº 02 forman parte de la presente Ordenanza, y que seran de aplicacion en el ambito senalado en el Articulo 1º . Establecer que en el ambito senalado seran de aplicacion las Normas Generales de Zonificacion para las Areas de Tratamiento Normativo II, aprobadas mediante Ordenanza Nº 1076 ­ MML, Anexo Nº 03 publicada el 08 de octubre del presente. Articulo 3º.- Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas Establecer que en el ambito de la presente Ordenanza es de aplicacion el Indice para la Ubicacion de Actividades Urbanas correspondiente al Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana, aprobado por Ordenanza Nº 1015 ­ MML publicada el 14 de MORDAZA del presente. Articulo 4º.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales y Comerciales Establecer como MORDAZA General para la aplicacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo en el area materia de la presente Ordenanza, que el equipamiento MORDAZA existente asi como la edificacion o funcionamiento de Centros de Educacion Inicial, Centros de Educacion Basica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Areas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel vecinal y los Aportes que se transfieren con las Habilitaciones Urbanas son compatibles con las zonas residenciales y comerciales y por tanto, no requieren necesariamente calificacion especial en los Planos aprobados por la presente Ordenanza. La aprobacion de su instalacion, construccion u operacion, depende unicamente de las Municipalidades Distritales, quienes elaboraran los criterios especificos para su localizacion. Articulo 5º.- Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental en Zonas Industriales

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