Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2007 (12/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2007

por el articulo 2 de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, 27867, estos emanan de la voluntad popular, y son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica, administrativa en asuntos de su competencia constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal. Que, los Arts. 11º y 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establecen que el Consejo Regional es el Organo Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones que se senalan en la misma ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. Que, el Art. 47 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales 27867 y sus modificatorias senala como funciones especificas de los Gobiernos Regionales en materia de educacion, cultura, ciencia, deporte y recreacion: Inc. b) el disenar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnologia y el programa de desarrollo, del deporte y recreacion de la Region en concordancia con la politica educativa nacional. Inc. c) el diversificar los curriculos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos. Inc. h) integrar los distintos programas educativos regionales en una politica integral orientada, en lo economico a la mejora de la productividad y competitividad de la Region; en lo social a propiciar la igualdad de oportunidades, la integracion y la inclusion a nivel regional; en lo politico el afianzamiento de los mecanismos de participacion ciudadana y rendicion de cuentas en los distintos niveles de gobierno; y en lo cultural, el desarrollo de una cultura de paz y de reconocimiento y respeto a la dignidad. Que, para implementar el considerando anterior, y en merito a la Ordenanza Regional 008-2007-CRC/ GRC.CUSCO, que ordena la revision, reformulacion y reestructuracion del Proyecto Educativo Regional del MORDAZA, la Gerencia de Desarrollo Social y la Direccion Regional de Educacion MORDAZA, encargan esta accion al Consejo Participativo Regional por la Educacion, instancia que desarrollo este MORDAZA, implementando trabajo de comisiones, conformando en su interior un Comite Tecnico que MORDAZA con la participacion de la Red Educativa Regional MORDAZA, finalizando el trabajo efectuado, con la MORDAZA del Proyecto ante el Pleno del Consejo Participativo Regional por la Educacion MORDAZA, instancia que aprobo el texto final. Que, por las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones y funciones que le reconoce la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Ley de Bases de la Regionalizacion y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones, el Pleno del Consejo Regional de MORDAZA ha determinado emitir la presente MORDAZA Regional: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- Aprobar el PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL DE MORDAZA AL 2021, cuyo contenido forma parte integrante de la presente Norma. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA proceda a la ejecucion, seguimiento monitoreo y evaluacion del Proyecto Educativo Regional de MORDAZA al 2021, en trabajo inmediato con la Direccion Regional de Educacion, las Unidades de Gestion Educativa e instancias de concertacion como el Consejo de Participacion Regional de Educacion ­ COPARE; los Consejos Participativos Locales de Educacion ­ COPALes; los CONEIs, Instituciones Educativas y sectores de la sociedad civil involucrados. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los veintidos dias de noviembre del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA

Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA a los veintiseis dias de noviembre del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 141653-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2007
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 046-2007- GRJUNIN/DREM Huancayo, 10 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que especificamente resulta: Otorgar concesiones para pequena mineria y mineria artesanal de alcance regional; conforme lo senala el inciso f) del articulo 59º de la referida Ley; Que, por Resolucion Ministerial Nº 550 ­2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaro que el Gobierno Regional de MORDAZA, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que por Ordenanza Regional Nº 030-GRJ/CR del Gobierno Regional MORDAZA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones, en el que se senala las facultades de la Direccion Regional de Energia y Minas de MORDAZA y que faculta el Otorgamiento de Titulo de Concesiones Mineras; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, se publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la aprobacion de la Direccion de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM; y, el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 01892-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2007, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas MORDAZA 141626-1

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