Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2007 (12/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial ZRE ­ 4 el area de los Asentamiento Municipales del distrito de Ate localizados en laderas de pendiente pronunciada en donde la Municipalidad Distrital en coordinacion con INDECI y los organismos competentes debera formular un estudio de riesgo y vulnerabilidad fisica, asi como de accesibilidad y usos del suelo, el cual debera ser presentado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el que con opinion del IMP debera ser aprobado mediante Ordenanza. Articulo 18º.- MORDAZA de Reglamentacion Especial Lotizacion El Descanso Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial ZRE ­ 5 el area conformada por la Lotizacion Semirustica El Descanso localizada en el distrito de Ate en la cual la Municipalidad Distrital de en coordinacion con los propietarios de los predios debera mediante un estudio, definir la vocacion de uso del suelo y la vialidad de acuerdo con el interes del distrito y de la poblacion del entorno. Dicha propuesta debera ser presentada a la Municipalidad metropolitana de MORDAZA para que con opinion del IMP sea aprobada mediante Ordenanza. Articulo 19º.- MORDAZA de Reglamentacion Especial Programa de Vivienda del Poder Judicial Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial ZRE ­ 6 el area localizada en la MORDAZA de Huaycoloro, en la AV. Central, Sub lote 01, Huachipa, Distrito de LuriganchoChosica, destinado a la construccion de viviendas a favor de los beneficiarios a los que aluden los Decretos Supremos Nº 002 ­ 2002 ­ JUS y Nº 005 ­ 2002 ­ JUS. en la cual para ser factible la localizacion residencial deberan respetarse las siguientes condicionantes en la habilitacion urbana: - El frente de lote, sobre la Av. Chosica o Central debera respetar la seccion normativa correspondiente (40 mts) por ser una via colectora considerada en el Sistema Vial Metropolitano - En el extremo lateral MORDAZA del lote que colinda con uso industrial debera exigirse dentro del lote un retiro minimo de 10 metros lineales el cual debera ser arborizado como aislamiento y proteccion y una via local cuya seccion sera la correspondiente a una via local residencial. - En el fondo del lote debera respetarse el derecho de via de la linea ferrea existente a la que debera adicionarse un retiro minimo de 5 mts arborizado y una via cuya seccion sera la correspondiente a una via local residencial. - En el extremo lateral derecho, debera respetarse la franja de proteccion correspondiente a los cables de media tension y luego una via local adicional a la existente, cuya seccion sera la correspondiente a una via local residencial. - Los parametros para la edificacion y habilitacion MORDAZA seran los correspondientes a la MORDAZA Residencial de Densidad Media RDM del Area de Tratamiento Normativo IV de MORDAZA Metropolitana. Articulo 20º.- MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Distrito de Ate Disponer que en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, localizada en el Distrito de Ate, delimitada por la Carretera Central, Av. La MORDAZA, Av. MORDAZA MORDAZA, Av. San MORDAZA, Av. MORDAZA Quinonez, Av. Acapulco, Laderas de Cerro, Av. El Sol y Av. Huanchihuaylas, que se indica en el Plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza, con la finalidad de promover el uso residencial se permitira la edificacion de conjuntos residenciales en lotes iguales o mayores a 1600 m2 con una altura MORDAZA de 8 pisos. Articulo 21º.- Zonas de Recreacion y Concesiones Mineras Establecer que en las Concesiones Mineras que se ubican en zonas calificadas como MORDAZA de Recreacion Publica ZRP y que se encuentran actualmente en explotacion, podran seguir operando hasta el termino de su concesion. Al termino el area explotada sera exclusivamente de uso de recreacion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dispongase que todos los Expedientes en tramite relacionados a los Cambios Especificos de Zonificacion de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica, cuya zonificacion se aprueba por la presente Ordenanza, que se encuentren en las diferentes Unidades Organicas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MORDAZA remitidos a la Comision Metropolitana de

Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fin de ser resueltos en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. Segunda.- Disponer que en un plazo de 180 dias calendario la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, con la participacion de las organizaciones institucionales y vecinales correspondientes, elabore el un estudio de Impacto Ambiental y Seguridad Fisica y el Planeamiento Integral en la MORDAZA de Huachipa ­ Ex Fundo Nieveria que permita definir las posibilidades de ocupacion, factibilidad de tendido de redes de servicios, la vocacion del area, esquema de vias y usos del suelo, el que debera ser presentado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que con opinion del IMP sea aprobado por Ordenanza. Tercera.- Disponer que, en el MORDAZA del Reajuste Integral de Zonificacion de MORDAZA Metropolitana, en un plazo de 180 dias calendario la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA de Huachipa con la participacion de las organizaciones institucionales y vecinales correspondientes, elabore el estudio ambiental, de usos del suelo y vialidad de la MORDAZA de la Lotizacion La Capitana, y con opinion de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, presente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la propuesta de Zonificacion de los Usos del Suelo y de Vialidad para que con opinion del IMP sea aprobada mediante Ordenanza. Cuarta.- Disponer que un plazo de 180 dias calendario la Municipalidad Distrital de Ate en coordinacion con los propietarios de los predios de la Urbanizacion Semirustica El Descaso, elabore el Planeamiento Integral que permita definir la vocacion de uso de la MORDAZA, asi como los usos del suelo y el esquema de vias correspondiente, el que debera ser presentado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que con opinion del IMP sea aprobado por Ordenanza. Quinta.- Disponer que en un plazo de 180 dias calendario, la Municipalidad Distrital de Ate en coordinacion con INDECI y otros organismos competentes elabore un estudio de riesgo y vulnerabilidad fisica, de accesibilidad y de usos del suelo de la MORDAZA calificada como ZRE donde se localizan asentamientos humanos en laderas de pendiente pronunciada. Dicho estudio debera ser presentado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que con informe del IMP sea aprobado por Ordenanza Metropolitana. Sexta.- Disponer que en un plazo de 180 dias calendarios la Municipalidad Distrital de LuriganchoChosica, en coordinacion con el Instituto Nacional de Cultura INC elabore la reglamentacion especial que sera de aplicacion en la MORDAZA delimitada y calificada por el INC como MORDAZA Monumental, las cuales deberan ser presentadas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que con opinion del IMP, MORDAZA aprobadas mediante Ordenanza. Setima.- Establecer un plazo de 180 dias calendario para que SEDAPAL concrete la compra de los predios faltantes para completar el area requerida para la Planta de Tratamiento. Vencido este plazo los predios involucrados asumiran la calificacion Residencial de Densidad Muy Baja RDMB predominante en el entorno. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de los Distritos que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Distrital correspondiente, pudiendo ser reajustado en lo pertinente. Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital respectivo o de Interes Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual, se seguira el MORDAZA que se precisa en la MORDAZA Disposicion Final. Las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Especificos de Zonificacion, promulgadas con anterioridad a la presente Ordenanza tienen plena vigencia hasta el Plazo establecido en el Primer Parrafo del presente articulo. Segunda.- Establezcase un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por la Municipalidad Distrital

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