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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (13/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2007 359961 organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el numeral 9.1 del Artículo 9º de la Ley de Bases de la Descentralización dispone en la dimensión de la autonomía política la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes; Que, es necesario modifi car el Artículo 2º de la Ordenanza Regional Nº 005-2005-E-CR-GRH, sobre la conformación de los miembros de la Agencia Regional de Fomento de la Inversión Privada de Gobierno Regional de Huánuco, para desempeñar con efi ciencia y celeridad los actos administrativos tendientes al desarrollo Regional, quedando subsistente los demás que contiene la precitada norma; Que, mediante Acta de Acuerdo de la composición y modifi cación de los miembros de la Agencia Regional de fomento de la Inversión Privada con participación del Director Regional de Vivienda y Saneamiento, Director Regional de Comercio Exterior y Turismo, Director Regional de Agricultura, Cámara de Comercio de Huánuco y Gerencia de Desarrollo Económico se determina la composición de los miembros de la Agencia Regional de Fomento de la Inversión Privada; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia. SE ORDENA:Artículo Primero.- MODIFICAR, el Artículo 2º de la Ordenanza Regional Nº 005-2005-E-CR-GRH, de fecha 14 de Abril del 2005, respecto a los integrantes de la Agencia Regional de Fomento de la Inversión Privada, dejando subsistente lo demás que contiene la citada norma, quedando a la nueva conformación de la siguiente manera: Ɣ El Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Huánuco, quien lo presidirá. Ɣ El Director Regional de Agricultura. Ɣ Director Regional de Vivienda y Saneamiento. Ɣ El Director Regional de Comercio Exterior y Turismo. Ɣ El Director Regional de Producción. Ɣ El Presidente de la Cámara de Comercio de Huánuco. Ɣ El Presidente de la Cámara de Comercio de Leoncio Prado. Ɣ Representante de la Asociación de Productores del ámbito de Gobierno Regional Huánuco. Ɣ Representante de los Empresarios Industriales de la Región Huánuco. Ɣ Representante de Organismos afi nes que se encuentran debidamente acreditados ante el Gobierno Regional Huánuco. Artículo Segundo.- APROBAR, el Proyecto de la Composición y la Modifi cación de los miembros, Reglamento Interno y Plan de Trabajo de la Agencia de Fomento de la Inversión Privada, tendiente a propiciar el desarrollo Regional, el mismo que consta de once Capítulos, catorce Artículos, y una Disposición Final. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza conforme a lo previsto en el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ESPINOZA EGOAVIL Presidente 142530-3 Aprueban creación del Parque Industrial y Tecnológico Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2007-CR-GRH Huánuco, 30 de noviembre del 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veintidós de Noviembre del año dos mil siete, el dictamen Nº 012-2007-CPDE-GR-GRH, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, relacionado a la creación del Parque Industrial Tecnológico-Huánuco en la Jurisdicción del Gobierno Regional Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º, 5º de la Ley Nº 27867 – Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4º de la Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales establece que tienen la fi nalidad esencial de fomentar el desarrollo regional integral sostenible promoviendo la inversión publica y privada y el empleo garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4º de la Ley Nº 28183 Marco de Desarrollo de Parques Industriales, los gobiernos regionales y los gobiernos locales correspondientes directamente o en alianza estratégica, con inversionistas o promotores de inversión podrán desarrollar proyectos de Parques Industriales, la ejecución de proyectos pueden encargar a empresas especializadas que ofertan las mejores condiciones técnico-económicas y de calidad de servicios requeridos por el gobierno regional para desarrollar la infraestructura y habilitar los servicios comunes y servicios públicos necesarios en los parques industriales para permitir la instalación de las empresas industriales y que éstas pueden equiparse y desarrollar sus actividades en condiciones normales de operación; Que, a través del Informe Nº 822-2006-GRH/SGPIE, de fecha 15 de noviembre del 2006, la sub-Gerencia de Desarrollo Económico señala que existe el proyecto en ejecución y que a la fecha está en condición de evaluación, y observado por la OPI del Gobierno Regional Huánuco, la misma que consta que el Gobierno Regional Huánuco, cuenta con un terreno de su propiedad debidamente saneado física y legalmente con un área total de 31 Hectáreas con 4,700 metros cuadrados, en tal sentido recomienda la creación de un Parque Industrial Tecnológico, así mismo que, obra en el expediente el informe Nº 195-2007-GRH-DRDE, procedente de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico que alude con las observaciones al Dictamen; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treinta y ocho de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete – Orgánica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CREAR El parque Industrial Huánuco con la denominación “PARQUE INDUSTRIAL Y TECNOLÓGICO HUANUCO” por ser de necesidad y utilidad pública. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Consejo Ejecutivo del Parque Industrial Tecnológico el mismo que estará integrado por: 1. Un representante del Gobierno Regional 2. Un representante del Ministerio de Producción.3. Un representante del Gobierno Local.4. Dos representantes de las Empresas instaladas en el Parque Industrial.