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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2007 360052 i. Padrón de Socios o Pobladores, identifi cando apellidos y nombres, DNI, lote, área, linderos, domicilio actual, fi rma del titular, según modelo aprobado por la municipalidad. j. Ficha Técnica por cada lote, llenada y fi rmada por el propietario o posesionario según modelo aprobado por la municipalidad. 2. PARA LA APROBACIÓN DE PLANOSLos recurrentes que a la fecha no hayan saneado su situación físico legal presentarán lo siguiente: a. Solicitud dirigida al Alcalde b. Título de Propiedad o contrato de compra- venta y/o constancia de posesión otorgada por esta municipalidad. c. Resolución de reconocimiento del recurrente e inscripción de la Junta Directiva por esta municipalidad. d. Además, presentarán los requisitos c) a j) del punto uno del presente artículo. Artículo 7º.- ACOTACIÓN DE DERECHOS1. POR HABILITACIÓN URBANAa. S/. 5.00 por formato de solicitud b. S/. 50.00 por lote, como pago único por habilitación urbana (este pago se realizará en dos partes: S/. 25.00 por lote al ingresar el expediente, y S/. 25.00 por lote una vez aprobado el expediente). c. Los pagos por aporte a SERPAR, Ministerio de Educación y Recreación o Renovación Urbana y otros fi nes, se realizarán en la entidad respectiva de acuerdo al arancel rústico, debiendo adjuntar el original con copia del expediente aprobado. 2. POR APROBACIÓN DE PLANOSa. S/. 30.00 por derecho de inspección ocular y Revisión del Proyecto, previo al ingresar el expediente. b. S/. 120.00 por derecho de Resolución, expedida por la Gerencia Municipal o por el Despacho de Alcaldía. Artículo 8º.- PAGOS POR DÉFICIT DE APORTES Los aportes reglamentarios para recreación pública y otros fines que corresponden a la Municipalidad Distrital, de acreditarse la inexistencia o déficit de áreas, podrán ser compensados con el pago de dinero en efectivo por un valor equivalente al 10% del valor del terreno, realizando la tasación de los mismo de acuerdo al arancel rústico y a las obras ejecutadas existentes. Artículo 9º.- DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR1. PARA HABILITACIÓN URBANAPara acogerse a este benefi cio el interesado deberá adquirir el Formato de solicitud correspondiente, adjuntando a éste la Orden de Pago (recabada en la Gerencia de Obras Privadas y Servicios Hidráulicos), consistente en el 50% del valor indicado en el Art. Séptimo, numeral 1-b). Luego de ello, el expediente será sometido a califi cación y aprobación en un plazo no mayor de 10 días útiles, cuando cumpla con los requisitos necesarios, Aprobado el expediente, se procederá a la liquidación en un plazo no mayor de 5 días y será notifi cado para cancelar el saldo del derecho consistente en el 50% del valor indicado en el Art. Séptimo, numeral 1-b), con lo que el recurrente tendrá opción a recabar la Resolución de Gerencia Municipal o de Alcaldía que aprueba la Habilitación Urbana, la que contendrá dentro de su parte resolutiva la orden para su conocimiento a la Municipalidad de Lima, como entidad encargada de su ratifi cación , conforme a ley. 2. PARA LA APROBACIÓN DE PLANOSPara este trámite el recurrente deberá abonar el derecho de ingreso del expediente indicado en el Art. Séptimo, numeral 2-a). El procedimiento se continuará del mismo modo que el Artículo precedente con los pagos establecidos en el Art. Séptimo, numeral 2-b).Artículo 10º.- DEL ÓRGANO A CARGO DEL PROCEDIMIENTO La Gerencia de Obras Privadas y Servicios Hidráulicos propondrá la conformación de una comisión Técnica, con conocimiento de la Gerencia Municipal, la misma que deberá estar conformada por arquitectos colegiados e ingenieros colegiados con experiencia en el tema de Habilitaciones Urbanas. Artículo 11º.- DE LA VIGENCIA La presente Ordenanza tendrá una vigencia de 180 días, a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 12º.- DEL ALCANCE La presente Ordenanza comprende aquellas habilitaciones que se hayan ejecutado hasta el 31 de Diciembre del año 2005 y que cumplan con las condiciones establecidas en la presente. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias, reglamentarias y/o modifi catorias que fueren necesarias para el cumplimiento de los objetivos trazados por la presente; del mismo modo, para que prorrogue la vigencia de la misma. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Obras Privadas y Servicios Hidráulicos la Organización y Capacitación del personal idóneo para el cumplimiento de los objetivos trazados por la presente Ordenanza; asimismo para la difusión y promoción, usando la infraestructura de las Agencias Municipales, para de esa manera llegar a todo el ámbito distrital, para lo cual deberá contar con el apoyo de la Gerencia de Rentas y de las Sub-Gerencias de Participación Ciudadana, Gestión Tecnológica y de Prensa y Relaciones Públicas. Tercera.- La Gerencia Municipal queda a cargo de ordenar a quienes corresponda la dotación de todo el apoyo y facilidades necesarias para la implementación, difusión y cumplimiento de la presente Ordenanza, bajo responsabilidad. Cuarta.- En tanto se encuentre en vigencia la presente, déjese sin efecto las normas que se opongan a ésta. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 142541-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 339-ALC/MM Mediante Ofi cio Nº 836-2007-SG-MM, la Municipalidad Distrital de Mirafl ores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía Nº 339-ALC/MM, publicada en nuestra edición del día 7 de diciembre de 2007. DICE: Artículo Primero, numeral 6: 6. Señor Fernando Manuel Julio Ganoso Vargas, ex Director Municipal, respecto de los hechos imputados a dicho funcionario en las observaciones Nº 01, 02, 03 y 04. DEBE DECIR: Artículo Primero, numeral 6: 7. Señor Fernando Manuel Julio Gayoso Vargas, ex Director Municipal, respecto de los hechos imputados a dicho funcionario en las observaciones Nº 01, 02, 03 y 04. 142766-1