TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2007 360348 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre Plaguicidas RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 128-2007/INDECOPI-CRT Lima, 5 de diciembre de 2007CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modifi cado por el Decreto Legislativo 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el siguiente Comité Técnico de Normalización Permanente: Plaguicidas de uso agrícola, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el Comité Técnico de Normalización citado, presentó Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en la fecha indicada: Plaguicidas de uso agrícola, 6 PNTP, el 26 de diciembre del 2006. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 10 de marzo de 2007; Que, habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas en fecha 2007-05-08, éstas fueron revisadas y evaluadas en diversas reuniones por los miembros del Comité Técnico mencionado anteriormente durante los meses de mayo a noviembre del 2007. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas revisados fueron entregados a la Secretaría Técnica de la Comisión con fecha 2007-12-04, la que luego de la evaluación correspondiente, recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley 25868, el Decreto Legislativo 807 y la Resolución 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 5 de diciembre de 2007, RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes:NTP 319.237:2007 PLAGUICIDAS. Methamidophos grado técnico. Identifi cación y determinación de methamidophos. 1ª Edición NTP 319.245:2007 PLAGUICIDAS. Clorpirifos grado técnico. Identifi cación y determinación del contenido de ingrediente activo. 1ª Edición NTP 319.246:2007 PLAGUICIDAS. Clorpirifos grado técnico. Determinación del contenido de sulfotep. 1ª Edición NTP 319.247:2007 PLAGUICIDAS. Clorpirifos grado técnico. Determinación del material insoluble en acetona. 1a Edición NTP 319.248:2007 PLAGUICIDAS. Clorpirifos grado técnico. Requisitos. 1ª Edición NTP 319.252:2007 PLAGUICIDAS. Determinación del contenido de agua. Método Dean y Stark. 1ª Edición Regístrese y publíquese. Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz, Julio Paz Soldán Oblitas, Jorge Danós Ordóñez y Fabián Novak Talavera. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales 144054-1 Se precisa los alcances de la interpretación sobre fuero de atracción de créditos en procesos de disolución y liquidación regulado en los artículos 16.3 y 74 de la Ley General del Sistema Concursal TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCIÓN 2272-2007/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE 366-2006-03-03/CCO-INDECOPI PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DEL INDECOPI DEUDOR : NUEVO CONTINENTE S.A. EN LIQUIDACIÓN ACREEDOR : SGS SOCIETÉ GENÉRALE DE SURVEILLANCE S.A. MATERIA : DERECHO CONCURSAL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS FUERO DE ATRACCIÓN CRÉDITOS COMPRENDIDOS EN EL PROCEDIMIENTO COMPETENCIA DE LA COMISIÓN PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA ACTIVIDAD : TRANSPORTE REGULAR VÍA AEREA SUMILLA: De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Decreto Legislativo 807, se declara que la presente Resolución constituye Precedente de Observancia Obligatoria en la aplicación del siguiente principio: “De conformidad con lo dispuesto por los artículos 16 y 74 de la Ley General del Sistema Concursal, en los procedimientos de disolución y liquidación la Comisión resulta competente para reconocer los créditos devengados desde la fecha de publicación de la situación de concurso hasta la declaración judicial de quiebra del deudor, exceptuándose de este tratamiento a los honorarios del liquidador y a