TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2007 360341 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Convocan a magistrados del Distrito Judicial de Lima al Tercer Curso Taller en Materia Civil sobre “Desalojo: Regulación Jurídica en el Derecho Civil Peruano y Casos Jurisprudenciales” Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 321-2007-P-CSJL/PJ Lima, 18 de diciembre de 2007VISTO y CONSIDERANDO: Que, los integrantes de la Comisión de Capacitación en Materia Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, designados mediante Resolución Administrativa Nº 035-2007-P-CSJLI/PJ, de fecha ocho de enero del año en curso, solicitaron ante esta Presidencia gestionar la autorización del Tercer Curso – Taller sobre el tema: “Desalojo: Regulación Jurídica en el Derecho Civil Peruano y Casos Jurisprudenciales”; Que mediante Ofi cio Nº 7520-2007-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial hace de conocimiento a este Despacho que en Sesión de Consejo, de fecha once de diciembre del año en curso, acordó autorizar la realización del Curso Taller antes referido. Que, uno de los objetivos trazados por esta Presidencia es contribuir a la capacitación integral de los Magistrados y Personal Jurisdiccional, por lo que considera que la realización del presente Curso - Taller permitirá a los participantes intercambiar ideas y puntos de vista que coadyuvará a su desarrollo personal. Por lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el artículo 90º inciso 3) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- COVOCAR a los Jueces de Paz Letrados, Especializados y Mixtos, así como Vocales Superiores y Personal Jurisdiccional del Distrito Judicial de Lima al evento académico denominado: Tercer Curso – Taller en Materia Civil sobre el tema: “DESALOJO: REGULACIÓN JURÍDICA EN EL DERECHO CIVIL PERUANO Y CASOS JURISPRUDENCIALES” a llevarse a cabo, el 20 de diciembre del presente año, de 5:00 p.m. a 7:30 p.m., en el Teatro “Felipe Pardo y Aliaga”, contando con la exposición del Dr. Martín Mejorada Chauca. Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Protocolo brinde las facilidades necesarias para la realización del evento así como su colaboración a los integrantes de la comisión organizadora. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Protocolo, Ofi cina de Personal y a la Presidenta de la Comisión de Capacitación en Materia Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 144533-1ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 1002-2007-JNAC/RENIEC Lima, 12 de diciembre de 2007.VISTOS: El Ofi cio Nº 3357-2007/GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 1412-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nºs. 1980, 2499, 1660, 1670, 1149, 0982, 0962, 2289, 1717, 1100, 1146, 1144, 1709, 1615, 1162, 1682, 2412, 2309, 1280 y 1235/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; dichas inscripciones son las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 4047 43956512 432-2007/SGDI Alejandro Montes Valvin 21011772 1841 42568763 225-2007/SGDI Alexander Calsina Quispe 803841821028 40418656 169-2007/SGDI Jessica Angélica Zúñiga Flores 038785841024 40380515 169-2007/SGDI Luis Eduardo Salazar Castañeda 32979947 407-MIG 42691607 51-2007/SGEDI Jessica Cecilia Lihen Paredes 16781712388-MIG 40421809 51-2007/SGEDI Edgard Domingo Luciano Barbosa 17937330314-MIG 43257140 048-2007/SGDI Jaime Henna Sakihama 07508125 0803 10160797 160-2007/SGDI Yolanda Milagros Sarmiento Yanac 096098231395 40149330 235-2007/SGDI Liliana Encarnación Ramírez Mejía 15622432 520-MIG 43773518 073-2007/SGDI Luz Emperatriz Vásquez Miranda 18822285131-MIG 40486393 009-2007/SGDI Miguel Jesús Zavala Bocanegra 32851734473-MIG 15850943 069-2007/SGDI Hedy Teresa Valcárcel Verano 15657175 2462 40453423 287-2007/SGDI Francisco Fortunato Julca Mallqui 157078841025 40144372 169-2007/SGDI Mariella Beatriz González Robles 400424490919 04650574 171-2007/SGDI Félix Marcelino De La Cruz Valenzuela04648788 1042 40485193 169-2007/SGDI Luis José Cabanillas Goicochea 16523551 0905 44717061 165-2007/SGDI Hamed Fasabi Sajami 805649361086 42693895 232-2007/SGDI José Oswaldo Ponce Contreras 17911736 456-MIG 42771489 079-2007/SGDI Armando Cruz Candelario 10386144 0567 43250211 085-2007/SGDI Cesy Analy Palacios Rodríguez 40879101 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron definitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, se presume que habrían cometido el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipificado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica;