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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2007 360344 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Confi anza la apertura de una Agencia, ubicada en Av. Revolución cuadra 19, Manzana H, Lote Nº 12 en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Bancay Microfi nanzas (e) 144042-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1805-2007 Lima, 10 de diciembre de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la EDPYME Confi anza para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Agencia ubicada en Av. Alfredo Mendiola Mza. F, Lote Nº 25 en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifi can la apertura de la Agencia, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “C” mediante Informe Nº 270-2007-DEM“C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME 0118-2005 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005, y por Resolución Nº 1162-2007 del 16 de agosto de 2007; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Confi anza la apertura de una Agencia, ubicada en Av. Alfredo Mendiola Mza. F, Lote Nº 25 en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Bancay Microfi nanzas (e) 144040-1 Opinan favorablemente para que el Banco de Crédito del Perú realice emisión de bonos corporativos denominados “Bonos Corporativos BCP” RESOLUCIÓN SBS Nº 1841-2007 Lima, 12 de diciembre de 2007EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se opine favorablemente sobre la emisión de Bonos Corporativos denominados “Bonos Corporativos BCP” a través del Segundo Programa de Bonos Corporativos del Banco de Crédito del Perú hasta por un monto de USD 200 000 000,00 (Doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refiere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos fi nancieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, la Junta General de Accionistas del Banco de Crédito del Perú, en sesiones celebradas el 31 de marzo de 2005, 31 de marzo de 2006 y 30 de marzo de 2007, aprobó delegar al Directorio y Comité Ejecutivo amplias facultades para acordar la emisión de Instrumentos Representativos de Deuda por un monto de USD 400 000 000,00 (cuatrocientos millones y 00/100 dólares americanos) en conjunto, en moneda extranjera o su equivalente en moneda nacional. Asimismo, las mencionadas Juntas Generales facultaron al Directorio y/o al Comité Ejecutivo del Banco, de manera expresa y en la forma más amplia que permitan las leyes aplicables y el Estatuto Social, para que determinen los términos, características y condiciones de las emisiones que se efectúen dentro del marco del Programa de Emisión de Instrumentos Representativos de Deuda antes mencionado; Que, en la Sesión de Directorio del Banco de Crédito del Perú, celebrada el 21 de noviembre de 2007, se aprobó el Segundo Programa de Emisión de Bonos Corporativos Banco de Crédito del Perú por un monto de USD 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “A”, el Departamento de Riesgos de Mercado y Liquidez y el Departamento Legal; y, con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modifi catorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco de Crédito del Perú realice la emisión de Bonos Corporativos denominados “Bonos Corporativos BCP” a través del Segundo Programa de Bonos Corporativos del Banco de Crédito del Perú, hasta por un monto de USD 200 000 000,00 (Doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional, debiéndose adecuar a la Ley del Mercado de Valores. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas deFondos de Pensiones 144126-1