Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 165

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360563

Que, el articulo 45º inciso b) numeral 2, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modificada por Ley 27902, establece entre las funciones generales de los Gobiernos Regionales, planeamiento, diseno de politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralizacion; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, establece en su articulo 11º-B, incorporado por la MORDAZA modificatoria indicada, que los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva, concertado entre si, sobre, inciso a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; b) el Plan de Desarrollo Regional Concertado; y c) la vision general y los lineamientos estrategicos de los programas componentes del Plan de Desarrollo Regional Concertado; Que, en el articulo 15º inciso b) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria con Ley Nº 27902, establece como atribucion del Consejo Regional, aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones, ROF del Gobierno Regional Puno; establece que es funcion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, conducir y supervisar los procesos de formulacion y evaluacion del Plan de Desarrollo Regional Concertado, elaborar el Plan de Desarrollo Regional Concertado para aprobacion del Consejo Regional; Que, asi mismo para la operatividad de la propuesta es necesario la conformacion de la Comision Encargada de Evaluar el Plan de Desarrollo Regional Concertado 20032006 y formular el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Largo Plazo 2007- 2021 y de Mediano Plazo 2007 ­ 2010; Que, es necesario como Politica Institucional, considerar en la formulacion del referido Plan, documentos orientadores del MORDAZA como son: Los Objetivos del Milenio (ONU), Acuerdo Nacional y documentos de prospeccion regional y planes existentes a nivel regional y local; En uso de las atribuciones conferidas por Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; ORDENA: Articulo Primero.- Evaluar el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2003-2006. Articulo Segundo.- Formular el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo de la Region MORDAZA, PDRC 2007-2010 y 2007-2021, respectivamente. Articulo Tercero.- Encargar, a la Gerencia General Regional, la implementacion de lo aprobado en el Articulo 1º de la presente Ordenanza Regional, de conformidad a la normatividad vigente. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia, al dia siguiente de su publicacion el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Dispensar la presente Ordenanza del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los quince dias del mes de junio de dos mil siete. POR TANTO: MORDAZA BALDARRAGO ABARCA. Consejero Delegado del Consejo Regional Puno. Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional MORDAZA a los veintiun dias del mes de junio de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUZMAN. Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 124905-1

Formalizan la convocatoria al MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional MORDAZA para el Ano Fiscal 2008
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada el dia 14 de junio de 2007, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los articulos 197º, 198º,199º de la Constitucion Politica del Estado, establecen que los Gobiernos Regionales, formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuentas de su ejecucion, anualmente. Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion en su capitulo IV de Participacion Ciudadana, articulo 17º numeral 17.1 y 17.2 establece que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate, concertacion de los planes de desarrollo y presupuestos en la gestion publica. Que, en el Capitulo V Planes de Desarrollo y Presupuestos, articulos 18º, 19º, y 20º numerales 20.1 y 20.2 de la ley mencionada, establece que los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, se formulan y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados. Que, en la Ley Nº 26300 - Ley de Derechos de Participacion y Control Ciudadano, en su Art. 2º Derechos de Participacion de los Ciudadanos, se establecen los mecanismos de participacion ciudadana en el ambito de los Gobiernos Regionales y Locales y en el Art. 3º de Derechos de Control Ciudadanos. Que, el Ministerio de Economia y Finanzas en el contexto de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Nº 28056, su reglamento del D.S. Nº 171-2003-EF e Instructivo Nº 001-2007-EF/76.1 aprobado mediante R.D. Nº 008-2007-EF/76.1, establecen lineamientos precisos para orientar el desarrollo articulado del MORDAZA participativo con un horizonte de mediano plazo, el cual capitalice las experiencias de los anteriores procesos, recoge los numerosos comentarios y sugerencias recibidas de instituciones del Sector Publico, la Sociedad Civil, el Sector Privado y los ciudadanos interesados en general. Que, la Ley Nº 28056 - Ley de MORDAZA Presupuesto Participativo y su Reglamento, el D.S. Nº 171-2003EF, indica que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos y que mediante ordenanza dispondran las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de los agentes Participantes en el MORDAZA, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil. En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias; ORDENA: Articulo Primero.- FORMALIZAR LACONVOCATORIA al MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional MORDAZA para el Ano Fiscal 2008. Articulo Segundo.- APROBAR el Plan de Trabajo, asi como el Cronograma respectivo, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA de Identificacion y Acreditacion de los Agentes

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