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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 162

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360560 Conceden licencia por vacaciones al Presidente del Gobierno Regional de Lima y encargan sus funciones al Vicepresidente Regional ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 127-2007-CR/GRL Huacho, 5 de diciembre de 2007VISTO: el pedido del Presidente Regional del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, quien solicita ausentarse del país por razones estrictamente personales y familiares, por lo que a cuenta de vacaciones solicita la autorización para ausentarse entre el 24 de diciembre de 2007 al 8 de enero de 2008; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, el Presidente Regional del Gobierno Regional de Lima, con carta de fecha 3 de diciembre del año en curso, permiso para ausentarse del país por razones estrictamente personales, por lo que requiere uso de la licencia a cuenta de vacaciones por el período comprendido desde el 24 de diciembre de 2007 al 8 de enero del 2008, por lo que solicita se dicte el Acuerdo de Consejo autorizando la mencionada licencia; Que, mediante Informe Nº 738-2007-GRL/ORH, el Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos, doctor Gerardo Carhuatanta Vera, opina por la procedencia del pedido del Presidente Regional, de concederle licencia a cuenta de vacaciones, teniendo en consideración que tiene a la fecha más de 210 días de labor efectiva, durante el presente año; Que, en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 5 de diciembre de 2007, en la ciudad de Huacho, se dio cuenta del pedido del Presidente Regional del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, quien solicita ausentarse del país por razones estrictamente personales y familiares, por lo que a cuenta de vacaciones solicita la autorización para ausentarse entre el 24 de diciembre de 2007 al 8 de enero de 2008, habiendo recibido el informe del Jefe de Personal del Gobierno Regional de Lima y luego del debate entre los Consejeros y Consejeras concurrente a la sesión y con el voto unánime de sus integrantes, se acordó; y, En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Artículo Primero.- CONCEDER al Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Oswaldo Chui Mejía, licencia a cuenta de vacaciones, entre el período comprendido del 24 de diciembre de 2007, al 8 de enero del 2008, debiendo asumir las funciones de Presidente Regional el Vicepresidente Regional, doctor Luis Custodio Calderón, de conformidad con el artículo 23º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano, un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 145021-5Priorizan ejecución de proyectos de mejoramiento y equipamiento de instituciones educativas y del Centro de Salud Canta Microrred de la Provincia de Canta ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 128-2007-CR/GRL Huacho, 5 de diciembre de 2007.VISTOS: la Carta Nº 028-2007-GRL/SG del Secretario General del Gobierno Regional de Lima, quien por encargo del Presidente del Gobierno Regional de Lima, solicita se priorice los proyectos de inversión a ejecutarse en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, dentro de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 015-2007; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 015-2007, se declara en emergencia los proyectos de inversión pública en el ámbito regional y local, en materia de rehabilitación y mejoramiento de carreteras; infraestructura y equipamiento de escuelas; telecomunicación rural; saneamiento; infraestructura y equipamiento de establecimientos de salud; electrifi cación rural; así como pequeñas y medianas infraestructura de riego, estableciendo disposiciones para permitir que la formulación, evaluación, adjudicación y ejecución de dichos proyectos se realice con efi ciencia, transparencia, celeridad y calidad de gasto; Que, en su Artículo 2º, el Decreto de Urgencia Nº 015- 2007 se establece que para que los proyectos enmarcados en las materias señalados en el párrafo anterior se ejecuten dentro de sus alcances deben ser priorizados por Acuerdo de Consejo Regional; Que, en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 05 de diciembre de 2007, en la ciudad de Huacho, ante la Carta del Secretario General del Gobierno Regional de Lima, quien por encargo del Presidente del Gobierno Regional de Lima, solicita se priorice los proyectos de inversión a ejecutarse en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, dentro de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 015-2007, por lo que luego del informe del Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondionamiento Territorial Economista Luis Aguilar Ramos, y del debate entre los miembros del Consejo Regional y con el voto en unánime de los concurrentes a la sesión de Consejo; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Artículo Primero.- PRIORIZAR la ejecución de los proyectos:  Mejoramiento y Equipamiento de la Institución Educativa de Niños con Discapacidad en los Distritos de Imperial y San Vicente, ubicados en la provincia de Cañete.  La ejecución de la Obra Mejoramiento del Centro de salud Canta Microrred de la Provincia de Canta. Artículo Segundo.- DISPONER la remisión del presente Acuerdo a los Sectores del Gobierno Nacional correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 015-2007. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo de Consejo se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo se dispone su publicación en un Diario de Circulación