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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 163

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360561 Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 145021-6 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Institucionalizan el cumplimiento de la puntualidad “la hora es la hora” en todo acto público (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Puno, mediante Ofi cio N° 132-2007-G.R. PUNO/OCGR, recibido el 20 de diciembre de 2007) ORDENANZA REGIONAL N° 006-2007 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de abril del 2007, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional, siguiente: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado, considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 192 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales son competentes entre otros, para dictar normas inherentes a la gestión regional, así como para promover y regular actividades y/o servicios en materia, entre otros, de educación conforme a ley. Que, el Art. 37º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27868, establece que corresponde a los Gobiernos Regionales a través de sus órganos de gobierno dictar las normas y disposiciones para una adecuada administración de las responsabilidades a su cargo, como son Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. Que, dentro de la educación se encuentra la formación de los valores, los mismos que son complementarios de los derechos que tienen los ciudadanos, así como el deber de respetar a las demás personas y ser respetados, en tal consideración estando en el Año del Deber Ciudadano se hace indispensable emprender la campaña de Respetos Guardan Respetos, es decir respetar la Hora sin Demora, buscando la puntualidad. Que, por acuerdo de la sociedad civil se realiza la Declaración del Foro del Acuerdo Nacional con ocasión del Año del Deber Ciudadano en el que se manifi esta un compromiso de observar la puntualidad como una virtud cívica y en la que debemos aunar esfuerzos para lograr el cumplimiento de la hora es la hora. En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modifi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional. ORDENA: Artículo Primero.- Institucionalizar el cumplimiento de la puntualidad “la hora es la hora” en todo acto público como cumplimiento del Deber Ciudadano, buscando emprender un camino común para tener una sociedad mejor, basada en el respeto.Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Disponer que todas las instancias y dependencias del Gobierno Regional de Puno; así como las entidades y organismos del ámbito de la Región Puno el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- Dispensar, la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Puno, para su promulgación. En Puno, a los siete días del mes de mayo de dos mil siete. CARLOS BALDÁRRAGO ABARCA Consejero Delegado del Consejo Regional de Puno POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional de Puno a los diez días del mes de mayo de dos mil siete. PABLO HERNÁN FUENTES GUZMÁN Presidente del Gobierno Regional de Puno 124903-1 Aprueban texto completo del “Proyecto Educativo Regional de Puno al 2015” ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2007 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, en Sesión Ordinaria celebrada el día 14 de Junio del 2007, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado, considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el Art. 6º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias “El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, conforme a lo establecido la Ley Nº 27867, en el Art. 47º, literal a) “Formular Aprobar, ejecutar y administrar las políticas regionales de educación...de la Región y en el literal b) de la acotada Ley Orgánica, en relación a sus funciones específi cas en materia de Educación, los Gobiernos Regionales implementan “Políticas de Desarrollo Regional”; en ese sentido, deben diseñar, ejecutar y evaluar el “Proyecto Educativo Regional”, (…) en concordancia con la política Educativa Nacional; Que, es competencia de los Gobiernos Regionales en materia de Educación, gestionar los servicios educativos de inicial, primario, secundario y superior no universitario, orientados a potenciar la formación para el desarrollo de sus habitantes; Que, el Proyecto Educativo Regional de Puno al 2015, es un instrumento de promoción y gestión del desarrollo regional integral, sostenible y consensuado, en el que