Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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funciones coordinando con los respectivos niveles de gobierno. Son funciones de la administracion interna las relacionadas con actividades tales como planeamiento, presupuesto, contabilidad, organizacion, recursos humanos, sistemas de informacion y comunicacion, asesoria juridica, gestion financiera, gestion de medios materiales y servicios auxiliares, entre otras. Los reglamentos especifican las caracteristicas de cada funcion, su responsable y la proporcion de recursos humanos asignados. Las funciones de administracion interna se ejercen en apoyo al cumplimiento de las funciones sustantivas. Estan referidas a la utilizacion eficiente de los medios y recursos materiales, economicos y humanos que MORDAZA asignados. Todas las entidades del Poder Ejecutivo deben contar con documentos de gestion que cumplan estos criterios. Capitulo II Competencias del Poder Ejecutivo

Los Ministerios y Entidades Publicas del Poder Ejecutivo ejercen sus competencias exclusivas en todo el territorio nacional con arreglo a sus atribuciones y segun lo disponga su normatividad especifica y estan sujetos a la politica nacional y sectorial. Toda funcion, actividad, competencia, proyecto, empresa o activo que no hubiera sido asignado expresamente a otros niveles de gobierno corresponde al Poder Ejecutivo. Articulo 5º.- Competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales El ejercicio de las competencias compartidas del Poder Ejecutivo con los gobiernos regionales y los gobiernos locales esta regido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la Ley Organica de Municipalidades, asi como por las Leyes de Organizacion y Funciones de los Ministerios y las entidades que componen el Poder Ejecutivo, segun corresponda. La transferencia de competencias, recursos y funciones de las entidades del Poder Ejecutivo a los gobiernos regionales y locales se realiza de acuerdo con lo dispuesto por las normas de descentralizacion, precisando la responsabilidad de cada nivel de gobierno en cada materia, las formas de coordinacion correspondientes, asi como, el redimensionamiento de funciones y responsabilidades de aquellas entidades. Articulo 6º.- Funciones del Poder Ejecutivo El Poder Ejecutivo ejerce las siguientes funciones: 1. 2. 3. Reglamentar las leyes, evaluar su aplicacion y supervisar su cumplimiento. Planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en conformidad con las politicas de Estado. Establecer relaciones, buscar el consenso, prestar asistencia tecnica y desarrollar mecanismos de cooperacion con todas las entidades de la administracion publica. Implementar la coordinacion con los gobiernos regionales y gobiernos locales, con enfasis en las competencias compartidas. Otras funciones que le asignen las leyes. TITULO II PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Capitulo I Presidente de la Republica Articulo 7º.- Presidente de la Republica El Presidente de la Republica es el Jefe del Estado, Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, personifica a la Nacion, y dirige y aprueba la politica general del Gobierno en su calidad de Jefe del Poder Ejecutivo. Sus demas atribuciones y funciones estan establecidas en la Constitucion Politica del Peru y la ley. Articulo 8º.- Funciones del Presidente de la Republica Corresponde al Presidente de la Republica, el ejercicio de las siguientes funciones: 1. a) b) c) d) En su calidad de Jefe de Estado: Cumplir y hacer cumplir la Constitucion Politica del Peru, los tratados, leyes y demas disposiciones legales. Representar al Estado, dentro y fuera de la Republica. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la Republica. Convocar a elecciones para Presidente de la Republica, representantes al Congreso, Presidentes y Consejeros Regionales, asi como para Alcaldes y Regidores, y demas funcionarios que senala la ley. Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y firmar, en ese caso,

Articulo 4º.- Competencias exclusivas del Poder Ejecutivo El Poder Ejecutivo tiene las siguientes competencias exclusivas: 1. Disenar y supervisar politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno. Las politicas nacionales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las politicas publicas, los estandares nacionales de cumplimiento y la provision de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades publicas y privadas. Las politicas nacionales conforman la politica general de gobierno. Politica sectorial es el subconjunto de politicas nacionales que afecta una actividad economica y social especifica publica o privada. Las politicas nacionales y sectoriales consideran los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, concordando con el caracter unitario y descentralizado del gobierno de la Republica. Para su formulacion el Poder Ejecutivo establece mecanismos de coordinacion con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades, segun requiera o corresponda a la naturaleza de cada politica. El cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales del Estado es de responsabilidad de las autoridades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales. Las politicas nacionales y sectoriales se aprueban por decreto supremo, con el MORDAZA del Consejo de Ministros. Ejercer, pudiendo desconcentrar pero no delegar, las funciones y atribuciones inherentes a: a. Relaciones Exteriores; b. Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas; c. Justicia, con excepcion de la Administracion de Justicia; d. Orden Interno, Policia Nacional del Peru y de Fronteras; e. Administracion Tributaria de alcance nacional y endeudamiento publico nacional; f. Regimen de Comercio y Aranceles; g. Regulacion de la MORDAZA Mercante y Aviacion Comercial; h. Regulacion de los Servicios Publicos de su responsabilidad; i. Regulacion de la infraestructura publica de caracter y alcance nacional; j. Otras que le senale la ley conforme a la Constitucion Politica del Peru.

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