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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (23/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de diciembre de 2007 360910 Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Ministerial Nº 224-93-MTC/15.17, en consecuencia, vencerá el 08 de junio de 2008. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación, que deberá contener las condiciones esenciales y características técnicas autorizadas. Artículo 3°.- La COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIÓN S.A. está obligada a trasladar la planta de transmisión de la estación fuera del perímetro urbano en un plazo máximo de siete (7) años, computados a partir del 01 de julio de 2005, de acuerdo con lo señalado en la Sétima Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión. Artículo 4º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 5º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente Regístrese, comuníquese y publíquese,CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 146194-1 Modifican conformación del Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas a que se refiere la R.VM. N° 074-2007-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 1081-2007-MTC/03 Lima, 21 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, el artículo 42º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que los concursos públicos para el otorgamiento de autorizaciones se realizan bajo la conducción de un Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas conformado por cinco (5) miembros, el mismo que se encargará de la preparación de las Bases y conducción del Concurso hasta que la Buena Pro quede consentida y fi rme administrativamente. Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 074-2007- MTC/03 se designó al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tiene a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen en el año 2007; Que, mediante memorando Nº 545-2007-MTC/26, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones propone la actualización del Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tiene a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen en el año 2007, correspondiendo por tanto su designación; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 074-2007-MTC/03, por el siguiente texto:“Artículo 1º.- Designar al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, que se convoquen en el año 2007, el cual estará integrado por las siguientes personas: - Carlos Valdez Velásquez-López. Presidente - Carla Paola Sosa Vela, Miembro- María Roxana Carreño Aranda, Miembro- Edgar Raúl Aparicio Zavaleta, Miembro- Adolfo Valenzuela Atanacio, Miembro Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Autorizaciones de Telecomunicaciones y a los miembros del Comité a que hace referencia el artículo precedente.. Regístrese, comuníquese y publíqueseCAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 146250-1 Disponen inscripción definitiva de AFOCAT TRA en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 15926-2007-MTC/15 Lima, 14 de diciembre de 2007 VISTO:El expediente, con registros Nºs. 028730, 053836, 058057, 093239, 096065, 097369, 097920, 099366, 099849 y 110562, presentado por ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DE TRANSPORTISTAS DE LA REGION AREQUIPA “AFOCAT TRA” con la documentación requerida en el artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28839, se modifi có entre otros el artículo 30º de la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, a efectos de incluir, como alternativa a la contratación del SOAT, el Certifi cado de Accidentes de Tránsito – CAT, emitido por las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito - AFOCAT, destinados exclusivamente para vehículos de transporte urbano e interurbano regular de personas que presten servicios al interior de la región o provincia, incluyendo el servicio de transporte especial de personas en taxis y mototaxis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 012-2007-MTC y 025-2007-MTC, se aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. Que con fecha 6 de agosto de 2007 se emitió la Resolución Directoral Nº 12361-2007-MTC/15 por la que ASOCIACION FONDO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO DE TRANSPORTISTAS DE LA REGION AREQUIPA “AFOCAT TRA” fue inscrita provisionalmente en el Registro AFOCAT del MTC, al haber cumplido con el depósito del 30% del Fondo Mínimo y haber celebrado el contrato de fi deicomiso, conforme lo establece el Reglamento. Que con la presentación del expediente con registros Nºs. 028730, 053836, 058057, 093239, 096065, 097369, 097920, 099366, 099849 y 110562, ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Artículo 24º del Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad