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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (12/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de febrero de 2007 339552 CONSIDERANDO: Que, con el Informe Nº 2831-2006/SGREC/GO/RENIEC se ha establecido que ante el Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pilcuyo, Provincia de El Collao, Departamento de Puno, se presentó el ciudadano VICTOR PACCO JILAJA, titular de la Inscripción Nº 01799545, a inscribir el nacimiento de su hija a quien registró como NANCY PACCO MAMANI, ocurrido el 17 de noviembre de 1982, consignando como madre de la titular a GREGORIA MAMANI CCALLI y registrándose dicho hecho vital en el Acta Nº 785 del Libro Principal de Nacimientos; Que, posteriormente a esta inscripción y como consecuencia de un proceso de inscripción administrativa de nacimiento, al amparo de la Ley Nº 26497, ante la O fi cina Registral que funciona en la Municipalidad Centro Poblado Villachipana, Pilcuyo, Provincia de El Collao, Departamento de Puno, los ciudadanos VICTOR PACCO MAMANI y GREGORIA MAMANI DE PACCO, solicitaron e inscribieron el mismo hecho vital, generándose el Acta Nº 63586178 del Libro de Nacimientos del año 2005, pero esta vez consignando como nombre de la ciudadana el de NANCY INES PACCO MAMANI, y como fecha de nacimiento el 17 de noviembre de 1985, contando con la participación de la ciudadana NANCY PACCO MAMANI, quien prestó su consentimiento mediante declaración jurada presentada a dicha o fi cina registral de fecha 09 de mayo del 2005, no obstante que para esa fecha dicha ciudadana ya había obtenido el Documento Nacional de Identidad Nº 41684844, sustentando su propuesta con su partida de nacimiento inscrita en forma ordinaria; Que, de los hechos descritos se establece que los ciudadanos VICTOR PACCO MAMANI, GREGORIA MAMANI DE PACCO y NANCY PACCO MAMANI, han recurrido al Registro de Estado Civil a fi n de iniciar un proceso administrativo extemporáneo de inscripción de nacimiento, no obstante tener inscrito en forma ordinaria el nacimiento de NANCY PACCO MAMANI, aportando datos falsos con respecto a la fecha de nacimiento y agregando un segundo prenombre, con lo que se establece que los padres tramitaron en forma irregular una nueva inscripción de partida de nacimiento en vía administrativa, lo cual era incompatible; toda vez que, dicho proceso esta orientado para aquellos casos de personas que no cuentan con inscripción registral civil en ninguna O fi cina de Registro Civil del país, generando con ello duplicidad de inscripción registral, respecto de una misma persona, vulnerando así la intangibilidad del Registro de Estado Civil, lo que conlleva a la cancelación del Acta Nº 63586178 del Libro de Nacimientos del año 2005 de la O fi cina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Centro Poblado Villachipana, Pilcuyo, Provincia de El Collao, Departamento de Puno, por tratarse de una doble inscripción con aporte de datos falsos contando con la participación de la ciudadana NANCY PACCO MAMANI; Que, el comportamiento descrito se encuentra tipifi cado como delito contra contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el artículo 428º del Código Penal; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 26497, así como a lo dispuesto en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra VICTOR PACCO MAMANI, GREGORIA MAMANI DE PACCO y NANCY PACCO MAMANI por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado por el artículo 428º del Código Penal en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 25990-6ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Designan representantes de la ONP ante Comisión Multisectorial encargada de implementar, ejecutar y evaluar el “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2006-2010” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 014-2007-JEFATURA/ONP Lima, 31 de enero de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modi fi cado por la Ley Nº 26323, se crea la O fi cina de Normalización Previsional - ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, y de fi nida como un Organismo Público Descentralizado del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se re fi ere el Decreto Ley Nº 19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846; y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002- PROMUDEH se aprobó el “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006”, documento que constituye la política social del Estado Peruano durante el citado quinquenio, de la generación de condiciones óptimas para el desarrollo social de la población adulta mayor; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 332-2003- PCM se constituyó una Comisión Multisectorial encargada de la implementación, ejecución, seguimiento y evaluación del “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006”; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 149-2003- JF/ONP se nombró a los representantes (miembro titular y alterno) de la ONP ante la referida Comisión Multisectorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2006- MIMDES se aprobó el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2006-2010, sobre la base de la revisión y reformulación del Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006, tareas que estuvieron a cargo de la Comisión Multisectorial constituida por la mencionada Resolución Ministerial Nº 332-2003-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2007- PCM se rede fi nen las labores que desarrollará la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Ministerial Nº 332-2003-PCM, asimismo se modi fi ca su conformación y se amplía el plazo de funcionamiento; Que, el artículo 6º de la Resolución Ministerial Nº 332- 2003-PCM modificada por la Res olución Ministerial Nº 031-2007-PCM dispone que los integrantes titular y alterno de la Comisión Multisectorial serán designados mediante Resolución del Titular del Sector o Entidad correspondiente, por lo que resulta necesario designar a los integrantes en representación de la ONP; De conformidad con la Resolución Ministerial Nº 332- 2003-PCM modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 031- 2007-PCM, la Ley Nº 28532, el Decreto Supremo Nº 118- 2006-EF y en mérito a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 075-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Nº 149-2003-JF/ONP de fecha 17 de noviembre de 2003. Artículo Segundo.- Designar como representantes de la Ofi cina de Normalización Previsional, para conformar la Comisión Multisectorial encargada de la implementación, ejecución, seguimiento y evaluación del “Plan Nacional