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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (20/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de febrero de 2007 Segunda.- La atención de casos y obras sociales estará supervisada por un comité integrado por el Gerente de Administración y Finanzas quien lo preside e integrado para Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano . Tercera.- El Comité encargado de supervisar la atención de casos y obras sociales emitirá un informe mensual al regidor Presidente de la Comisión de Servicios Social, Cultural y Deportes para hacer de conocimiento al Pleno del Concejo Municipal. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y Sub Gerencia de Servicio Social el cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO Mando se publique y cumpla. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 28704-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Cuadro Tarifario del Colegio “Micaela Bastidas de Condorcanqui” ORDENANZA Nº 175-MDL Lince, 14 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo que establece el artículo 194º de la Constitución Política en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º , inciso 4) de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de Ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a los considerandos referidos, la presente Ordenanza que aprueba el Cuadro Tarifario del Colegio Municipal I.E MICAELA BASTIDAS DE CONDORCANQUI, cuenta con la conformidad de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, al haberla previamente evaluado, expresando debidamente su fundamentos mediante Dictamen Nº 001-2007-MDL/ CECD de fecha 1 de febrero de 2007; Que, siendo así, con el objeto de procurar cubrir el pago de personal docente cali fi cado y administrativo, atender debida y oportunamente los gastos operativos, mejorar las instalaciones, mobiliario y material educativo del Plantel, es conveniente se apruebe un nuevo Cuadro Tarifario del Colegio Municipal I.E MICAELA BASTIDAS DE CONDORCANQUI, tal como señala la Jefatura de Educación y Cultura y la Gerencia de Servicios Sociales mediante Informes Nº 013-2007-JEC-GSS-MDL de fecha 24 de enero de 2007 y Nº 006-2007-MDL/GSS y Nº 013- 2007-JEC-GSS-MDL de fecha 29 de enero de 2007, respectivamente; En uso de las facultades establecidas en el artículo 9º numeral 8) y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de Aprobación del Acta el Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO TARIFARIO DEL COLEGIO I.E MICAELA BASTIDAS DE CONDORCANQUI Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro Tarifario del Colegio I.E Micaela Bastidas de Condorcanqui. COLEGIO “MICAELA BASTIDAS DE CONDORCANQUI” CUADRO TARIFARIO Nº CONCEPTOMONTO S/. 4.031 Pago por derecho de Matrícula (Anual por alumno) 50.00 4.035 Gastos Administrativos 10.00 4.032 Pago por Pensión Mensual de enseñanza 4,032,1 Nivel Inicial 90.00 4,032,2 Nivel Primaria 95.00 4,032,3 Nivel Secundaria 100.00 4.033 Examen de Subsanación o de cargo por curso 10.00 4.034 Inscripción y evaluación de alumnos nuevos 20.00 4.036 Certifi cados de Estudio: 4,036,1 Nivel Secundaria (Por certi fi cado) 15.00 4,036,2 Nivel Primaria (Por certi fi cado) 8.00 Constancia de no adeudar 2.00 Cuaderno de Control y/o Agenda 5.00 4.026 Alquiler de Auditorio Colegio Micaela Bastidas (con sillas) 4,026,1 Colegios Particulares (por hora) 30.00 4,026,2 Colegios Estatales (por hora) 10.00 4,026,3 Otras instituciones (por hora) 30.00 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios Sociales el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda norma municipal que se oponga a la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 28611-1 Aprueban Cronograma del Proceso de Elecciones de Juntas Vecinales DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2007-ALC-MDL Lince, 19 de febrero de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTO: El Informe N° 009-2007-MDL/GSS de fecha 2 de febrero del 2007, elaborado por la Gerencia de Servicios Sociales, sobre la aprobación del Cronograma del Proceso de Elecciones de Juntas Vecinales en el distrito de Lince; CONSIDERANDO: Que, es política de la actual gestión municipal promover la participación vecinal amplia y representativa dentro de la jurisdicción; Que, siguiendo esta política, mediante Ordenanza N°173-MDL de fecha 14 de febrero de 2007, se aprueba el Reglamento de Elecciones de las Juntas Vecinales del distrito de Lince y es publicada en el Diario O fi cial EL PERUANO el 17 de febrero del año en curso; Que, en la Cuarta Disposición fi nal de la Ordenanza N°173-MDL de fecha 14 de febrero de 2007, se autoriza al Alcalde para que dicte las normas reglamentarias y complementarias para la adecuada ejecución de lo dispuesto en el citado dispositivo municipal; 340102