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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2007 348616 ANEXO 2 SOLICITUD PARA CAMBIO DE BENEFICIO La siguiente información tiene carácter de declaración jurada y debe ser llenada completamente. Srs. MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO: Por la presente, yo ..................................................................... (nombres y apellidos) identi fi cado con DNI Nº ......................, de ....... años de edad, con domicilio en:............................................................................., con teléfono Nº .....................y correo electrónico (de tener) .......................................... me presento y digo: Que, estando inscrito en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente y habiendo optado por el bene fi cio de Reincorporación y reubicación laboral (por veri fi car) me desisto del mismo y SOLICITO CAMBIO DE BENEFICIO A LA JUBILACIÓN ADELANTADA, DE ACUERDO A LA TERCERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL DE LA LEY Nº 29059. Para tal efecto cumplo con presentar copias de documentos que acreditan mis 20 años mínimos de aporte al Régimen Pensionario del Decreto Ley Nº 19990: RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO ( ) RESOLUCIÓN DE CESE ( )RESOLUCIONES DE INGRESO Y CESE DE OTROS EMPLEADORES ( )OTROS (ESPECIFICAR) ( ) ........................................ ........................................ .......................................... Afi n de acogerme al cambio de bene fi cio DECLARO que a la fecha de presentación de la presente solicitud no tengo PROCESOS JUDICIALES, ni PROCESOS ADMINISTRATIVOS (Jubilación Adelantada) en trámite. En el caso de tener un PROCESO JUDICIAL y/o PROCESO ADMINISTRATIVO en trámite, adjunto o me comprometo en adjuntar, mi ESCRITO DE DESISTIMIENTO al proceso antes mencionado y la RESOLUCIÓN correspondiente(*)(**). *CUARTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA, LEY Nº 27803 Se encuentran comprendidos en la presente ley los ceses irregulares de aquellos ex trabajadores que tuvieran procesos judiciales en trámite, siempre que se desistan de la pretensión ante el órgano judicial. **La presentación de los documentos referidos al desistimiento debe realizarse a la brevedad, caso contrario no se procederá al cambio de bene fi cio correspondiente. HUELLA DIGITAL FIRMA NOTA: Esta solicitud puede ser presentada hasta el 27de julio de 2007 81694-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan concesión a HHBB Televisión S.A.C. para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2007 MTC/03 Lima, 2 de julio de 2007VISTA, la solicitud con expediente Nº 2007-003394 presentada por la empresa HHBB TELEVISIÓN S.A.C. a fi n que se le otorgue concesión para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en los distritos de Yanacancha, Chaupimarca y Simón Bolivar, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco. CONSIDERANDO:Que, el numeral 3 del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, dispone que en materia de telecomunicaciones el Ministerio tiene entre otras funciones, otorgar y revocar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias; Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones señala que para prestar el servicio público de difusión se requiere de concesión; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión por cable que se presta en diversas modalidades, entre ellas, el cable alámbrico u óptico; Que, el artículo 94º del Texto Único Ordenado del citado Reglamento, de fi ne al servicio de distribución de radiodifusión por cable como aquel que distribuye señales de radiodifusión de multicanales a multipunto, a través de cables y/u ondas radioeléctricas, desde una o más estaciones pertenecientes a un mismo sistema de distribución, dentro del área de concesión; Que, el artículo 126º del mismo Texto Único Ordenado, señala que los servicios de difusión de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento, y se perfecciona con la suscripción de un contrato escrito aprobado por el titular del Ministerio; Que, mediante la solicitud con expediente Nº 2007- 003394, la empresa HHBB TELEVISIÓN S.A.C. requiere que se le otorgue concesión para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en los distritos de Yanacancha, Chaupimarca y Simón Bolivar, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco; Que, mediante Informe Nº 144-2007-MTC/17.01. ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, efectúa la evaluación integral de la solicitud de concesión presentada por la empresa HHBB TELEVISIÓN S.A.C., concluyendo que la misma cumple con los requisitos establecidos por las normas vigentes en materia de servicios públicos de telecomunicaciones, y por tanto, recomienda se otorgue la concesión solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HHBB TELEVISIÓN S.A.C., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende los distritos de Yanacancha, Chaupimarca y Simón Bolivar, de la provincia de Pasco, del departamento de Pasco. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa HHBB TELEVISIÓN S.A.C., para la prestación del servicio público a que se re fi ere