Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2007 (07/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2007

asimismo, conforme a su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, tiene como funcion general disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del Sector en materia de Vivienda, Urbanismo, Construccion y Saneamiento; Que, con Decreto de Urgencia Nº 003­2007, se establecieron medidas urgentes y extraordinarias en materia economica y financiera que permitan financiar y ejecutar actividades y proyectos de atencion de desastres y mitigacion del impacto del periodo de lluvias 2007 en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali; Que, mediante el Memorandum Nº 005­2007­ VIVIENDA­ODN, la Oficina de Defensa Nacional ­ ODN del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento informa la situacion critica a consecuencia de las lluvias en los departamentos de MORDAZA y San MORDAZA declaradas como damnificadas por el INDECI y los Gobiernos Locales; Que, mediante Oficio Nº 119-07-MDJCC-A, Municipalidad Distrital de MORDAZA Crespo y MORDAZA, Provincia de MORDAZA MORDAZA ­ Region MORDAZA, solicita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la transferencia de los recursos para poder iniciar el MORDAZA de adquisicion de modulos de vivienda utilizando material de la MORDAZA, asi como mano de obra; Que, mediante el Informe Nº 125-2007/VIVIENDAOGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica, considera procedente la transferencia financiera solicitada por Municipalidad Distrital de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA ­ Region Huanuco. Que, mediante Informe Nº 003-2007-VIVIENDAVMVU-DNV/FFG/MRZ, la Direccion Nacional de Vivienda considera conveniente la utilizacion de modulos de vivienda de emergencia de MORDAZA, con un precio referencial de hasta por un monto de S/. 3 800,00 (TRES MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), la cantidad a adquirirse es de 124 (CIENTO VEINTICUATRO) por un valor total ascendente hasta por la suma de S/. 471 200,00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", modificado por la Ley Nº 28927 "Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano 2007", solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para actividades de Vivienda; Con la visacion del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, la Direccion Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, la Oficina General de Administracion, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, y la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28927 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007"; y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria"; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/. 471 200,00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Crespo y MORDAZA, Provincia de MORDAZA MORDAZA ­ Region MORDAZA, destinados exclusivamente para la adquisicion, transporte e instalacion de 124 modulos de vivienda de emergencia para los pobladores del departamento de MORDAZA que hayan sido victimas del periodo de lluvias 2007. Articulo 2°.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al Presupuesto Aprobado del presente ano fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 002 "Vivienda y Urbanismo", en la Actividad 1.015157 "Apoyo a Emergencias y Urgencias", Componente 3.000196 "Atencion de Emergencias y

Urgencias", Meta 00003 "Transferencia Financiera a Favor del Municipio MORDAZA Crespo y MORDAZA en el MORDAZA del D.U. Nº 003-2007 para Atender 124 Damnificados con Modulos de Vivienda", en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y al Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3°.- Los terminos y obligaciones de la presente Transferencia Financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico para la adquisicion de los modulos de vivienda de emergencia entre la Municipalidad Distrital de MORDAZA Crespo y MORDAZA y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 4º.- La Direccion Nacional de Vivienda y el Jefe de la Unidad Ejecutora 002 "Vivienda y Urbanismo", son responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 81380-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Amplian alcances de la Res. Adm. Nº 039-2002-P-CSJLI/PJ y regulan casos de licencia, vacaciones u otro impedimento para conocer quejas e investigaciones en la ODICMA de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 181-2007-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2007 VISTA; La Resolucion Administrativa Nº 039-2002-P-CSJLI/ PJ de fecha 21 de enero de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo primero de la Resolucion Administrativa de vista, se establece que en casos de licencia, vacaciones y otro impedimento temporal del Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Distrito Judicial de MORDAZA, dicha Jefatura sea asumida por el Vocal Superior Titular Presidente de la Comision Distrital de Control de la Magistratura del Distrito Judicial de MORDAZA y a falta de este por el Presidente del Equipo Especial y a falta de ambos por el Vocal Superior que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA designe; Que, es previsible que en determinadas quejas e investigaciones que tiene a su cargo la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Distrito Judicial de MORDAZA, se produzcan simultaneamente impedimentos para conocerlas tanto de la Jefa de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, como de la Vocal Superior Titular Presidenta de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, asi como del Presidente del Equipo Especial, por licencia, vacaciones u otro impedimento; en tal sentido, resulta conveniente ampliar los alcances de la Resolucion Administrativa de vista y designar a los Vocales Superiores competentes a fin de cautelar el normal desarrollo de las funciones de esta Oficina Distrital de Control. Que, en aplicacion de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial;

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