Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2007 (16/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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registro ninguna empresa aseguradora en las fechas previstas para la realizacion del registro de participantes, motivo por el cual esta etapa fue prorrogada hasta el 3 de MORDAZA de 2007; sin embargo, llegada la fecha MORDAZA indicada, ninguna empresa presento su propuesta; Que, adicionalmente, senala que la tramitacion de la MORDAZA convocatoria para el mismo MORDAZA demorara aproximadamente un total de quince (15) dias habiles; no obstante, a efectos de evitar incurrir en dilaciones en la contratacion de los Seguros Patrimoniales y Seguros Personales, paralelamente a la realizacion de la MORDAZA convocatoria del MORDAZA de seleccion, se tramitara ante el CONSUCODE la exclusion del MTC de la modalidad de Subasta Inversa, con la finalidad de poder contratar los seguros MORDAZA indicados por la modalidad de MORDAZA de seleccion tradicional, en caso se declare desierta la MORDAZA convocatoria de Concurso Publico por Subasta Inversa Electronica Nº 0004-2007-MTC/10; Que, de conformidad con lo indicado por el Jefe de la Oficina de Abastecimiento mediante Informe Nº 222-2007MTC/10.02, el costo de la contratacion asciende a la suma de US$. 327,609.85, monto que incluye impuestos de Ley, el mismo que se encuentra repartido de la siguiente manera:
- Unidad Ejecutora 001 - Administracion General US$ 118,056.19 - Unidad Ejecutora 007 - Pro Vias Nacional US$ 132,373.12 - Unidad Ejecutora 010 - Provias Descentralizado US$ 77,180.56

Que, respecto al plazo de la contratacion, senala que el mismo debe ser establecido en noventa (90) dias calendario, debido a que el mismo debe cubrir la demora que generara la realizacion de la MORDAZA convocatoria al Concurso Publico por Subasta Inversa Electronica Nº 0004-2007-MTC/10, y en caso esta sea declarada desierta, el tiempo que MORDAZA llevar a cabo el MORDAZA de seleccion tradicional, en atencion al monto de la contratacion, hasta la firma del contrato respectivo. Este plazo incluye ademas, el tiempo que MORDAZA realizar el tramite de exclusion del MTC de la modalidad de Subasta Inversa; Que, mediante Memorandum Nº 0421-2007-MTC/10.01 de fecha 5 de MORDAZA de 2007, el Director de Administracion Presupuestal de la Oficina General de Administracion comunica que la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General cuenta con disponibilidad presupuestal para la contratacion de Seguros patrimoniales y Personales hasta por la suma de S/. 373,766.00, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; Que, con Memorandum Nº 3018-2007-MTC/21. UGA de fecha 6 de MORDAZA de 2007, el Gerente de la Unidad Gerencial de Administracion de PROVIAS DESCENTRALIZADO informa que la Unidad Ejecutora 010 - Provias Descentralizado cuenta con disponibilidad presupuestal por un monto de US$ 77,180.56 con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, a traves del Memorandum Nº 1879-2007MTC/20.2 de fecha 6 de MORDAZA de 2007, el Gerente de Administracion de PROVIAS NACIONAL informa que la Unidad Ejecutora 007 - Pro Vias Nacional cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 423,593.98, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; Que, de conformidad con lo establecido en LA LEY, toda adquisicion y contratacion debe realizarse mediante los procesos de seleccion contemplados en el articulo 14º: (i) Licitacion Publica, (ii) Concurso Publico, (iii) Adjudicacion Directa Publica, (iv) Adjudicacion Directa Selectiva, y (v) Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, debido a que la contratacion de los Seguros Patrimoniales y Personales para las Unidades Ejecutoras 001-Administracion General, 007-Pro Vias Nacional, 010Provias Descentralizado del MTC, en mencion, se refiere a servicios y que el valor referencial de los mismos, segun lo informado por la Oficina de Abastecimiento asciende a un total de US$ 327,609.85, el MORDAZA de MORDAZA de seleccion que corresponderia seria el de Concurso Publico; Que, no obstante lo expuesto, debemos senalar que el articulo 19º de LA LEY, admite que en determinados casos pueden existir excepciones a dicha regla; por lo

que en dicho articulo se ha previsto las situaciones que expresamente se encuentran exoneradas y por las cuales la entidad puede apartarse del MORDAZA de seleccion que corresponderia a la contratacion en un contexto regular; Que, en este orden de ideas, estan exoneradas del MORDAZA de seleccion correspondiente, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: (i) Entre entidades del Estado, (ii) Para contratar servicios publicos sujetos a tarifas cuando estas MORDAZA unicas, (iii) En situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente, (iv) Con caracter de secreto, secreto militar o de orden interno, (v) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; y (vi) Para los servicios personalisimos; Que, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion a traves de su Informe Nº 222-2007-MTC/10.02 de fecha 10 de MORDAZA de 2007 informo de la necesidad de contratar Seguros Patrimoniales y Personales para las Unidades Ejecutoras 001-Administracion General, 007-Pro Vias Nacional, 010- Provias Descentralizado del MTC, bajo la causal de desabastecimiento inminente, de acuerdo a lo previsto en el inciso c) del articulo 19º de LA LEY; Que, este supuesto, faculta a la entidad a adquirir o contratar directamente los bienes y servicios, solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; siendo necesario que se configuren las siguientes condiciones, tal como establece el Articulo 21º de LA LEY y el articulo 141º del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, (en adelante EL REGLAMENTO), aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM: - La situacion extraordinaria e imprevisible. Al respecto, es de precisar que la situacion extraordinaria e imprevisible al que hace referencia la Ley, esta referida a un acontecimiento extrano, fuera de lo comun, que no es posible prever y que lleva al desabastecimiento (ausencia) de determinado bien, servicio u obra; impidiendo o afectando la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas esenciales a cargo de la Entidad. A fin de no incurrir en responsabilidad resulta indispensable que las actuaciones previas y posteriores de la entidad acogida a esta causal MORDAZA coherentes con la argumentacion invocada para exonerarse del MORDAZA, por lo que debe procederse de modo diligente desde su aparicion hasta su ejecucion y posterior liquidacion. En consecuencia, resulta necesario que la carencia del bien, obra o servicio sea imprevisible, pues al ser previsible y las autoridades se descuidaron o concientemente no hicieron el MORDAZA a tiempo, el desabastecimiento deja de ser imprevisible y se sustentaria en el actuar negligente de la entidad, conforme lo senala expresamente el tercer parrafo del articulo 141º de EL REGLAMENTO En el presente caso, mediante el Informe Nº 2222007-MTC/10.02 de fecha 10 de MORDAZA de 2007, la Oficina de Abastecimiento sustenta el desabastecimiento inminente de los Seguros Patrimoniales y Personales en la declaratoria de desierto producida en el Concurso Publico por Subasta Inversa Electronica Nº 004-2007-MTC/10, senalando que pese a haber convocado dicho MORDAZA con la debida anticipacion, no se ha registrado ninguna empresa aseguradora para participar en el MORDAZA durante las fechas previstas para tal efecto. De la revision de los antecedentes se advierte que las fichas tecnicas para la contratacion de Seguros Patrimoniales y Personales fueron aprobadas por CONSUCODE con Resolucion Nº 318-2007/ CONSUCODE/PRE de fecha 11 de junio de 2007, habiendose cumplido con autorizar la realizacion del Concurso Publico por Subasta Inversa Electronica Nº 0042007-MTC/10 "Contratacion de Seguros Patrimoniales y Personales" con Resolucion Secretarial Nº 075-2007MTC/10 de fecha 19 de junio de 2007, y procediendo a efectuar la convocatoria del MORDAZA de seleccion el 21 de junio de 2007, quedando claramente establecido que la situacion de desabastecimiento alegada por la Oficina de

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