Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2007 (16/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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como una embarcacion cerquera con mallas de ½ y 1 ½ pulgadas y una capacidad de bodega de 184,94 m3 , con permiso de pesca para los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada denominada "ZHENNA 2", con matricula Nº CO-10441-PM, para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de 184,94 m3 de volumen de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto; Que de la evaluacion efectuada a la solicitud y a los documentos presentados se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales exigidos por la normatividad pesquera vigente, considerando ademas el Escrito Nº V.200- 2101 de fecha 14 de MORDAZA del 2007 emitido sobre el particular por el Director General de Capitanias y Guardacostas, por lo que deviene en procedente atender la solicitud presentada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 299-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el numeral 18.1 del articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, el procedimiento Nº 12 ­ B del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial 341-2005-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada denominada "ZHENNA 2" con matricula Nº CO-10441-PM, para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de 184,94 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de 13 mm (½ pulgada) y 38 mm (1 ½ pulgadas) de tamano de abertura minima de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto. Articulo 2º.- El acceso al recurso sardina, en lo que corresponde a la autorizacion de incremento de flota otorgado en el articulo 1º de la presente Resolucion, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, a las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- La autorizacion otorgada por la presente resolucion tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, prorrogable por seis (6) meses adicionales por una y unica vez, siempre y cuando se MORDAZA realizado un avance de obra fisica significativo de por lo menos el setenta por ciento (70%), vencido el plazo inicial, o la prorroga, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho en caso de no haberse verificado la construccion total de la embarcacion, sin que sea necesario para ello la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Asimismo sera causal de caducidad de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion

construir la embarcacion pesquera excediendo la capacidad de bodega autorizada y/o con caracteristicas diferentes a una embarcacion MORDAZA cerco. Articulo 4º.- Ejecutada la construccion de la embarcacion pesquera autorizada por la presente resolucion, MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA debera solicitar ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir del vencimiento del plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgada por esta resolucion, o de su prorroga, segun corresponda, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de dicha autorizacion, sin que sea necesario pronunciamiento o notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- Incorporar la autorizacion de incremento de flota contenida en la presente Resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Excluir a la embarcacion pesquera "ZHENNA 2" de matricula Nº CO-10441-PM, del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE. Articulo 7º.- Cancelar el permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 16096-PE, en lo que respecta a la embarcacion pesquera "ZHENNA 2" de matricula Nº CO-10441-PM e incluirla en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE. Articulo 8º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 84232-3

Otorgan licencia a Pacific Freezing Company E.I.R.L. para operar planta de harina de residuos de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 293-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 8 de junio del 2007 Visto el escrito con registro N° 00029852 de fecha 2 de MORDAZA del 2007, presentado por la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que los articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos se requiere de la autorizacion y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion, otorga a nivel nacional; Que el articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento;

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