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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2007 (25/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2007 349952 c) Condonación del 100% de las multas tributarias a los contribuyentes que regularicen o hayan regularizado su declaración jurada y cumplan con el pago total del Impuesto Predial, correspondiente al período de la multa. d) Condonación del 100% de las multas administrativas por carecer de Licencia de Funcionamiento, Autorización de Anuncios y Propaganda, Certi fi cado de Numeración y Licencia de Construcción y otras multas siempre y cuando el contribuyente acredite contar con los citados documentos o haber regularizado los mismos. Artículo 4º.- DE LOS FRACCIONAMIENTOS a) Descuento del 30% de los saldos de deudas por fraccionamiento de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, siempre que se cancele el total de las cuotas fraccionadas. En caso de que el fraccionamiento contenga deudas del Impuesto Predial se descontarán a ésta los reajustes e intereses moratorios. b) Los contribuyentes podrán fraccionar el 100% de sus deudas sin reajustes, intereses moratorios, costas y gastos. Solamente se aplicarán a los convenios el correspondiente interés de fraccionamiento. c) Las deudas fraccionadas del Impuesto Predial podrán acogerse al presente bene fi cio sin reajustes ni intereses moratorios. Artículo 5º.- La presente Ordenanza no tiene alcance retroactivo ni genera obligaciones a la Administración de realizar devoluciones de ninguna índole. Artículo 6º.- VIGENCIA DE LA ORDENANZA.- La presente Ordenanza rige desde el 20 de julio al 20 de agosto de 2007; encargándose a la Gerencia Municipal, Dirección de Administración Tributaria y Rentas, O fi cina de Participación Vecinal y a la Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 88442-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008 ORDENANZA Nº 008-2007-MDLP/ALC La Punta, 13 de julio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:El Concejo Distrital de La Punta, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de julio del 2007; y, VISTO, el Informe Nº 060-2007-MDLP/GPP de fecha 9 de julio del presente año, emitido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anual, conforme a Ley;Que, el artículo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modi fi catorias, establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestión Pública; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción. Asimismo el artículo IX del Título Preliminar, establece que el proceso de Planeación Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, asimismo, el artículo 53º de la mencionada ley, señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, señala en su artículo 3º que ésta tiene por fi nalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social de las acciones públicas; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 020-056/2004 de fecha 13 de diciembre del 2004, se aprobó el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de La Punta 2004-2015; Que, mediante Resolución Directoral Nº 08-2007- EF/76.01, se aprobó el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 - Instructivo para el proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2008, documento que, recogiendo lo dispuesto por los dispositivos legales antes mencionados, establece orientaciones y mecanismos para que los Gobiernos Regionales y Locales desarrollen articuladamente los procesos de planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo en sus respectivos ámbitos; donde se deberá tener en consideración las particularidades que establece la Primera Disposición Final del citado instructivo, para Municipalidades de menos de 5 mil habitantes, en las que se podrá efectuar adecuaciones y simpli fi caciones en función a las particularidades y restricciones locales; Que, en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9º numerales 8 y 14 y artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2008 Artículo Primero.- Establecer y regular los mecanismos y procedimientos para la participación de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades y el cronograma en el Proceso del Presupuesto Participativo del 2008, conforme al Reglamento que forma parte integrante de la presente Ordenanza y anexo. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la Ordenanza, anexo en El Peruano y el Reglamento en la Página Web: www.munilapunta.gob.pe. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo Humano, la Gerencia de Gestión Ambiental, la Gerencia de Turismo y Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde