Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2007 (25/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2007

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: En Sesion Concejo Ordinario de la fecha, se debatio el Informe Nº 209-2007-GAT-MDPN de la Gerencia de Administracion Tributaria conteniendo el proyecto de Ordenanza Municipal que amplia la vigencia de la Ordenanza Nº 004-2007-MDPN que establece Beneficios Tributarios para el pago de Tributos Municipales; CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, dentro de su jurisdiccion. Que el T.U.O. del Codigo Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF, modificado en parte por el Decreto Legislativo Nº 953 establece en MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar y en su Articulo 41º que: "Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, asi como podran condonar con caracter general el interes moratorio y otras sanciones respecto de los tributos que administran, Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Art. 40º de Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; y con la aprobacion por unanimidad del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE AMPLIAR LA VIGENCIA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO APROBADO POR ORDENANZA Nº 004-2007/MDPN Articulo Primero.- ESTABLECER, de manera EXCEPCIONAL la AMPLIACION del plazo de vigencia del Beneficio Tributario aprobado mediante Ordenanza Nº 004-2007-MDPN, hasta el 1 de setiembre del 2007. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal y Secretaria General para que proceda a la publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, e implemente la adecuada difusion de la presente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 87542-1

Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, las Gerencias de Desarrollo MORDAZA y Obras y Desarrollo Social y Economico de esta Municipalidad han venido recibiendo quejas de vecinos por danos ocasionados a sus propiedades por la construccion de inmuebles en predios colindantes; Que, es necesario dictar las disposiciones pertinentes a fin de regular la actuacion de esta Municipalidad en los casos en que se presentan las precitadas denuncias contribuyendo de esta manera al mejor accionar municipal y la atencion del vecino; De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer que en los casos en que se verifique la ocurrencia de danos en inmuebles de propiedad privada, previamente denunciados por los respectivos propietarios, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras de esta Municipalidad oficiara al Colegio de Ingenieros del Peru a fin de que dicha Institucion, mediante el correspondiente peritaje, determine el origen y la magnitud de los danos producidos y efectue las recomendaciones tecnicas pertinentes, las mismas que deberan ser cumplidas por la empresa constructora responsable, sin perjuicio de las sanciones administrativas aplicables. Los gastos del peritaje seran cubiertos por la empresa responsable de la construccion. Articulo Segundo.- No se otorgara Certificado de Finalizacion de Obra hasta que la empresa constructora cumpla las recomendaciones del peritaje del Colegio de Ingenieros del Peru y repare los danos ocasionados y, asimismo, cancele las multas impuestas por todo concepto durante la ejecucion de obras. Sin perjuicio de lo senalado anteriormente, en caso que los propietarios o residentes de los predios danados se nieguen, por cualquier medio, a que la empresa constructora repare los danos producidos, esta MORDAZA podra presentar la correspondiente Constatacion Notarial que acredita dicha negativa con el fin de obtener el respectivo Certificado de Finalizacion de Obra de la Municipalidad. Articulo Tercero.- Mediante Decreto de Alcaldia podran establecerse las disposiciones reglamentarias y complementarias de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 87665-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Exoneran de pago de derechos administrativos establecidos en el numeral 72 del MORDAZA de la Municipalidad para la ejecucion de obras en diversos asentamientos humanos
ORDENANZA Nº 219-MDSMP San MORDAZA de Porres, 11 de junio del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES;

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Establecen ampliacion del plazo de vigencia del Beneficio Tributario aprobado mediante Ordenanza Nº 0042007-MDPN
ORDENANZA Nº 013-2007-MDPN Punta Negra, 19 de MORDAZA del 2007

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