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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2007 (25/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2007 349940 que sí fueron evaluados y accedieron a la etapa de evaluación económica, sin que se haya generado un vacío funcional que suponga una interferencia considerable en el normal desenvolvimiento de sus actividades. Situación que debe ser tomada en consideración al momento de imponer la sanción correspondiente. 14. Por otro lado, debe considerarse que la conducta realizada por el Contratista no es reiterativa, es decir, no ha sido sancionado previamente por incurrir en algunos de los supuestos tipi fi cados como sancionables por la normativa de contrataciones. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe de la Vocal Ponente doctora Janette Elke Ramírez Maynetto, con la intervención de los doctores Juan Carlos Valdivia Huaringa y Carlos Vicente Navas Rondón, atendiendo a la reconformación de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución Nº 279-2007-CONSUCODE/PRE de fecha 21 de mayo de 2007, y de conformidad con las facultades conferidas en los artículos 53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, los artículos 17 y 18 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremos Nº 054-2007-EF y la Ley Nº 27767, Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria y su Reglamento; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar al contratista Señor Juan José Alejos Herrera con seis (6) meses de inhabilitación temporal en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por incurrir en la infracción tipifi cada en el literal f) del artículo 30 del Reglamento del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria; sanción que tendrá vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la presente resolución. 2. Poner la presente resolución en conocimiento a la Gerencia de Registros del CONSUCODE para las anotaciones de ley. 3. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), para que en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.VALDIVIA HUARINGA.RAMÍREZ MAYNETTO.NAVAS RONDÓN. 87913-2 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Reconstituyen la Comisión de Transparencia y Anticorrupción del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 506-2007-INPE/P Lima, 23 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial N° 505-2004- INPE/P de fecha 15 de julio de 2004, se creó la Comisión de Transparencia y Anticorrupción del Instituto Nacional Penitenciario, facultada para intervenir, investigar, opinar y defi nir procedimientos de queja, denuncias por actos de corrupción e inmoralidad, consultas y acceso a la información, respecto a la función pública de los servidores del INPE; Que, con Resolución Presidencial N° 333-2007- INPE/P de fecha 24 de mayo de 2007, se reconstituyó la Comisión de Transparencia y Anticorrupción del Instituto Nacional Penitenciario, quedando integrada por el señor José Manuel Villaorduña Aristondo como presidente, señor Edwin Salazar Álvarez y la Lic. María Huaracha Mosaurieta como miembros; Que, por necesidad institucional se ha visto por conveniente designar a la abogada Claudett Katerina Delgado Llanos como miembro de la citada comisión en reemplazo de la Lic. María Huaracha Mosaurieta; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Decreto Legislativo N° 654, Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema N° 073-2007-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- RECONSTITUIR, la Comisión de Transparencia y Anticorrupción del Instituto Nacional Penitenciario, facultada para intervenir, investigar, opinar y de fi nir procedimientos de queja, denuncias por actos de corrupción e inmoralidad, consultas y acceso a la información, respecto a la función pública de los servidores del INPE, la misma que estará integrada por las siguientes personas: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO Sr. JOSE MANUEL VILLAORDUÑA ARISTONDO PRESIDENTE Sr. EDWIN SALAZAR ALVAREZ MIEMBRO Abog. CLAUDETT KATERINA DELGADO LLANOS MIEMBRO Artículo 2°.- DISPONER, que todos los órganos del INPE brinden el apoyo que les pueda requerir la citada Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para el mejor desarrollo de sus funciones y objetivos. Articulo 3°.- DISTRIBUIR, copia de la presente resolución a los integrantes de la Comisión y a las instancias correspondientes, para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO CARRIÓN ZAVALA PresidenteConsejo Nacional Penitenciario 88148-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de La Oroya de la Dirección Regional Centro Huancayo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 508-2007-INPE/P Lima, 23 de julio de 2007 VISTOS, el O fi cio N° 102-2007-INPE/18, de fecha 6 de julio de 2007, por el que se adjunta Informe Técnico