Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2007 (25/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2007

que si fueron evaluados y accedieron a la etapa de evaluacion economica, sin que se MORDAZA generado un vacio funcional que suponga una interferencia considerable en el normal desenvolvimiento de sus actividades. Situacion que debe ser tomada en consideracion al momento de imponer la sancion correspondiente. 14. Por otro lado, debe considerarse que la conducta realizada por el Contratista no es reiterativa, es decir, no ha sido sancionado previamente por incurrir en algunos de los supuestos tipificados como sancionables por la normativa de contrataciones. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe de la Vocal Ponente doctora Janette MORDAZA MORDAZA Maynetto, con la intervencion de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Navas MORDAZA, atendiendo a la reconformacion de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 279-2007-CONSUCODE/ PRE de fecha 21 de MORDAZA de 2007, y de conformidad con las facultades conferidas en los articulos 53, 59 y 61 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, los articulos 17 y 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremos Nº 054-2007-EF y la Ley Nº 27767, Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria y su Reglamento; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar al contratista Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con seis (6) meses de inhabilitacion temporal en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incurrir en la infraccion tipificada en el literal f) del articulo 30 del Reglamento del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria; sancion que tendra vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la presente resolucion. 2. Poner la presente resolucion en conocimiento a la Gerencia de Registros del CONSUCODE para las anotaciones de ley. 3. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), para que en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA HUARINGA. MORDAZA MAYNETTO. NAVAS RONDON. 87913-2

Que, mediante Resolucion Presidencial N° 505-2004INPE/P de fecha 15 de MORDAZA de 2004, se creo la Comision de Transparencia y Anticorrupcion del Instituto Nacional Penitenciario, facultada para intervenir, investigar, opinar y definir procedimientos de queja, denuncias por actos de corrupcion e inmoralidad, consultas y acceso a la informacion, respecto a la funcion publica de los servidores del INPE; Que, con Resolucion Presidencial N° 333-2007INPE/P de fecha 24 de MORDAZA de 2007, se reconstituyo la Comision de Transparencia y Anticorrupcion del Instituto Nacional Penitenciario, quedando integrada por el senor MORDAZA MORDAZA Villaorduna Aristondo como presidente, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Lic. MORDAZA Huaracha Mosaurieta como miembros; Que, por necesidad institucional se ha visto por conveniente designar a la abogada Claudett MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro de la citada comision en reemplazo de la Lic. MORDAZA Huaracha Mosaurieta; Contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Decreto Legislativo N° 654, Decreto Supremo N° 005-90PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema N° 073-2007-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- RECONSTITUIR, la Comision de Transparencia y Anticorrupcion del Instituto Nacional Penitenciario, facultada para intervenir, investigar, opinar y definir procedimientos de queja, denuncias por actos de corrupcion e inmoralidad, consultas y acceso a la informacion, respecto a la funcion publica de los servidores del INPE, la misma que estara integrada por las siguientes personas:
NOMBRES Y APELLIDOS Sr. MORDAZA MORDAZA VILLAORDUNA ARISTONDO Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abog. CLAUDETT MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARGO PRESIDENTE MIEMBRO MIEMBRO

Articulo 2°.- DISPONER, que todos los organos del INPE brinden el apoyo que les pueda requerir la citada Comision de Transparencia y Anticorrupcion, para el mejor desarrollo de sus funciones y objetivos. Articulo 3°.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente resolucion a los integrantes de la Comision y a las instancias correspondientes, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional Penitenciario 88148-1

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Reconstituyen Transparencia INPE y la Comision Anticorrupcion de del

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de La Oroya de la Direccion Regional Centro Huancayo
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 508-2007-INPE/P MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTOS, el Oficio N° 102-2007-INPE/18, de fecha 6 de MORDAZA de 2007, por el que se adjunta Informe Tecnico

RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 506-2007-INPE/P MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007

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