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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2007 (25/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2007 349941 Ampliatorio Nº 003-2007-INPE/18.05 y el Informe Legal Ampliatorio Nº 003-2007-INPE/18.04, ambos de fecha 5 de julio de 2007, de la Dirección Regional Centro Huancayo, por el que solicita se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de La Oroya y el Informe Nº 260-2007-INPE/06, de fecha 18 de julio de 2007, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud; concordante con el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial N° 050-2006- INPE/P de fecha 27 de enero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Dirección Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario para el Año Fiscal 2006, en el cual se tiene previsto el proceso de selección de Licitación Pública por Subasta Inversa Presencial N° 002-2006-INPE/18 para la adquisición de raciones alimenticias para el consumo de personas (internos, personal de seguridad y salud de los Establecimientos Penitenciarios: Huamancaca y La Oroya); Que, mediante el Informe Técnico Ampliatorio N° 003-2007-INPE/18.05 y el Informe Legal Ampliatorio Nº 003-2007-INPE/18.04, ambos de fecha 5 de julio de 2007, la Dirección Regional Centro Huancayo, re fi ere que mediante Resolución Directoral Nº 332-2007-INPE/18 de fecha 18 de junio de 2007, se modi fi có su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio Fiscal 2007, a fi n de excluir el inicial proceso de selección de Licitación Pública por Subasta Inversa Presencial N° 002-2006-INPE/18 e incluir el proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 006-2007-INPE/18, para la adquisición de raciones alimenticias para el consumo de personas del Establecimiento Penitenciario de La Oroya; Que, asimismo, la citada Dirección Regional re fi ere que en el Ejercicio Fiscal 2006, se llevó a cabo el proceso de selección de Licitación Pública Nº 002-2006-INPE/18 para la adquisición de raciones alimenticias para el consumo de personas (internos y personal de seguridad, entre otros centros penitenciarios, del penal de La Oroya), habiéndose suscrito con fecha 3 de noviembre de 2006, el Contrato Nº 020-2006-INPE/18 con el ganador de la buena pro señor Jesús Laurente Camagllamqui; Que, mediante Ofi cio Nº 079-2007-INPE-18-417- ADM, se adjunta el Acta de Constatación de la Situación Alimentaria de Internos del Penal de La Oroya, ambos de fecha 31 de mayo de 2007, suscrito por el Fiscal Provincial Mixto de Yauli La Oroya, el Director del Penal, el Administrador y los delegados del penal La Oroya, por el cual se evidencia que el proveedor Jesús Laurente Camagllamqui, no cumplió con el abastecimiento de alimentos básicos (víveres) para la preparación de los alimentos de los internos y personal de seguridad del citado centro penitenciario; asimismo, a través del Informe Nº 002-2007-INPE/18-CESA de fecha 1 de junio de 2007, la Coordinadora de Salud de la Dirección Regional Centro Huancayo, mani fi esta que el contratista el día 30 de mayo de 2007, no cumplió con atender las raciones alimenticias en el desayuno, almuerzo y cena a la población penal; Que, mediante Carta Notarial Nº 750-2007 de fecha 01 de junio de 2007, la Dirección Regional Centro Huancayo, pone en conocimiento del proveedor Jesús Laurente Camagllamqui, el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, requiriéndolo a que cumpla con lo estipulado en el Contrato Nº 020-2006-INPE/18; sin embargo, el contratista continuó con el incumplimiento contractual, conforme se colige del O fi cio Nº 088-2007- INPE-18.417-ADM que adjunta el Acta de Constatación de la Situación Alimentaria de Internos del Penal La Oroya, ambos de fecha 4 de junio de 2007, suscrito por la Fiscal Provincial Mixta de Yauli La Oroya, el Director, el Administrador y Delegados del Penal La Oroya, por el que se verifi có que el ambiente que era utilizado por el proveedor Jesús Laurente Camagllamqui, como almacén, estaba vacío; Que, como consecuencia del incumplimiento contractual, la Dirección Regional Centro Huancayo, en aplicación de lo establecido en el inciso c) del artículo 41º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, mediante Carta Notarial Nº 775-2007 de fecha 11 de junio de 2007, comunica al señor Jesús Laurente Camagllamqui, la resolución del Contrato Nº 020-2006-INPE/18; Que, ante tales circunstancias, la Dirección Regional Centro Huancayo, mani fi esta que es necesario declarar en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de alimentos preparados para internos y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario La Oroya, por el período de noventa (90) días calendario, hasta por la suma de S/. 33 165,00 (Treinta y tres mil ciento sesenta y cinco con 00/100) nuevos soles, importe que cubrirá los gastos, mientras se lleva a cabo el proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 006-2007-INPE/18, para la adquisición de raciones alimenticias para el consumo de personas del Establecimiento Penitenciario de La Oroya, se perfeccione el correspondiente contrato y en previsión de que los postores puedan interponer algún recurso impugnativo, ya que los internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requieren de dicho suministro, porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, el cual no puede ser suspendido porque ocasionaría un grave deterioro en la salud de la población penal, actos de violencia, reclamos y protestas de éstos, la seguridad de los internos y de los centros penitenciarios, situación que se encuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera situación de desabastecimiento inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situación faculta al Instituto Nacional Penitenciario a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o con fi guración de la situación de desabastecimiento inminente, conforme lo dispone el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084 –2004- PCM; Que, en el artículo 148º de la normatividad legal antes citada, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Centro Huancayo sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable a fi n de paliar la situación; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones de fi nitivas; Que, mediante Ofi cio Nº 104-2007-INPE/18.03 de fecha 12 de junio de 2007, la O fi cina de Plani fi cación de la Dirección Regional Centro Huancayo, señala que existe la disponibilidad presupuestal para cubrir el desabastecimiento inminente del citado establecimiento penitenciario;