Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2007 (25/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Visto, en sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 002-CAJPE y CPUT, de las Comisiones de Asuntos Juridicos y Promocion Empresarial y de Planificacion MORDAZA y Transporte; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a Ley, son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 114-MDSMP publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20.3.05 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, estableciendo en el numeral 72 de la Division de Obras Publicas y Privadas (actualmente Division de Obras Publicas, Infraestructura, Vialidad y Transporte) de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el procedimiento denominado "Autorizacion y Conformidad de Obra para Redes Domiciliarias y Redes Complementarias de otras Instalaciones"; Que, el referido procedimiento establece como un requisito el pago de derechos administrativos por derecho de tramite (8.19% de la UIT), por inspeccion ocular (2.97% de la UIT), por control de obra (2.97% de la UIT) y por conformidad de servicio (3.84% de la UIT); Que, la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado - SEDAPAL - tiene proyectado la ejecucion de obras en el distrito de San MORDAZA de Porres denominado "Sistema de Ampliacion de Cobertura Condominial" en los AA.HH. Vista MORDAZA A con 58 lotes, AA.HH. Vista MORDAZA B con 34 lotes y AA.HH. MORDAZA Alto con 44 lotes, que beneficiara a un gran numero de habitantes del distrito que en la actualidad carecen del servicio basico de agua potable y alcantarillado; Que, con la finalidad de brindar el apoyo necesario a las entidades publicas y privadas, asi como a las agrupaciones vecinales encargadas de la ampliacion y el mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres considera que los tramites para la obtencion de la autorizacion de la ejecucion de las obras deben ser mas simples y abreviados, asimismo mas economicos, por lo que se propone exonerar de los pagos correspondientes a la tasa descrita en parrafo precedente, exclusivamente para la obra MORDAZA citada; Que, asimismo, se debe precisar que la presente exoneracion no exime al contratista de cumplir con todos los requisitos establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones referente al MORDAZA constructivo, el cual sera inspeccionado por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, en tal sentido se hace necesario que se emita una MORDAZA que permita la exoneracion del pago de los diversos derechos establecidos en el numeral 72 de la Division de Obras Publicas y Privadas, ahora Division de Obras Publicas, Infraestructura, Vialidad y Transporte, a favor de SEDAPAL o la empresa contratista que ejecute las obras de agua y alcantarillado en los AA.HH. Vista MORDAZA A con 58 lotes, AA.HH. Vista MORDAZA B con 34 lotes y AA.HH. MORDAZA Alto con 44 lotes; Que mediante el Acuerdo de Concejo Nº 031-2007MDSMP se aprueba la celebracion del CONVENIO MORDAZA DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES Y EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE MORDAZA - SEDAPAL, para la ejecucion del "Sistema de Ampliacion de Cobertura Condominial" para los AA.HH. Vista MORDAZA A con 58 lotes, AA.HH. Vista MORDAZA B con 34 lotes y AA.HH. MORDAZA Alto con 44 lotes; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en el MORDAZA parrafo de su articulo 40º que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de

Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DISPONGASE la exoneracion del pago de derechos administrativos establecidos en el numeral 72 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - correspondiente a la Division de Obras Publicas y Privadas (actualmente Division de Obras Publicas, Infraestructura, Vialidad y Transporte) de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para la ejecucion de las obras denominado "Sistema de Ampliacion de Cobertura Condominial" para los AA.HH. Vista MORDAZA A con 58 lotes, AA.HH. Vista MORDAZA B con 34 lotes y AA.HH. MORDAZA Alto con 44 lotes. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y demas Unidades Organicas de la Corporacion Municipal. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 87697-2

Aprueban beneficio de amnistia de regularizacion de licencia de obra
ORDENANZA Nº 221-MDSMP San MORDAZA de Porres, 27 de junio del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres en Sesion Ordinaria de fecha; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, de conformidad al articulo 79º numeral 3.6 de la Ley Nº 27972 es competencia y funcion especifica de las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o refacciones, demoliciones y declaratorias de fabrica, entre otros; requiriendose de acuerdo al articulo 92º de la misma ley que toda obra de construccion, conservacion, refaccion o modificacion del inmueble, sea publica y privada, obtenga la licencia de construccion en su jurisdiccion; Que, de conformidad con el articulo 40º de la Ley Nº 27972 es atribucion de la municipalidad crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley; siendo necesario brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales referidas a la regularizacion de licencias de construccion. Y de conformidad con el articulo 47º de la Ley Nº 27972 el Concejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas; Que, mediante Informe Nº 028-2007-DOPCU/GDU/ MDSMP la Division de Obras Privadas y Control MORDAZA, da cuenta de la existencia de MORDAZA sectores en los cuales se ha construido o MORDAZA edificaciones sin la correspondiente Licencia de Obra y recomienda se otorgue el Beneficio de Regularizacion de edificaciones construidas sin autorizacion

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