Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2007 (25/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2007

instituciones autonomas de derecho publico, y que la Ley senala los casos en que la colegiacion es obligatoria; Que, el Congreso de la Republica mediante Leyes especiales ha creado los Colegios Profesionales del MORDAZA, que prescriben que cada profesional, para poder ejercer su respectiva profesion en el Peru, deben estar obligatoriamente inscritos en su respectivo Colegio Profesional, a fin de no incurrir en el ejercicio ilegal de la profesion, sancionable como acto ilicito; Que, el Estatuto de cada Orden profesional, senala que todo profesional colegiado debe estar obligatoriamente habilitado por su respectivo Colegio para ejercer su profesion, bien sea en la Administracion Publica como en la actividad privada; Que, el Consejo Regional de Decanos de los Colegios Profesionales de MORDAZA, CONREDE es el ente representativo de todos los profesionales de la Region MORDAZA que ha solicitado al Consejo Regional de la Region MORDAZA, la aprobacion de la presente Ordenanza; Que, los Gobiernos Regionales, son personas juridicas de derecho publico interno, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen por finalidad, promover el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, asi como generar empleo productivo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes de desarrollo regional y locales y al mismo tiempo, velando por la oferta de la formacion profesional impartida en el ambito universitario, supervisar la adecuada labor de los profesionales que prestan servicios bajo diversas modalidades en la Administracion Publica regional y en la actividad privada; Que, de acuerdo a lo previsto en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general y de la propia administracion del Gobierno Regional, reglamentando materias de su competencia; Estando a lo acordado en la sesion ordinaria del dia diez de junio de 2007; En uso de las atribuciones contenidas en la Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28968; HA APROBADO: Articulo Primero.- Se establece como requisito para el ejercicio profesional en el ambito de la Administracion Publica y Privada de la Region MORDAZA, la acreditacion del certificado de habilidad profesional otorgado por el respectivo Colegio Profesional. Articulo Segundo.- Disponer que los funcionarios competentes de la Administracion Publica del Gobierno Regional MORDAZA efectivo el imperativo acatamiento de lo dispuesto en el articulo primero. La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 87655-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2007-GRA/CR MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 11 de MORDAZA del 2007, trato el tema relacionado a la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - R.O.F. de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones MORDAZA 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas Leyes de la Republica; y el literal a) del articulo acotado senala que es funcion normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con los literales a) y b) del articulo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968; el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones - R.O.F. de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, Organo Desconcentrado de Linea Sectorial del Gobierno Regional de MORDAZA, que consta de ocho (8) Titulos, quince (15) Capitulos, veintiseis (26) Articulos, tres (3) Disposiciones Complementarias y dos (2) Disposiciones Finales, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJESE SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 010-06-GRA/CR de fecha 28 de MORDAZA del 2006. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 11 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA

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