Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2007 (01/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2007

VISTO; el Informe Especial N° 077-2007-CG/EA, resultante del Examen Especial practicado en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA (UNDAC) de Cerro de Pasco, por el periodo comprendido de ENE.2004 a DIC.2005, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso se realice una accion de control en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, orientada a determinar si los recursos materiales y economicos de la Universidad se han utilizado dentro del MORDAZA legal y normativa interna aplicable; asi como verificar las denuncias presentadas ante la Contraloria General por la comunidad universitaria, ciudadania y el Congreso de la Republica; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha evidenciado una serie de irregularidades en la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 0014-2003-UNDAC, para la adquisicion de "Equipos Electromecanicos para la Red Primaria de la Sub Estacion Electrica San MORDAZA MORDAZA MORDAZA Universitaria", tales como: se debio haber llevado un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva e invitar a PROMPYME, en atencion al monto adjudicado S/. 94 446,22; se considero documentacion fraguada de dos de los tres postores que se presentaron, dado que se ha acreditado que un postor no fue invitado y el otro postor no existe, sin embargo se senalo en el Acta de Recepcion de Sobres que se MORDAZA con la presencia fisica de los tres postores; y, se llevo a cabo el MORDAZA solo con dos de los miembros del Comite Especial; hechos que en su conjunto denotan la voluntad de favorecer al postor ganador y que no fueron observadas o reveladas por las instancias competentes para su seguimiento y verificacion; que en su caso configuran la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, de Corrupcion de Funcionarios en la modalidad de Aprovechamiento Indebido de Cargo y Abuso de Autoridad en la modalidad de Incumplimiento de Obligaciones Funcionales, previstos y penados en los articulos 427º, 397º (vigente al momento de comision de los hechos) y 377°, respectivamente, del Codigo Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata por parte del Procurador Publico, en el caso que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales referidas a los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

Vistos, la Hoja de Recomendacion N° 001-2007-CG/ GDES de la Gerencia Central de Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria N° 1772007-CG del 25 de MORDAZA de 2007, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de MORDAZA de 2007, se aprobo la Guia de Auditoria de Obras Publicas por Contrata, como documento orientador del Sistema Nacional de Control para la ejecucion de las acciones de control, estableciendose que dicho documento seria de aplicacion a las auditorias programadas a partir del dia siguiente de la emision de la mencionada Resolucion; Que, conforme a lo manifestado en el documento del visto, resulta necesario establecer que la Guia de Auditoria de Obras Publicas por Contrata sera aplicable a las auditorias programadas a partir de su publicacion en la pagina web de la Contraloria General de la Republica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 32° de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que la Guia de Auditoria de Obras Publicas por Contrata, aprobada por Resolucion de Contraloria N° 177-2007-CG, sera de aplicacion a las auditorias programadas a partir de la publicacion de dicho documento en la pagina web de la Contraloria General de la Republica. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias y Sistemas de Informacion la publicacion, en la pagina web de la Contraloria General de la Republica, del texto de la Guia de Auditoria de Obras Publicas por Contrata. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

66920-2

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Distrital de Salpo
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 182-2007-CG
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 079-2007-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Salpo, provincia de Otuzco, region La MORDAZA, por el periodo ENE.1996 ­ DIC.2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso una accion de control a la Municipalidad Distrital de Salpo, a fin de verificar las denuncias por presuntas irregularidades en la entidad; Que, como resultado de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que las obras "Centro de Salud de Salpo" y "Mejoramiento del Acceso a Salpo", se ejecutaron por Administracion Directa por un importe de S/. 112 327,49 y S/. 69 319,87 respectivamente, sin dar cumplimiento a los requisitos exigidos por la normativa aplicable; habiendose evidenciado deficiencias en la fase de estudio tecnico y durante el MORDAZA constructivo, lo cual ocasiono el deterioro prematuro de las obras; generandose un perjuicio economico a la entidad que debe ser resarcido de conformidad con lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica,

66920-1

Establecen que la Guia de Auditoria de Obras Publicas por Contrata sera de aplicacion a las auditorias programadas a partir de la publicacion de dicho documento en la pagina web de la Contraloria General
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 181-2007-CG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2007

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