Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007

NORMAS LEGALES
VISTO:

346379

Designan representante de las acreencias del Estado por deudas directas que las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento mantienen por prestamos efectuados con recursos del FONAVI
RESOLUCION MINISTERIAL N° 159-2007-VIVIENDA MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 109-2003-EF, se aprobo el Reglamento de la Ley N° 27677, Ley de uso de los recursos de la liquidacion del FONAVI; Que, la Primera Disposicion Final del Decreto Supremo N° 109-2003-EF, establece que para los casos de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento que esten o MORDAZA sometidas a Procedimiento Concursal ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, el Fondo MIVIVIENDA faculta al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento o a quien este ultimo designe, a que represente en los referidos procedimientos, las acreencias del Estado por las deudas directas que dichas empresas mantienen por prestamos efectuados con recursos del FONAVI; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 004-2004VIVIENDA, se designo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de las deudas directas MORDAZA referidas; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo senalado en el considerando precedente, la que es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 560, las Leyes N°s. 27779 y 27792 y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de las acreencias del Estado por las deudas directas que las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento mantienen por prestamos efectuados con recursos del FONAVI, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo N° 109-2003-EF, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de las acreencias del Estado por las deudas directas que las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento mantienen por prestamos efectuados con recursos del FONAVI, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo N° 109-2003-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 68165-3

El Oficio N° 199-05-J-OCMA-PJ, cursado por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el mencionado documento se remite a este Organo de Gobierno proyecto de Convenio de Cooperacion Interinstitucional que se suscribiria entre el Poder Judicial y la Contraloria General de la Republica, con la finalidad de contribuir a una mejor fiscalizacion de las declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas que presenten los sujetos obligados; Que, en la propuesta presentada, este Poder del Estado se compromete a proponer a la Contraloria General de la Republica, de acuerdo a criterios de seleccion debidamente coordinados, las declaraciones juradas de magistrados y personal del Poder Judicial pasibles de fiscalizacion; a proporcionar de manera agil la informacion que soliciten las comisiones de fiscalizacion de declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas del mencionado Organo Contralor; a facilitar la informacion, de contar con MORDAZA, o realizar las gestiones para obtenerla sobre signos exteriores de riqueza no justificados a criterio del Poder Judicial que le sea requerido; y otras informaciones que en el MORDAZA de los procesos de fiscalizacion de declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas MORDAZA necesarias para la consecucion de los fines y objetivos del Convenio; En consecuencia, siendo facultad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos para la adecuada marcha de la Institucion y de conformidad con lo previsto en el articulo 82°, inciso 21, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, sin la intervencion de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez por encontrarse de licencia y de comision de servicios, respectivamente, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y la Contraloria General de la Republica, para contribuir a una mejor fiscalizacion de las declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas que se presenten en el MORDAZA de la Ley N° 27482, que consta de once clausulas; delegandose al Presidente del Poder Judicial a suscribirlo. Articulo Segundo.- El mencionado convenio tendra una duracion de dos anos a partir de la fecha de su celebracion, pudiendo ser prorrogado previo acuerdo de las partes y aprobacion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 67804-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Convenio de Cooperacion Institucional entre el Poder Judicial y la Contraloria General de la Republica, para una mejor fiscalizacion de declaraciones juradas
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 056-2007-CE-PJ MORDAZA, 13 de marzo del 2007

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario para participar en MORDAZA sobre politica monetaria que se realizara en MORDAZA en el MORDAZA de las Jornadas Monetarias y Bancarias
RESOLUCION DE DIRECTORIO N° 023-2007-BCRP MORDAZA, 30 de junio de 2007

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.