Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2007 (02/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de junio de 2007

Que, se ha recibido invitacion del Banco Central de la Republica MORDAZA para participar en el MORDAZA Politica Monetaria bajo Incertidumbre, en el MORDAZA de las Jornadas Monetarias y Bancarias, que se llevara a cabo el 4 y 5 de junio en la MORDAZA de Buenos Aires, Argentina. Las Jornadas Monetarias y Bancarias constituyen un foro en el que se tratan temas de politica monetaria y economica de la region; Que, es politica del Banco Central de Reserva del Peru mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Que, para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Estudios Economicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General, los estudios e informaciones necesarias para que las politicas del Banco y su entorno macroeconomico permitan la consecucion de la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y estando a lo acordado en el Directorio en su sesion de 24 de MORDAZA de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del senor MORDAZA MORDAZA Viladegut, Subgerente de Politica Economica de la Gerencia de Estudios Economicos, en la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 3 al 5 de junio y al pago de los gastos, a fin de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes Viaticos T.U.U.A TOTAL: US$ 252,04 US$ 600,00 US$ 30,25 -------------------US$ 882,29

d) Reporte 4: Posicion de cambio contable y global e) Reporte 5: Diferenciales de tasas para las operaciones forward de monedas. f) Reporte 6: Opciones de divisas vigentes. En este reporte se enviara la informacion actualizada de los deltas y de los montos de cobertura de las opciones. Para la elaboracion de los reportes se debera tomar en cuenta las tablas y las notas contenidas en el anexo de la presente Circular. 2. Las instituciones financieras que deberan remitir los reportes mencionados en el punto 1 son las siguientes: a) Empresas bancarias b) Empresas financieras c) Banco de la Nacion 3. La informacion debera enviarse a traves del Sistema de Interconexion Bancaria - File Transfer Protocole (SIB/ FTP). De no contarse con este medio se utilizara el Correo electronico y en su defecto el Facsimil numero 613-2534, o cualquier otro medio que autorice el BCRP. 4. Los reportes seran enviados a traves de alguno de los medios autorizados con una frecuencia diaria dentro del siguiente horario: Informacion Adelantada Definitiva Hasta las 17:00 hrs. del mismo dia Hasta las 10:00 hrs. del dia util siguiente

5. Detalle de la informacion a ser enviada: a) En los reportes se incluiran las operaciones que los bancos negocian con otras instituciones financieras y sus clientes, tanto residentes como no residentes. Las operaciones consideradas son: spot, forwards, futuros, swaps, opciones e indexadas al MORDAZA de cambio. b) Cada operacion se identificara con un numero que estara conformado por la fecha, codigo de operacion (Ver tabla 1) y numero correlativo. Este numero correlativo debera ser generado diariamente para todas las operaciones nuevas y omitidas que afecten la posicion de cambio. Cuando se trate de operaciones swap, deberan incluirse todos los flujos con el mismo codigo para facilitar su identificacion. c) Asimismo, dos veces por semana (lunes y jueves al cierre de las operaciones cambiarias), los bancos reportaran al Banco Central los diferenciales de tasas forward para los plazos de 7, 30, 60, 90, 180, 360, 720 y 1080 dias (compra y venta) que ofrecen a sus mejores clientes (Anexo 5). Esta informacion debera ser enviada el mismo dia hasta las 17:00 horas. 6. Las instituciones senaladas en el numeral 2 de la presente MORDAZA, deberan nombrar un funcionario de enlace y su suplente que seran los encargados de absolver las consultas que se tenga sobre la informacion remitida. La designacion de los funcionarios, asi como de los suplentes, debera ser comunicada por escrito a la Gerencia de Estabilidad Financiera del Banco Central (numeros de facsimiles 613-2534 y 613-2517) y actualizada en cada oportunidad que se produzca un cambio. En situaciones de discrepancias entre la informacion adelantada con la definitiva mayores a US$ 10 millones, el BCRP podra solicitar informacion por escrito sobre el origen de dichas diferencias y, en caso se requiera, las medidas que se tomarian para evitarlas. Con la finalidad de elaborar las series historicas de los saldos de la posicion de cambio, las empresas bancarias, financieras y el Banco de la Nacion deberan enviar la informacion definitiva correspondiente al cierre de agosto del 2007, segun el Reporte No. 4 de la presente Circular. Dicha informacion debera ser enviada a mas tardar a las 10:00 horas del dia 3 de setiembre del 2007. Las instituciones financieras deberan realizar la adecuacion de sus programas informaticos hasta el mes de MORDAZA de 2007, con la finalidad de comenzar el periodo de pruebas a partir del 1 de agosto de 2007. MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General

Articulo 3°.- La Presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente 66759-1

Aprueban Circular sobre reportes de operaciones cambiarias
CIRCULAR N° 010-2007-BCRP MORDAZA, 30 MORDAZA del 2007 Referencia: Reportes de operaciones cambiarias Con la finalidad de mejorar la calidad de la informacion sobre las operaciones cambiarias del sistema financiero nacional, el Directorio del Banco Central de Reserva del Peru (BCRP) ha dispuesto derogar la Circular No. 0082001-EF/90 y sustituirla por la presente que regira a partir del 3 de setiembre de 2007. Generalidades 1. La informacion solicitada esta compuesta por seis reportes: a) Reporte 1: Operaciones cambiarias negociadas o pactadas en el dia b) Reporte 2: Operaciones cambiarias vencidas y ejercidas en el dia c) Reporte 3: Operaciones cambiarias modificadas, anuladas o canceladas anticipadamente y omitidas. Se incluira el numero de la operacion que se modifica, anula o cancela, o de la operacion que se omite, asi como la informacion relevante para cada caso

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