Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2007 (24/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

347749

Trabajo del Profesional de la Salud Tecnologo Medico, en los siguientes terminos: "SEGUNDA.- De los Tecnologos egresados de Institutos Superiores y Escuelas Profesionales Los Tecnologos Medicos, egresados de Institutos Superiores y Escuelas Profesionales, que a la fecha ostentan grado academico y titulo profesional reconocido por una universidad peruana, quedan comprendidos en la presente Ley y pueden incorporarse al Colegio Tecnologo Medico del Peru." Articulo 2º.- De la derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesion del Pleno realizada el dia diecisiete de enero de dos mil siete, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108° de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 76886-9

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Incorporan numeral al articulo 7º del D.S. Nº 008-2007-EF "Lineamientos , para la Distribucion y Ejecucion de los Fondos Publicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios"
DECRETO SUPREMO Nº 078-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Transitoria de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, establece que los fondos publicos correspondientes a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", son distribuidos por el Ministerio de Economia y Finanzas a los Gobiernos Locales a traves de la Direccion Nacional del Tesoro Publico, de acuerdo a las directivas que, para tal efecto, emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico a propuesta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EF, se aprobaron los "Lineamientos para la Distribucion y Ejecucion de los Fondos Publicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios", orientados entre otros conceptos, a los programas y proyectos sociales de Lucha contra la Pobreza en el ambito de los Gobiernos Locales, a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006", el cual establece la transferencia de los Programas

de Complementacion Alimentaria a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA durante el ano 2007; Que, asimismo, a traves de la Resolucion Gerencial Nº 075-2006-CND/GTA, se declaro que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha cumplido con todos los Mecanismos de Verificacion y se ha ejecutado el Convenio Especial de Cooperacion con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para el desarrollo de capacidades que contribuyan a un manejo eficiente de los Programas de Complementacion Alimentaria en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de Lima; por tanto, esta apta para acceder a la transferencia de los Programas de Complementacion Alimentaria del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, mediante Oficio Nº 258-2007-MML/GDS dirigido a la Direccion General de Descentralizacion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, manifiesta que no se han dado las condiciones optimas para la transferencia de los programas sociales, por lo que solicita se reprograme la transferencia de los Programas de Complementacion Alimentaria, debiendo por tanto el Sector seguir atendiendo a los beneficiarios durante el presente ano; Que, asimismo con Oficio Nº 069-2007-MML/ALC, el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA formula observaciones al proyecto de convenio de gestion a ser suscrito con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social por razones normativas entre otras, motivo por el cual reitera la solicitud de reprogramacion de la transferencia dispuesta por la Resolucion Presidencial Nº 059-CNDP2006 que aprobo la "Modalidad de transferencia y modelo de gestion descentralizado para la transferencia de Programas de Complementacion Alimentaria del PRONAA en el caso de MORDAZA Metropolitana"; Que, en consecuencia resulta necesario incluir una disposicion a los lineamientos aprobados por Decreto Supremo Nº 008-2007-EF a efectos de permitir que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social continue ejecutando los programas de complementacion alimentaria que debian ser transferidos a la Municipalidad Metropolitana de Lima; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Incorpora numeral al articulo 7º del Decreto Supremo Nº 008-2007-EF Incorporese en el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 008-2007-EF "Lineamientos para la Distribucion y Ejecucion de los Fondos Publicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios", el siguiente numeral: "7.8 Para el caso de la Municipalidad Verificada de la provincia de MORDAZA, que no ha suscrito el convenio de gestion para la ejecucion de los Programas de Complementacion Alimentaria, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social continuara ejecutando los citados Programas, a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, para lo cual se transferira a dicho Ministerio los recursos programados. Dichas transferencias implicaran el abono en el Banco de la Nacion a favor de la cuenta bancaria del respectivo Gobierno Local y su ejecucion presupuestaria y financiera se MORDAZA efectiva mediante la transferencia financiera de dichos fondos que efectua el Ministerio de Economia y Finanzas a la cuenta bancaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. La Direccion Nacional del Tesoro Publico debera implementar los mecanismos financieros necesarios a fin de garantizar la transferencia de dichos recursos". En el caso de los distritos en cuya ejecucion presupuestal proyectada al cierre del ejercicio muestren saldos de libre disponibilidad luego de asegurar su atencion, se podra utilizar los referidos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.