Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2007 (24/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2007

saldos del programa de complementacion alimentaria en los distritos que lo requieran. La evaluacion y ejecucion de estos recursos sera responsabilidad del organo ejecutor de dicho programa. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 76886-10

en el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM. Articulo 2º.- Encargar la conduccion del MORDAZA de promocion de inversion privada referido en el articulo precedente al Comite de PROINVERSION en proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos, constituido mediante Resolucion Suprema Nº 444-2001-EF, modificada por la Resolucion Suprema Nº 228-2002EF, por la Resolucion Suprema Nº 009-2003-EF y por la Resolucion Suprema Nº 065-2006-EF. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 76886-11

Ratifican Acuerdo de PROINVERSION que incorpora al MORDAZA de promocion de la inversion privada la concesion del proyecto "Planta de Generacion Termica de Ciclo Combinado de 500 a 600 Mw"
RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2007-EF MORDAZA, 23 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Numeral 2 del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 05996-PCM, corresponde a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, establecer las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos que deban ser entregadas en concesion al sector privado, estableciendo el Articulo 2º del Reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, que el Acuerdo de Consejo Directivo respectivo sera ratificado mediante Resolucion Suprema; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion de fecha 23 de MORDAZA de 2007, acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada la entrega en concesion del proyecto "Planta de Generacion Termica de Ciclo Combinado de 500 a 600 Mw", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96PCM; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION acordo asimismo, encargar la conduccion de MORDAZA de promocion privada MORDAZA referido, al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos constituido mediante Resolucion Suprema Nº 444-2001EF, modificada por la Resolucion Suprema Nº 228-2002EF, por la Resolucion Suprema Nº 009-2003-EF y por la Resolucion Suprema Nº 065-2006-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en virtud del cual se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada la entrega en concesion del proyecto "Planta de Generacion Termica de Ciclo Combinado de 500 a 600 Mw", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos

JUSTICIA
Disponen la publicacion de parrafos del capitulo relativo al allanamiento parcial, los "hechos probados", diversos parrafos considerativos y la parte resolutiva de la Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso La Cantuta N° 11.045 (CDH)
RESOLUCION SUPREMA N° 120-2007-JUS MORDAZA, 23 de junio de 2007 VISTA; La sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de fecha 29 de noviembre de 2006 en el Caso La Cantuta contra Peru (N° 11.045 CDH); y CONSIDERANDO: Que, mediante la sentencia de fecha 29 de noviembre de 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por unanimidad, declaro que el Estado peruano habia violado en perjuicio de MORDAZA Munoz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Oyague MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Heraclides MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Marinos MORDAZA, diversos articulos de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos y por lo cual resolvio que el Estado debia reparar los danos causados por las violaciones; Que, de conformidad con el punto resolutivo numero 13 de la sentencia precitada, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado publicar, en el plazo de seis meses, en el Diario Oficial y en otro diario de amplia circulacion nacional, por una sola vez, los parrafos 37 a 44 y 51 a 58 del capitulo relativo al allanamiento parcial, los hechos probados de esta Sentencia sin las notas al pie de paginas correspondientes, los parrafos considerativos 81 a 98, 109 a 116, 122 a 129, 135 a 161 y 165 a 189, y la parte resolutiva de la misma, en los terminos del parrafo 237 de la misma;

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