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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2007 (03/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2007 340918 Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justi fi cación de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración fundamentando la necesidad de Declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente al suministro de productos alimenticios al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Imperial; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR LA SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisición del Suministro de Productos Alimenticios al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Imperial por el plazo de 90 días. Artículo Segundo.- ENCARGAR a el Comité Especial la ejecución del proceso de selección por exoneración, por el período que dure la Situación de Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a S/. 69,976,08 que será fi nanciado con la fuente de fi nanciamiento de Transferencia del Gobierno Central para el Programa del Vaso de Leche, según detalle: ITEM PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD MONTO (S/.) I Leche Evaporada Entera Lata (410 g.) 22,451 41,085,33 II Hojuela de Cereales EnriquecidosKilos 8,254.50 28,890,75 TOTAL 69,976,08 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Asesoría Legal realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente, de conformidad a lo señalado por el artículo 47º de la Ley, en concordancia con el artículo 21º de la Ley en mención. Artículo Cuarto.- DECLARAR en EMERGENCIA el Programa del Vaso de Leche, delegándose al Comité de Administración del Programa tome las medidas correctivas del caso a la brevedad posible. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia del acuerdo y del informe técnico - legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICHARD ANDRÉS YACTAYO DURÁN Alcalde 28850-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OMACHA Fijan montos de remuneración del Alcalde y de dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-2007-MDO. Omacha, 23 de febrero del 2007.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OMACHA;VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 23 de febrero del 2007 sobre la reconsideración planteada por el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Omacha al haber mensual fijado en el Acuerdo de Concejo Nº 01 de fecha 27 de enero del presente año, y por ende las dietas de los señores Regidores de la Municipalidad CONSIDERANDO:Que por Acuerdo de Concejo Nº 01 de fecha 27 de enero del presente año, se acordó fi jar los Honorarios del señor Alcalde de la Municipalidad en el monto de S/. 6,000.00 Seis mil Nuevos Soles, y las dietas de los señores Regidores en el 30% del haber mensual es decir la suma de S/. 1,800.00 Nuevos Soles. Que conforme a la petición efectuada por el señor Alcalde , en la Sesión de fecha 23 de febrero del presente año se ha puesto a consideración el haber mensual percibido por lo que solicita se deje sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 01 y se disponga que el haber mensual se fije en la suma de S/. 2,800.00 que es el monto que percibía el anterior Alcalde de la Municipalidad y teniendo en cuenta el informe emitido por la Oficina de Asesoría Legal del Ministerio de Economía y Finanzas en fecha 30 de enero del presente año, notificado mediante Oficio Circular Nº 013-2007-EF/76.17 remitido por el Director General de Presupuesto Público. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo Municipal Nº 01 de la Municipalidad Distrital de Omacha de fecha 27 de enero del año 2007 por la cual se fi jaba en S/. 6,000.00 (seis mil Nuevos Soles), la remuneración mensual del Alcalde Distrital de Omacha. Artículo Segundo.- Fijar en S/. 2,800.00 (Dos mil ochocientos nuevos soles), la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad de Omacha. Artículo Tercero.- Fijar en S/. 420.00 (cuatrocientos veinte Nuevos Soles), el monto de dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Omacha por asistencia efectiva a cada Sesión del Concejo abonándose hasta por un máximo de dos(2) sesiones al mes. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga al presente acuerdo. JENARO ARAHUALLPA CHOCCATA Alcalde 31916-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo para Regularizar la Situación Laboral y Migratoria de Nacionales del Perú y del Ecuador en la Región de Integración Fronteriza Ampliada” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) Nº 0-3-A/264, comunica que el “Acuerdo para Regularizar la Situación Laboral y Migratoria de Nacionales del Perú y del Ecuador en la Región de Integración Fronteriza Ampliada” , suscrito el 22 de diciembre de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú y rati fi cado por Decreto Supremo Nº 012-2007-RE, de 16 de febrero de 2007, publicado el 17 de febrero de 2007. Entró en vigencia el 20 de febrero de 2007. 32658-1