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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2007 340910 ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el DESABASTECIMIENTO INMINENTE de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, por el plazo de 120 días o hasta la culminación del proceso. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logística la ejecución del proceso de selección por exoneración, por el período que dure la situación de Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, de acuerdo a los siguientes criterios: - BIEN : Cereal enriquecido y azucarado - UNIDAD : KILOGRAMO- CANTIDAD : Hasta 159,676.90 Kg.- MONTO : Hasta S/. 695,392.89- FUENTE DE : 00 Recursos Ordinarios FINANCIAMIENTO - BIEN : Leche evaporada entera de 410 gr. - UNIDAD : una bolsa de 410 gr.- CANTIDAD : Hasta 932,798 unidades- MONTO : Hasta S/. 1,539,116.70- FUENTE DE : 00 Recursos Ordinarios FINANCIAMIENTO Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Asesoría Jurídica realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo señalado por el artículo 47º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el artículo 21º del dispositivo en mención. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia del acuerdo y del informe técnico - legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Artículo Sexto.- DISPENSAR del trámite de la lectura del acta correspondiente para su inmediata ejecución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN JOSE CASTILLO ANGELES Alcalde 32285-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Exoneran de pago por dispensa la publicación de edictos para Matrimonios Civiles Comunitarios, a celebrarse el 19 de marzo y 12 de mayo de 2007 ORDENANZA MUNICIPAL N° 000007 Callao, 22 de febrero del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO;POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 22 de febrero de 2007; aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 4 establece que el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad y en el artículo 194 establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 9, establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, mediante el Memorando N° 100-2007-MPC/ GGSSC de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales se remiten sendos proyectos de ordenanzas para realizar matrimonios civiles comunitarios los días 19 de marzo y 12 de mayo del presente año; Que, con Memorando N° 145-2007-GGAJC-MPC de la Gerencia General de Asesoría jurídica y Conciliación se remite el Informe N° 196-2007-MPC-GGAJC-SAA de la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos, en el que emite opinión que el expediente formado pase a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y luego pase a Concejo Municipal para su aprobación; Que, mediante Memorando N° 200-2007-GGPPR- GPTO/MPC de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización emite informe comunicando que en el Presupuesto Institucional 2007, se ha previsto fi nanciar la realización de matrimonios masivos o comunitarios en la programación presupuestaria en la estructura funcional prográmatica, 09 Educación y Cultura; 034 Cultura, 0094 Difusión Cultural; 1000401 Promoción e Incentivo a las Actividades Artístico Culturales; 3001836 Promoción e Incentivo de las Actividades Artísticas y Culturales; 100832, Fomentar el Arte, la Cultura y la Preservación del Patrimonio Nacional, Cadena de Gasto 5 Gasto Corriente y 5.3 Bienes y Servicios; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PAGO POR DISPENSA DE PUBLICACIÓN DE EDICTO MATRIMONIAL PARA LOS MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS A CELEBRARSE LOS DÍAS 19 DE MARZO Y 12 DE MAYO DE 2007 ARTÍCULO 1.- Apruébase la exoneración del pago por dispensa de publicación de los edictos matrimoniales establecidos en el TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao para los contrayentes de los Matrimonios Civiles Comunitarios 2007 correspondientes al 19 de marzo y 12 de mayo de 2007, estableciéndose como único pago la suma de S/. 51.40 (cincuenta y uno y 40/100 nuevos soles). ARTÍCULO 2.- Encárgase a las Gerencias Generales de Servicios Sociales y Culturales, de Administración y de Planeamiento Presupuesto y Plani fi cación el cumplimiento de la presente la Ordenanza Municipal. POR LO TANTO:MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 31887-1