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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2007 (03/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2007 340911 Exoneran de pago de derechos administrativos la emisión de constancias de posesión a beneficiarios de la Ley N° 28687 ORDENANZA MUNICIPAL N° 000011 Callao, 24 de febrero de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 24 de febrero de 2007, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º establece que las Municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9º inciso 9, establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, conforme al artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se aprecia que de acuerdo a lo establecido en el inciso 4 del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modi fi can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi ja la ley; Que, la segunda norma del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, señala que la tasa, es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado por el contribuyente. Así mismo la cuarta norma del citado Título Preliminar establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, mediante Ordenanza Municipal; Que, por Ley N° 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos en el artículo 26º y en su reglamento, el Decreto Supremo N° 017-2006-VIVIENDA en el artículo 27º se faculta a las Municipalidades a otorgar Certi fi cados o Constancias de Posesión para los fi nes del otorgamiento de la factibilidad de Servicios Básicos; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS POR CONCEPTO DE EMISIÓN DE CONSTANCIAS DE POSESIÓN A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY Nº 28687 Artículo 1º.- Apruébase la exoneración del pago de derechos administrativos por concepto de emisión de certi fi cados o constancia de posesión a los bene fi ciarios de la Ley N° 28687, que se encuentren dentro de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Autorízase al señor Alcalde a suscribir la autógrafa del Decreto de Alcaldía que reglamente la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entra en vigencia al día siguiente de su publicación.POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 31888-1 Autorizan la realización de Matrimonio Civil Comunitario DECRETO DE ALCALDÍA N° 000013 Callao, 28 de febrero del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, es política de la Municipalidad Provincial del Callao, promover la regularización de la situación de aquellas parejas que encontrándose en condiciones de contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos económicos para formalizarlo; Que, en la circunscripción de la Provincia Constitucional del Callao, existen números hogares formados de hecho que por lo señalado en el considerando anterior no pueden regularizar su situación; Que, mediante Acuerdo N° 000027 de fecha 22 de febrero del 2007, el Concejo Municipal acordó la exoneración del pago de la Dispensa de la Publicación de Edictos a los contrayentes de los Matrimonios Civiles Comunitarios 2007, programados para los días 19 de marzo y 12 de mayo del 2007; Que, dentro de este marco, es necesario expedir el Decreto de Alcaldía que contemple dicha exoneración en el Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día 19 de marzo del presente año en el Cercado del Callao; Estando a las consideraciones expuestas, con la visación de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Autorizar, a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales de la Municipalidad Provincial del Callao, llevar a cabo el I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, para el día 19 de marzo del presente año, a realizarse en el Cercado del Callao. Artículo Segundo.- Los contrayentes del Matrimonio Civil aprobado en el artículo precedente, cancelarán por derecho de trámite administrativo la suma de S/. 51.40 (cincuenta y uno y 40/100 nuevos soles), equivalente al porcentaje establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao. Además los contrayentes deberán acompañar los siguientes requisitos: - Partida de Nacimiento original de los contrayentes. - Fotocopia de los Documentos de Identidad de los contrayentes. - Declaración Jurada simple de Soltería.- Declaración Jurada simple de Domicilio (Ley N° 28882 - Ley de Simpli fi cación de la Certi fi cación Domiciliaria). - Dos testigos mayores de edad y que no sean familiares de los cónyugues. - Fotocopia de los Documentos de Identidad de los Testigos. - En el caso de los contrayentes divorciados, viudos, extranjeros o menores de edad, se regirán a lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y demás normas vigentes.