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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de marzo de 2007 341922 SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer un plazo único y extraordinario de treinta (30) días hábiles con la fi nalidad que, los ciudadanos titulares de las inscripciones que se encuentran restringidas en el extremo del domicilio, puedan presentar ante la administración su rati fi cación o recti fi cación de los datos originalmente declarados; a cuyo término, aquellos que no hayan levantado las observaciones referidas, serán denunciados ante el Ministerio Público. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 39562-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 256-2007 Lima, 5 de marzo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el señor Luis Humberto Delgado Cáceres para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria N° 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Luis Humberto Delgado Cáceres con matrícula N° N-3832 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 38643-1Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de agencias en los departamentos de Cajamarca y Lima RESOLUCIÓN SBS N° 313-2007 Lima, 14 de marzo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice la apertura de una agencia en el jirón Tarapacá, Junín y Apurímac N° 653, distrito de Cajamarca, provincia y departamento de Cajamarca; y CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C” mediante Informe N° 038-2007-DEB “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular N° B-2147-2005; y en virtud a la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 1096-2005. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de una agencia en el jirón Tarapacá, Junín y Apurímac N° 653, distrito de Cajamarca, provincia y departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 38466-1 RESOLUCIÓN SBS N° 314-2007 Lima, 14 de marzo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice la apertura de una agencia en el Local N° 26 del Centro Comercial Bazar Naval, en la Dirección de Bienestar de La Marina, ubicado en la cuadra N° 34, sin número, de la avenida Venezuela, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C” mediante Informe N° 032-2007-DEB “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular N° B-2147-2005; y en virtud a la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 1096-2005.